La vivienda perdió su condición de vivienda habitual el día que dejaste de vivir en ella de manera habitual. Eso no tiene vuelta de hoja, es así SIEMPRE: no vives ahí, no es tu vivienda habitual. Da igual el porqué. Y da igual si la vivienda queda vacía, si la alquilas o si se queda allí a vivir tu hermana.Tú has oído por ahí que "la vivienda no pierde la condición de habitual si el traslado se produce por cambio de trabajo, etc, etc...", pero eso no se refiere a que el inmueble siga considerándose vivienda habitual al dejar de habitarla, sino a que, si no has llegado a cumplir 3 años de residencia efectiva, que, en principio, es una condición sine qua non para que tenga esa consideración, se considerará que sí fue vivienda habitual. Pero siempre POR EL TIEMPO EN QUE SE RESIDIÓ EN LA CASA, nunca después.En tu caso eso no afecta porque cumpliste de sobra con los 3 años seguidos de residencia.Para aplicar la exención por reinversión, se exige que, la casa vendida, haya sido tu vivienda habitual hasta, al menos 2 años antes de la venta. Da igual si, desde que dejó de serlo, se alquiló o no. Y no hay NINGUNA excepción, independientemente de porqué dejaste de vivir ahí; como si fue porque te fuiste a una residencia medicalizada a reponerte de un ictus, o cualquier otro caso así de sangrante: si llevas fuera de la casa más de 2 años, no hay exención.Si tú has estado desde 2019 fuera de esa casa, hace 5 años que no es tu vivienda habitual y no puedes acogerte a la exención.