Que no tiene nada que ver, nada... Eso es casualidad. Bueno, y elecciones cercanas...............
Que yo siempre presento declaración en los primeros días y me devuelven un año en menos de una semana y otro al mes.... no tiene nada que ver.
Que eso va según les da, que no sé cómo os montáis cada año estos pitotes, jajaja. Que hasta un año leí por aquí que si era según una secuencia de números, o por la letra de la referencia, jajaja.
Tú te has leído alguno de los posts en los que se explica el funcionamiento de este impuesto?????? yo creo que no. No paga por tener dos pagadores, a ver si nos enteramos. Paga porque uno o los dos no le han retenido como si sólo hubiese tenido uno.
Lo dicho, está muuuuy bien explicado, y varias veces...
Es que yo eso de "ocultación de la nómina", pues como que no lo pillo, qué quieres que te diga... Si a mí en mi curro, como mucho pasados unos días del plazo, no me dan mi nómina, la EXIJO y hasta que no me la dan no paro, no me joas...
Eso son excusas para justificar lo injustificable...
No lo has podido explicar mejor. Estoy harta de discutir este tema un año, y otro y otro.... con muchos clientes que, como bien dices, no es que no lo entiendan, es que no lo quieren entender.
Pues parece mentira que seas gestora que ha hecho muchas rentas, porque no lo parece...
Al de los 10.000 le devolverán en renta si le han retenido lo que le corresponde. Si no, le saldrá a pagar. Eso sí, no tendrá obligación y se lo reclamarán a la empresa.
Que es injusto? qué es injusto? que yo cobre, por ejemplo, 15.000 y me retengan lo correcto en cada nómina (creo que sobre un 8-9%) y en renta me salga cuenta con paga. Y que otro gane también 15.000 trabajando en dos sitios y, durante el año, en cada nómina, sólo le estén reteniendo un 2%, porque ninguna de las dos empresas sabe (y no tiene porqué saberlo) que trabaja en otro sitio y tiene más ingresos) y en renta le salga ese 6-7% a pagar?
Anda ya........... en igualdad de condiciones, ambos han de pagar lo mismo, sea vía nómina o vía renta. Y a quien eso le parezca injusto, pues que se joa...
Alucino cómo un profesional puede opinar lo que tú has opinado. Claro, así se lo asesoras a tus clientes y luego pasa lo que pasa...
En la renta yo pondría tanto los ingresos como las retenciones correspondientes, porque seguro que a ti el inquilino te ha pagado cada mes descontando la retención, no? otra cosa es que él no la haya ingresado en hacienda. Distinto sería si a ti no te hubiese pagado ni las mensualidades...
Ya le pedirán a él cuentas, que es quien ha incumplido.
A ver, quieres leer mi primer mensaje? que no es la deducción autonómica.... que es la estatal dividida entre escala estatal y autonómica........ por lo que te expliqué antes.
Te has aplicado la estatal y en el programa y el impreso aparece tal cual es, como has dicho. Yo no he dicho que no puedas aplicarla. De hecho, la has aplicado, no?