Cachilipox
02/08/14 16:13
Ha respondido al tema Desesperado. Ejecucion hipoteca como ejecucion de titulos no judiciales. - ejecuciones hipotecarias
Ir a respuesta
Todo tiene su lado buen y su lado malo. Está claro que los bancos no quieren ver más ladrillo ni en pintura. Están intoxicados de cemento. Y que quieren, sí o sí, ver dinero y que el deudor pague. Mediante el procedimiento de ejecución hipotecaria el deudor primero pierde la vivienda (que generalmente se adjudica el propio banco, por un 70 % del valor de tasación a efectos de subasta), y luego, de la deuda remanente que quede, puede instar embargo de sueldos, con ese limíte aumentado protegido (los límites generales inembargables, aumentados un 50 %). Si se va por ejecución de títulos no judiciales, la vivienda sigue siendo totalmente del propietario deudor, que puede seguir viviendo en ella de manera plenamente legal, puede alquilarla,... Pero a cambio, los límites inembargables son los generales de la LEC. Y claro, el banco en cualquier momento podría instar el embargo y posterior subasta del resto de bienes, vivienda incluida. Podría considerarse un posible fraude de ley, al utilizar un procedimiento no adecuado a la situación. Para eso habría que oponerse a la demanda, basada en la causa 7ª del punto 1, del artículo 557 de la LEC. Presentada oposición ante el secretario judicial, éste seguramente observará causa, suspenderá la ejecución, y elevará el asunto al juez, que es el que determinará si está vía procesal es un abuso o fraude de ley. Con elevada probabilidad (nunca certeza), posiblemente su señoría considere que siendo el procedimiento hipotecario tan privilegiado para el acreedor, no ha lugar a un procedimiento de ejecución de títulos no judiciales, que además, impide la tutela judicial efectiva del deudor (ya que no le posibilita que su asunto sea visto por un juez), y ningún derecho económico del acreedor se vería puesto en menoscabo en ningún caso. Si el juez es de los "justicieros", ante la previsible oposición del banco a tu oposición, el juez dictará sentencia en su contra, condenandoles a costas (te saldrá gratis a ti), e instando a que reformulen la demanda por el procedimiento adecuado (el hipotecario). (Por cierto, TODAS las "hipotecas" son préstamos, con garantía hipotecaria, además de la personal y universal del deudor y avalistas)