Hola, como te ha comentado kimdeal. En caso de que cierres el negocio la bonificación la pierdes, y en caso de que abras de nuevo un negocio, si la ley no cambia, hasta que no hayan pasado 5 años no podrás beneficiarte de otras bonificacion como esta. Ya que uno de los requisitos para que puedas beneficiarte de esta, es que no te hayas beneficiado de esta durante los 5 años precedentes. De todos modos, debes de tener presente las bonificaciones que te corresponde en función del tiempo que hace que abriste tu negocio y de la edad que tengas. Te dejo adjunto unas fotos ilustrativas: Saludos!
Hola, bienvenida a Rankia.
Échale un vistazo a este post sobre las rentas exentas.
http://www.rankia.com/blog/irpf-declaracion-renta/2275812-rentas-exentas-tributar-irpf
En caso de que la indemnizacion de la que hablas esté incluida entre las rentas que aquí se exponen, no deberás de hacer nada, ya que las rentas que exentas no se declaran.
Saludos!
Hola!
Échale un vistazo a este post, creo que te será de ayuda, sino no dudes en comentar de nuevo:
http://www.rankia.com/blog/irpf-declaracion-renta/372684-declaracion-renta-irpf-estoy-obligado-declarar
Saludos!
Hola, bienvenido a Rankia.
Las ganancias del juego se consideran ganancias patrimoniales no derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales, debiendo tributar por ellas en la base general. Por lo que se suman a las ganancias de las nóminas, con los resultados de la actividad económica y profesional, con los rendimientos inmobiliarios o mobiliarios de generación inferior al año.
Otras cosa será si tu no llegas al mínimo de ingresos como para tener que declarar. Échale un vistazo al post de cuando se esta obligado a declarar:
http://www.rankia.com/blog/irpf-declaracion-renta/372684-declaracion-renta-irpf-estoy-obligado-declarar
Saludos!
No, solo debes de tributar por los 1000 euros recibidos del gobierno, y no los otros 1000 euros recibidos por la empresa. Te dejo este post con toda la información. http://www.rankia.com/blog/irpf-declaracion-renta/2793406-fiscalidad-plan-pive-declaracion-renta Saludos!
Hola de nuevo! Así es, todos los gastos a los que hace referencia el blog se refieren a los gastos deducibles para autónomos que tributan en estimación directa, normal o simplificada, ya que para los que tributan por el sistema de módulos se preve la determinación del rendimiento neto de una manera específica. Este se determinará en funcion de los modulos fijados por hacienda por cada actividad y a los mismos se les podran aplicar los coeficientes de minoración ( por ejemplo, por incentivos al empleo y a la inversion) además de una serie de índices correctores previstos también para esta modalidad, por ejemplo, duración de temporada de la actividad, nuevas actividades y exceso sobre determinados límites. Por último, añadir simplemente que se permite tambien deducir de la cuantía que haya resultado trás la aplicación de todo lo que he indicado, las amortizaciones del inmovilizado así como los gastos excepcionales, veasé incendio, robo... Saludos!
Perdona! Te lo indique al reves, los gastos se suman al precio de compra y se restan al precio de venta. Es intuitivo, para conocer las ganancias de la venta de acciones, simplemente tienes que conocer la diferencia entre lo que realmente pagaste y lo que realmente recibes. Espero que ahora ya lo tengas más claro! Saludos!