claro que si, din dudaalgun! Los daños ocasionados se pueden reclamar (art. 1902 y sig del codigo civil)
tu propio seguro te pagará por lo contrtratado y esa parte le pertenece a ellos y la pueden reclamar al causante o bien reclamarla tú junto con el resto (la diferencia del daño menos lo que te abone tu aseguradora) y devolvérsela cuando la cobres, como acordéis o como os resulte más cómodo.
saludos
La respuesta es NO, pero si es cierto que a veces utilizan argumentos que si no eres capaz de rebatirse los con “la contundencia debida”, pueden retrasar los asuntos hasta límites que ni te esperas.
firma el seguro de vida, y oponte una vez firmada la hipoteca, tienes derecho a ello, eso si, que no te lo carguen con la cuata de la hipoteca, por la lata que te daria al oponerte si va en la misma cuota.
Con la banca hemos topado.
la aseguradora tiene que reparar el daño causado, el que fuese.
quien decide, salvo que vayas a reparar a taller recomendado por escrito si es posible, por la asegurador, si la reparación es factible o no es el profesion (taller), y por tanto este será el responsable si no queda reparado correctamente.
saludos
ni te preocupes, si tienes seguro estos se encargarán de arreglarlo, ocurre a veces lo que comentas pero en cuanto se presenta la indemnización asunto arreglado, y eso, créeme las aseguradoras lo hacen casi siempre bien, a veces tRde, pero lo hace,
no no te preocupes, salvo que la demanda fuese por otro motivo.
saludos
tu seguro no tiene que cubrir daños estéticos de terceros, cubre daños a terceros y listo, estéticos o no estéticos, que reclame a tu seguro, Bien a través de su seguro si lo tienes directamente al tuyo.
solo,necesitas que tu seguro responsabilidad civil para este caso.
cualquier reclamación házsela llegar a tu aseguradora y está cubrirá los daños y los gastos de defensa de existir,.
saludos