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Participaciones del usuario docetrece - Fondos

docetrece 05/10/24 19:35
Ha respondido al tema Seguimiento y opiniones de Myinvestor
Una precisión solamente: los costes de las transacciones que dices (ni la comisión de éxito, si la hubiese) no se incluyen en el dato de gastos corrientes (OGC).
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docetrece 05/10/24 15:10
Ha respondido al tema Planes de Pensiones y sistema FIFO
Vaya, lo siento. Te cierran todas las puertas. Parece que solo te queda pelear con el banco. Y que al menos, si no FIFO, te apliquen como mal menor el criterio proporcional por analogía con lo que dice el Real Decreto.De todos modos, ¿dónde dice en el justificante de rescate que son de tal o cual fecha (no siendo anteriores/posteriores a 01/01/2007)? En los rescates que he hecho sólo dice anteriores/posteriores, sin más indicación de fecha.¡Suerte! 
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docetrece 05/10/24 14:34
Ha respondido al tema Mejores Fondos Monetarios
Vencimiento es el plazo hasta la amortización del bono (reembolso del principal). En una cartera es la media ponderada de los vencimientos.Duración es el tiempo en el que tarda en recuperarse el principal mediante los flujos de efectivo que genera el bono. Incluye no sólo al amortización final (vencimiento) sino también el cobro de los intereses ("cupones") a lo largo de la vida (restante) del bono. Se obtiene calculando la media ponderada de los flujos de efectivo por el tiempo hasta que se produzcan.Duración modificada es la sensibilidad a las variaciones en los tipos de interés.En el artículo que te enlazó @jairigos lo tienes explicado.
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docetrece 05/10/24 13:29
Ha respondido al tema Planes de Pensiones y sistema FIFO
Pues entonces solo se me ocurre lo que te sugerí en el mensaje anterior: que traspases a otro plan antes de rescatar y luego elijas de qué plan rescatas. Suponiendo que al traspaso le apliquen en tu banco el mismo criterio (las últimas) o FIFO, tando da, y que no lo hagan proporcionalmente (aunque aun en este caso te saldría mejor que como dicen).
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docetrece 05/10/24 12:05
Ha respondido al tema Planes de Pensiones y sistema FIFO
Pero ahora veo que hay otra sentencia del Tribunal Supremo de noviembre de 2023 que unifica los criterios de Hacienda y SEPE para acreditar los ingresos a efectos de percibir el complemento a mínimos para los rescates realizados a partir de 2013. Según la cual el importe rescatado de un plan de pensiones a partir de 2013 computa íntegramente para acreditar el nivel de rentas en el ejercicio anual en que se perciba, ya que la Ley General de Seguridad Social se remite a la legislación sobre IRPF. https://www.infobae.com/espana/2024/01/09/sentencia-clave-sobre-el-rescate-de-un-plan-de-pensiones-sera-mas-dificil-recibir-el-complemento-a-minimos/
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docetrece 05/10/24 11:43
Ha respondido al tema Planes de Pensiones y sistema FIFO
Entonces, vista la sentencia que enlaza @ojolince, tengo que desdecirme y darte toda la razón.Peculiar, de todos modos, que a efectos tributarios se considere renta (rendimientos del trabajo) todo el importe (equivalente a cobrar una pensión) y a efectos del SEPE únicamente las plusvalías.¿Y qué motivo alega el banco para que sean las de 2024 y no las de 2008? Sería explicable que aplicaran FIFO, pero ¿las más nuevas?. O que, por analogía con el Real Decreto citado anteriormente, hicieran un reparto proporcional.Se me ocurre que si insisten en que sean las de 2024, hagas un traspaso de las mismas a otro plan y luego rescates de las que queden.
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docetrece 05/10/24 09:33
Ha respondido al tema Planes de Pensiones y sistema FIFO
No. Veo que no entiendes o entiendes mal el funcionamiento de los planes de pensiones. Como te he puesto arriba, "el dinero que saques, llámalas de 2008 o 2024, tributa íntegramente como rendimientos del trabajo". Las plusvalías o minusvalías que tengan son totalmente irrelevantes. No computa ni tributa por plusvalías, sino por el importe total que rescates, tenga o no plusvalías o minusvalías. Repito: tributa íntegramente como rendimientos del trabajo.
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docetrece 04/10/24 23:41
Ha respondido al tema Planes de Pensiones y sistema FIFO
Ahí ya te da igual, no hay diferencia. La única diferencia relevante es entre anteriores y posteriores a 01/01/2007. ¿Por qué? Porque las primeras tienen una reducción fiscal del 40% (si cumplen las condiciones) y las segundas no (nunca). Lo mismo da; el dinero que saques, llámalas de 2008 o 2024, tributa íntegramente como rendimientos del trabajo.
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docetrece 04/10/24 23:19
Ha respondido al tema Mejores Fondos Monetarios
Pues sí. Un gestor de renta fija, si es serio y profesional, puede y debe calcularla. Y luego ya solo es cuestión de simplemente calcular la media ponderada de la cartera para informar de la duración modificada del fondo.Por ejemplo, el Candriam Bonds Euro Long Term:
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docetrece 04/10/24 23:06
Ha respondido al tema Planes de Pensiones y sistema FIFO
Pues basta con leerlo.Cito del texto que ha reproducido arriba @cedro .Por dos veces lo dice. Al principio del todo: Artículo 10 bis. Antigüedad de las aportaciones en caso de cobro o movilización parcial de derechos consolidados.Cuando se realicen cobros parciales de derechos consolidados por contingencias o por los supuestos excepcionales de liquidez o disposición anticipada regulados en el texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, y en este reglamento, o cuando se efectúen movilizaciones parciales de los citados derechos, la solicitud del partícipe deberá indicar si los derechos consolidados que desea percibir o movilizar corresponden a aportaciones anteriores o posteriores a 1 de enero de 2007, si las hubiera.[resaltado mío]Y luego otra vez:  Artículo 50. Movilización de derechos en un plan individual. En caso de movilización parcial de derechos consolidados, la solicitud del partícipe deberá incluir indicación referente a si los derechos consolidados que desea movilizar corresponden a aportaciones anteriores o posteriores a 1 de enero de 2007, si las hubiera [resaltado mío] 
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