En el valor de la escritura se ha de poner el valor que se acuerde entre comprador y vendedor. Todo el mundo sabemos que ese precio de pone a la baja para pagar menos impuestos. Pero Hacienda lo sabe y por eso fija un valor mínimo a efectos de liquidar el impuesto (ITP). En cada comunidad es uno diferente con distintos métodos de cálculo.
Pero el valor de escritura y el valor que pones para liquidar el impuesto pueden ser distintos (siempre que el segundo sea mayor claro, Hacienda no es tonta).
El valor de tasación como te han dicho es el valor por el que las compañías tasadoras que trabajan para el banco creen que es un valor razonable para el inmueble. Antes solía ser éste más alto que el valor de venta sin embargo ahora suele ser contrario.
S2
Dices: "La vivienda de obra nueva tiene el suelo del precio de coste de constucción y del solar"
Imagina ahora que has construido viviendas y las vendes como tu dices por el precio de coste, pero este año el precio de la construcción baja y el precio de los solares baja una barbaridad, con lo cual las nuevas viviendas de obra nueva se venden mucho más baratas que las tuyas ¿Qué haces, vendes por precio de coste o vendes a pérdidas?
Esto es como las acciones, tus acciones no valen lo que te costaron, ni el PER, ni nada, valen lo que otros están dispuestos a pagar y valen por lo que tú estás dispuesto a vender. Donde se junten esos dos deseos obtendremos el precio de venta.
S2
Te equivocas. Todo el mundo quiere que bajen las viviendas de los demás pero no la suya, que ha de valer más.
Lo de que el precio de las viviendas ha bajado un 40% no se lo creen ni ellos, como muy bien dices.
Nos parece muy normal que en 4 años los precios hayan aumentado un 400% pero nos parece absolutamente imposible que los precios bajen ahora un 50% sobre el máximo alcanzado.
Todo llegará, Spain is not different.
S2
Yo me daría con un canto en los dientes que te han dado una hipoteca, solicitando incluso más del 100% del precio de compra!!
No pedir peras al olmo. No está mal para lo que pides.
S2
Si no estás declarando el alquiler en el IRPF prepárate porque la AEAT no se anda con chiquitas con los alquileres (como te dice asesormutua, paralela y sanción).
Te lo digo porque ya conozco algún caso.
Sobre lo de Uno-e se habla aqui (aunque es para subrogación, creo haber leido en algún sitio que es también para nuevas).
http://www.rankia.com/foros/hipotecas/temas/259964--uno-estafado
S2
La cuenta vivienda deduce por años fiscales completos. Si la abriste el 30 de diciembre de 2004 te podrás deducir 9000 en 2004-2005-6-7 pero para de contar.
Otra cosa es la compra que la podrás hacer hasta el 30 de diciembre de 2008 (ahora hasta 2010).
Pero vamos es tu decisión incluirlo. En caso de que salga mal la jugada ya sabes que tienes que devolver los intereses de demora (AEAT-direct es el mejor banco online, intereses del 7%)
S2
A mi la de ING direct me parece fetén (ninguna vinculación, aunque un diferencial un poco alto), si te la conceden claro, porque deben ser especialitos especialitos.
S2
Creo que la hipoteca que comentas tiene un seguro de protección de pagos (según comentan en banqueando.com) que la resta competitividad, porque es bastante elevado y en pago único.
S2
Creo que te puedes desgravar por cuenta vivienda hasta que empiezas a hacer pagos y a partir de ese momento ya solo te desgravas por los pagos hechos, pero no por la cuenta vivienda.
Es decir el dinero desgravado en la CV lo puedes usar para pagos y agotarlo en 4 años desde que la abriste o puedes continuar con la CV y hacer los pagos con otro dinero. En este último caso desgravarías por la CV pero no por los pagos. En 4 años tendrías que usar ese dinero de la CV.
En resumen, mira si te conviene pagar desde la CV o pagar desde otra cuenta, pero no se puede pagar desde dos cuentas.
Es un poco enrollado todo esto.
S2