Si no tienes más dinero en el extranjero, no es necesario que presentes el modelo 720. Y obviamente cualquiera te recomendará que no lo presentes.Por otro lado, en la declaración del IRPF (la "renta") estás obligado a poner los rendimientos de tu dinero en el extranjero, independientemente de la cantidad que sea. Raisin te enviará un reporte con la cantidad que tendrás que añadir a la casilla de los rendimientos del capital mobiliario por intereses de cuentas y depósitos.
Si quieres comprar xxx euros en participaciones, selecciona la opción de "comprar en efectivo" y solicitas xxx euros.En cambio si prefieres comprar un número concreto de participaciones independientemente de su valor, selecciona la opción de "comprar en participaciones" y solicitas el número de participaciones que quieras.
Como prometí, informo de lo que ha ocurrido con el traspaso desde un fondo Vanguard clase Investor al Vanguard Institutional en Myinvestor.El traspaso se ha demorado sólo 4 días laborables.La baja se ha producido con valor liquidativo el mismo día que el valor liquidativo del alta. Es decir, que mi dinero ha estado todo el rato invertido en uno de los 2 fondos.Únicamente he perdido un poco menos de euro, porque el número de participaciones se ofrece con sólo 2 decimales en Vanguard, y al hacer la "compra" del clase institutional no se puede igualar el valor de la "venta" del Investor. Pero es así, no me puedo quejar.
He estado buscando más sobre el tema y he encontrado en el foro de Bogleheads un caso de un cliente de Myinvestor que ya ha hecho el traspaso de fondos Vanguard recientemente.En este caso la fecha de liquidación ha sido la misma tanto para la baja en el fondo antiguo como para el alta en el fondo nuevo.No pongo el enlace porque no sé si se consideraría spam.No obstante, cuando lo haga ya daré el feedback correspondiente de lo que ocurra en mi caso.
A mi personalmente el 720 no me parece mal. Si algún Banco pone en duda la procedencia del dinero (por blanqueo de capitales) cuando lo traigas del extranjero a España, puede ser una ayuda para demostrar que no procede de actividades ilícitas en el extranjero.Lo que sí me parece mal son las multas despropocionadas por infringir levemente las reglas. Pero si infringes gravemente las reglas y la multa es desproporcionada, pues lo entendería.
Es lo que te ha dicho Pvila314, se suman los saldos de todas las cuentas donde intervengas, como titular, cotitular, y también como autorizado. Y se suman los saldos "totales" de las cuentas, no los saldos totales divididos entre el número de titulares.Y si estás casado en gananciales, ojo que aunque no seas titular ni cotitular de nada, te puede tocar declarar.
Ya te lo anticipé antes, estás equivocado. Y mi respuesta te puede parecer todo lo general que quieras, pero se ajustaba perfectamente a la realidad.Aquí la respuesta de la AEAT a la pregunta:https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/Ayuda/Modelos__Procedimientos_y_Servicios/Ayuda_Modelo_720/Informacion_general/Preguntas_frecuentes__actualizadas_a_marzo_de_2014_/Preguntas_frecuentes__Modelo_720/Obligacion_de_declarar/_Existe_obligacion_de_presentar_declaracion_cuando_se_comparte_la_titularidad_sobre_una_cuenta_bancaria_abierta_en_el_extranj__arias_personas_.shtmlSobre el tema de matrimonio en gananciales, el punto más sorprendente es que si el forero que pregutaba antes tiene 50.001 euros en la cuenta de un sólo titular y está casado en régimen de gananciales, en el 2021 tanto él como su cónyufe deberán presentar el modelo 720, aunque el cónyuge no sea titular de ninguna cuenta en el extranjero. Saludos.
De entrada dices que miento. Y luego que según... lo cual denota que no lo tienes muy claro. Y si no lo tienes claro, pues sinceramente no veo lógico que respondas como lo has hecho. Por favor, lee lo que dice la AEAT al respecto y así sales de dudas. Yo lo hice en su día, porque necesitaba saberlo. Descubrirás que lo que dije es verdad independientemente de que los titulares sean matrimonio, amiguetes o no se conozcan de nada.
Las cuentas y depósitos son la opción más segura en cualquier situación. Independientemente del COVID-19 y la economía en recesión. Te dan una renta fija y asegurada, y tu depósito está protegido hasta 100.000 por el FGD.
En la 027 tienes que poner 105.En la 588 tienes que poner 105 otra vez, y los 10,50.Tal y como lo tienes, sustituir los 94,50 por 105.Que luego te salga vacío es normal. Pero se ha computado donde corresponde aún a pesar de "salir vacío".