Con respecto a lo de la carta: El plazo empieza a contar desde que la recibes( o desde que la descargaste online). Esas cartas de hacienda nunca conviene ignorarlas (ni empezar trámites paralelos sin atender la carta). Lo es que hubieras solicitado la anulación pero siempre contestando a la carta.
También comentarte que la anulación de declaraciones presentadas es un tema complejo (desde el punto de vista legal) y la mayoría de las veces no es posible. Habría que ver si realmente no están obligados y además si tiene derecho a anulación (tiene que causar perjuicio al contribuyente... Etc) Anulación de declaraciones conjuntas para presentar individuales tampoco es posible.
En resumen: Verifica bien qué pasó, pues no nos explicas en ningún caso por qué te hacen propuesta de liquidación (si algo rellenaste mal, si faltaban rentas...)
He tenido un caso casi igual al tuyo. En aquella época al parecer los notarios no notificaban al catastro como se hace hoy.
Te recomiendo que te registres en el sistema ClavePIN o sino con certificado digital. Así puede ver si ahora está a tu nombre o no.
Si no lo está (lo mas probable): Mandas un escrito en la propia sede electrónica explicando lo ocurrido (de forma sencilla y breve) y copia de la escritura o nota simple. A mi en 24 horas me lo solucionaron y en unos días me llegó una carta del catastro confirmando la inscripción a mi nombre con efectos retroactivos.
Yo realicé ua rectifiaccion de la renta y a los 10 dias tenía el dinero ingresado en mi cuenta (intereses incluidos)
Yo que tu preguntaria y, si tienes certificado digital, metete en "Mis Expedientes" de la sede de la AEAT y te saldrá el expediente de rectificación en que estado está.
Lamentablemente y espero equivocarme, te informo que por regla general las administraciones publicas no suelen resolver los recursos de reposición (por las experiencias que he tenido).
Supogno que no lo hacen porque en un mes no les da tiempo a mirarlos y directamente pasan.
De todos modos explicando el caso de de una forma sencilla y ordenada, pidiendo que se revisen las escrituras y demás no tendrían por qué denegarte nada. Yo pediría cita en el catastro con un técnico, y seguramente te sea de mas ayuda que el abogado (y sí, es gratis)
Hay algunas oficinas que están haciendo publicidad engañosa para que la gente se pase a otro tipo de cuentas. Ya lo he visto con mas gente que viene de esa promoción
Tristemente, muchas veces la gestión de todos estos procesos de averiguación por parte de los FCSE llevan asociados altos costes (humanos principalmente) para recuperar 50€ de un ciudadano que, aunque sea muy duro decirlo, ni siquiera tomó la mas minima precaución para evitar ser estafado (no exime al estafador desde luego).
La condena por un delito leve de estafa (menos de 400€) tampoco es que sea muy alta.
Tomando unas precauciones bastante sencillas, es bastante facil no ser estafado en webs de este estilo. (aunque nadie estamos libre, por supuesto).
De verdad, por 50€ no se puede estar ocupando a la policia, que pierde tiempo de otras cosas mas importantes, para que el dia del juicio el denunciante ni se presente porque él vive en BCN y el denunciado en Donosti.
Entiendo que ese apartado no me es de aplicación ya que se ha efectuado una retencion del 19% sobre la ganancia patrimonial.
El caso es que por este motivo me han denegado la petición de certificado de renta hasta que no la presente porque entienden que estoy obligado.