No es obligatorio aportarlo con la demanda "El informe pericial médico debe ser aportado en el procedimiento judicial, no en el momento inicial, sino en que la Ley permite sea en el acto del juicio, si bien sí que debe ser anunciado en la demanda iniciadora para evitar alegaciones de indefensión." El informe pericial solo se va a basar en los diagnósticos que tienes en los informes médicos.
Si, los sigo teniendo, a mi me vio inspección el 10 de diciembre, hoy me enviaron una resolución para que rellenara el formulario de datos de incapacidad permanente, que por cierto ya había aportado cuando había solicitado la incapacidad....