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Participaciones del usuario Cachilipox - Fiscalidad

Cachilipox 05/03/25 19:51
Ha respondido al tema Requisitos de una factura para poder imputarla como gasto en un arrendamiento de vivienda habitual
Hay formas de demostrar y justificar. Y hacienda es bastante flexible (aunque a veces no lo parece).El asunto clave es lograr exponer una diferenciación.Por  ejemplo, si compras, transportas y montas tú mismo unos muebles Ikea para tu casa y uso particular, o para una vivienda arrendada que genera rendimientos... ¿Eso como se lo demuestras al de hacienda que es una cosa u otra? ¿Acaso alguien piensa que por ser funcionario de hacienda tienen el don de la adivinación?....Hay que hacer algo, formal o material, que acredite lo que pretendes declarar. Incluido si es necesario un breve reportaje fotográfico (a mi alguna vez me ha servido para salir de algún embrollo burrocrático).
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Cachilipox 05/03/25 15:04
Ha respondido al tema Requisitos de una factura para poder imputarla como gasto en un arrendamiento de vivienda habitual
Si no puedes justificar la vinculación entre un gasto y el inmueble arrendado, pues sencillamente ese gasto no es fiscalmente deducible.En el supuesto que comentas de autoorganización, lo que pierdes por no poder deducir, lo ganas por no pagar gastos ajenos.Una manera de establecer esa vinculación entre unos muebles Ikea y ese inmueble sería, por ejemplo, contratando el servicio de transporte. Por una parte, pagas algo más, pero te liberas de un trabajo, y acreditas la vinculación y la deducibilidad fiscal del gasto.
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Cachilipox 04/03/25 14:01
Ha respondido al tema Alternar renta conjunta
Por poder presentar, se puede presentar conjunta de forma alterna según los años.Eso sí, NO TIENE ABSOLUTAMENTE ningún efecto..- Los mínimos por descendientes hay que prorratearlos entre ambos progenitores, sea cual sea la modalidad..- NO se puede aplicar la reducción por declaración conjunta cuando ambos progenitores convivan en el mismo domicilio.
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Cachilipox 02/03/25 21:11
Ha respondido al tema ¿Debo hacer factura la la fianza de un mes del alquiler del garaja y del depósito del mando?
Ya la estamos liando.....Por la fianza no se hace una factura, se hace un recibo.Acreditas que has recibido una cantidad, expones el motivo, y listos.No es ni ingreso para el IRPF ni base imponible para el IVA.Cuando finalice el alquiler, retornas la finaza.Por lo del mando, si no es reintegrable, es que en una venta.Ahí ya complicamos la cosa., pues en el momento 0 (ahora) desconocemos el precio de venta futura.O sea, tú ahora recibes un adelanto (no una fianza), una provisión de fondos, a cuenta del futuro uso (y depreciación) de un mando de apertura. Mando de apertura que finalizado el contrato (o tras 5 años), tendrá valor 0 para ti, y absorberá la totalidad de la provisión de fondos.Es en ese momento, cuando se liquida la provisión de fondos, donde se perfecciona la venta como tal.Por lo tanto, en el momento actual 0, debes emitir un recibo por la provisión de fondos. No es una venta, ni un ingreso firme y definitivo. En este momento 0 no está sujeto ni gravado con IRPF ni con IVA.Al momento de liquidación de la provisión de fondos (fin contrato, o transcurso de 5 años), ya sabremos que cantidad de esos fondos se han gastado. En ese momento es cuando debes emitir una factura por esos fondos que haces tuyos de forma definitiva.Si por ejemplo es a los 3 años, emitirías una factura por 45 €, y devolverías 30 €.Como venta relacionada con el arriendo de un inmueble, esta venta está sujeta al IVA. Por lo tanto, necesitarás deducirte el IVA de la adquisición de los mandos ahora, para compensar en un futuro.En el IRPF cuando se perfeccione la venta, no irá como rendimiento inmobiliario, sino como ganancia patrimonial.El coste de adquisición del mando es un gasto deducible ahora, en rendimientos inmobiliarios.Y la parte de la provisión de fondos que no retornes (y emitas factura), iría íntegra (menos el IVA) como ganancia patrimonial.Quizás es complicarse un poco la cosa, pero si lo haces así, y lo tienes todo bien justificado documentalmente, no tendrás ningún problema con hacienda.
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Cachilipox 27/02/25 18:34
Ha respondido al tema Trabajos Online. ¿Cómo facturar, como particular, por proyectos eventuales?
No existe eso de "facturar como particular".Si facturas, facturas, y eso implica que realizas actividades económicas. Eso te lleva a tener que ser autónomo.Otra cosa es que quizás este tipo de ingresos realmente no corresponda o se adecúe al ejercicio habitual de una profesión u oficio, sino que más bien correspondería a una especie de cesión de derechos de autor (derechos como interprete-ejecutante en este caso). Por tanto, podría ser asimilable a rentas del trabajo en el IRPF.Y respecto del IVA, como tal cesión de derechos de propiedad intelectual, estaría exenta (si es considerado actividad económica), o no sujeta (si es rentas del trabajo).Por tanto, realiza un documento de cobro, NO LO LLAMES FACTURA DE NINGUNA DE LAS MANERAS, aplica retención IRPF 15 %, y sin IVA.
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Cachilipox 27/02/25 14:05
Ha respondido al tema Error en IVA 4T y 390 2024. ¿Corregir?
Como no te han reclamado, la sanción es solo por presentar un modelo (o varios) fuera de plazo. Sobre las cantidades dejadas de ingresar, en todo caso te girarán intereses de demora.Pero primero debes presentar los modelos con toda normalidad. Y ya luego ellos calcularán lo que deban calcular.
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Cachilipox 22/02/25 16:17
Ha respondido al tema ¿Debo hacer factura la la fianza de un mes del alquiler del garaja y del depósito del mando?
Al ser solo rendimientos inmobiliarios, creo que con el 4T trimestral ya puedes declarar también lo recapitulativo anual. Así te ahorras el modelo 390.Precios-costes gestoría, ya no te puedo aconsejar, pues si bien es algo sencillo, y no sería justo pagar demasiado, por otra parte a veces lo barato sale caro. Si alguien te lo lleva, lo importante es que te lo lleve bien.Pienso que no es un reto muy complicado que lo intentes llevar por tu propia cuenta.
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Cachilipox 21/02/25 22:33
Ha respondido al tema Extinción Condominio Piso
Intususcepción:La intususcepción es un trastorno en el que parte del intestino se pliega dentro de sí mismo, de forma muy parecida a un telescopio plegable. Por lo general, la última parte del intestino delgado, conocida como íleon, se pliega a la primera parte del intestino grueso, conocida como intestino ciego.https://www.niddk.nih.gov/health-information/informacion-de-la-salud/enfermedades-digestivas/problemas-anatomicos-parte-inferior-del-aparato-digestivo/intususcepcion#es
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Cachilipox 21/02/25 13:30
Ha respondido al tema ¿Debo hacer factura la la fianza de un mes del alquiler del garaja y del depósito del mando?
Las fianzas y depósitos no obedecen a una contraprestación. Son solo meras garantías.Como tales garantías no se genera factura ni se devenga IVA.Se pueden reflejar meramente en el contrato, o hacer un anexo específico donde se detalle.Por supuesto no se declara ni en el 303 ni en el anual 390, ni en el IRPF.Nota: Cuando tu efectúas un depósito de dinero en tu cuenta bancaria el banco no te emite una factura. Si te cobra una comisión por alguna contraprestación, entonces sí te emite factura. Con o sin IVA según sea el caso.
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