Cachilipox
08/10/14 11:40
Ha respondido al tema Derrama antes de comprar
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Lo tienes perdido. Una cosa es aprovar un futuro gasto, que era pre-existente a la adquisición, y otra es cuando nacen las obligaciones de pago. A fecha de venta, es claro que el anterior propietario estaba al corriente de sus obligaciones. Lo que no certifica el escrito ese del presidente de la comunidad es la cuantía de gastos pendientes, que a lo largo de un tiempo iran deviniendo obligaciones de pago. Además, por su propia naturaleza, una derrama en sí misma aun no es un gasto, es solo un acopio o provisión de fondos, que se destinará a un gasto futuro. Y la fecha del acontecimiento que meritará ese gasto futuro (pagadero con los saldos acopiados mediante la derrama), ya estará dentro de tu periodo como propietario. Evidentemente hay algo de mala fe dentro de esta operación. Pero legalmente no te puedes escapar del pago. Y no conviene entrar en una nueva comunidad de propietarios ya como el problematico. Los abogados que has consultado obviamente miran de tener trabajo para ellos, aunque sepan que no te vas a librar. Sobre reclamar al anterior propietario (única acción que quizás podría tener lógica), depende de cual sea la fecha en que se pueda documentar que acordasteis el precio de la cosa. Si hay algún documento previo al 29 de septiembre, entonces tampoco tendría mucho recorrido, ya que lo que pueda suceder entre la fecha del acuerdo, y la fecha efectiva de la transmisión de la cosa son imponderables que ninguna de las partes puede preveer. Dependería en todo caso del origen y razón de esa derrama, de la cuantía de la misma en relación al precio de la cosa, de la honorabilidad de las partes,... Pero... en todo caso, de inicio te toca pagar a la comunidad, sí o sí. Que tengas acción contra el anterior propietario...