No hay comisiones de mantenimiento ni por transferencias.Si cambia el tipo de interés se actualiza en tu cuenta.Hay retención fiscal y comunican los datos a Hacienda.Funciona con cuenta vinculada, solo entra y sale dinero a esa cuenta.Edito, veo que ya te han contestado.
Quisiera recordar (creo que no soy el primero en hacerlo) que a aquellos que no están obligados a presentar la declaración, hacerla para recuperar las retenciones puede no salirles a cuenta.
Todos los cálculos los hace directamente rentaweb.Los rendimientos (dividendos e intereses), en bruto.Tenías pendientes 2500€.En primer lugar con las ganancias, 1000€.Después con los rendimientos 200€ (25% de 500 y 300)Te quedarán 1300€ a compensar en los TRES años siguientes.Vendrán reflejados en la casilla correspondiente.Hace unos años, en una que hice, creo recordar que era en el anexo C2 , casilla 1340.Luego miro a ver si lo encuentro.
También es cierto que el reglamento del IRPF cambia continuamente, lo que yo creía que eran 3 tramos de cotización de los rendimientos, ahora veo que son 5.La compensación del 25% empezó siendo el 15, luego el 20...Los cambios en la fiscalidad de los scripts.La normativa cambia continuamente y es difícil estar al día.
Aprovecho el hilo para repetir una petición que hizo un compañero hace tiempo y es la creación de un foro específico de ayudas, subvenciones, IMVs y cosas así que llenan el foro de fiscalidad cuando normalmente no tienen nada que ver y dificultan en acceso a los mensajes que si tratan estos temas.A ver si algún administrador puede hacer algo al respecto.
Los beneficios en la compra-venta de acciones son incrementos o pérdidas de bienes mobiliarios, los dividendos son ganancias producidas por los mismos bienes, al igual que los intereses.Todo tiene la misma imposición fiscal, por tramos 19, 21, 25%, con la diferencia que la compra-venta no lleva retención fiscal y el dividendo si.Los pérdidas en la compra-venta se compensa con el 25% de dividendos.Supongo que todos los seguidores del hilo tienen esto claro, pero por si acaso lo recuerdo.
Ante todo, ten todo bien documentado, a ser posible en PDF.Al hacer la declaración no hace falta adjuntar ningún documento, pero si te piden explicaciones, los plazos son breves y con los documentos en PDF los mandas en 5 minutos.