Los convenios mejoran la gestion del siniestro y agilizan los plazos de respuesta. Ahora bien, la dificultad del siniestro hay que tenerlo en cuenta. Vamos, los convenios mejoran, si empeoraran, la compañías se agarrarian al plazo legal. Recuerdo un caso de robo de vehiculo, que investigandolo por cosas que olian mal, se descubrio que el cliente habia estrellado su coche en un circuito y habia vendido las piezas del coche que le quedaron y ademas queria cobrar por robo .
Con perdon de la expresion, yo no recomiendo una mierda jajajaj. Has dicho que necesitas coche, es la formas mas rapida de que lo tengas. Porque imagino que sera adaptado. Y adaptar otro no se lo que te costará. Botella tambien ha dado propuesta, buscar otro a ver porque precio se mueve el mercado. Lo que digo es que cuando un coche tiene un golpe, solo tiene que estar parado durante la peritacion, despues se puede reparar o lo que decida el dueño. La compañía no esta obligada a repararte, y tu no estas obligado tampoco. Respecto al abogado depende de lo que decidas yo creo que va a dar un poco igual quien lo ponga porque estara cubierto. De todas formas, he visto monton de facturas de reparacion hechas en casos similares y se han pagado( siempre que se pruebe que son lo que costo de reparacion, pero esto tambien depende de la jurisprudencia. Garantias? sin detalles del caso no puedo darte ninguna, esto es un foro. En accesorios pone este. "El capital de accesorios será el declarado en condiciones particulares. En caso de no especificarse ninguna suma asegurada, se entenderán asegurados a primer riesgo hasta 200 € para motocicletas y 1.500 € para turismos, siendo necesaria la reposición de la prima consumida tras ocurrir un siniestro. De declararse capitales superiores en accesorios, la cobertura será a valor total. No obstante si en caso de siniestro se detecta que el valor total declarado es inferior a los accesorios instalados en el vehículo, se aplicará la regla proporcional. "
Tu si le reclamas a tu compañía que te arregle un golpe en una columna, tiene de plazo hasta 40 dias para hacerlo. Dura lex sed lex A ver... tu asunto consiste en que es una reclamacion de daños. Y la parte a la que reclamas tiene un plazo para verficiar que no es falso, que ha pasado de verdad, de comprobar que los daños que se reclaman son reales y causados por el cliente y no otros hechos. Creo recordar que son 3 meses en reclamacion normal. Los convenios son mas rapidos., el CICOS en15 dias , el SDM no recuerdo. Al final quien te paga es tu compañía, no la otra. Pero no lo hara hasta que la otra le pague el modulo total. Es la pescadilla que se muerde la cola, si me dices que hay que desmontar, el perito no va a cerrar informe hasta que no desmonte y vea el total de daños, una vez hecho, comprobara el valor venal del coche para saber si esta ante un siniestro total y pedira el valor de restos y demas, asi que echale 5-6 dias mas. Desmontaje que hay que pagar y que tu compañía no asume porque la contraria no le paga el modulo total. Por lo tanto, sin daños completos, no hay informe, sin aceptacion, no hay pagos mas que los que quiera hacer tu compañía por el todo riesgo , otra cosa es que la compañía no quiera pagar desmontaje pensando que es un siniestro total sin desmontar y valorar posibles daños ocultos, pues ya desmontando sera aun mas.Como dije, siempre puedes pagar tu y luego reclamar.
Las consecuencias las que tu decidas. Si no te ha dado la razon la compañía ni el defensor del asegurado( el cual supongo te habra dado una respuesta escrita formal), solo te queda o demandar o contratar un perito de tu bolsillo que rebata el informe del otro. A ver si no hay ni peritaje de ellos...
No autorizan desmontaje por ser siniestro de mas de 2 vehiculos implicados. Se aplica el convenio SDM y la cia contraria esta pagando un modulo parcial cuando tu compañía considera que debe pagar el modulo total. Cosas de compañías, que se resolverán en un tiempo. Seguramente esten esperando atestado o cosas similares para verificar. Eso es tiempo.Ahora, como afectado, si la reparacion supera el 100% del valor venal, hay que sumarle el valor de afección, que suele ser una horquilla entre el 10 y el 50% mas.Si la reparacion supera la perdida total por poco, no habra problema porque lo cubrira y no creo que lo den siniestro total.Si lo quieres reparar por tu todo riesgo, entonces tienes que mirar que es lo que dice en materia de daños propios. A ver a partir de que porcentaje se declara siniestro total . SIendo Zurich, será el 75% seguramente, pero revisa. Pérdida Total/Siniestro Total. Toda reparación que supere el 75% del valor venal del vehículo siniestrado justo antes del momento del siniestro. Fuente : https://zurichvalencia.com/wp-content/uploads/seguro-coche-a-terceros-zurich-condiciones-generales.pdfPor lo tanto, lo puedes reparar? si, claro, tu compañía lo declara siniestro total, te indemniza, tu pones la diferencia si la hubiera y cuando el asunto se resuelva aportas las facturas. Si el caso se gana, lo recuperaras con casi total certeza. De todas maneras, haz los números antes para tenerlo claro todo
Cualquier contrato suscrito por vía telemática, ( teléfono o internet) es desistible en los primeros 14 dias desde que se contrato. ( tiempo para recibir el contrato, leerlo y demás) Si no, se fija una duración mínima de un año, lo que pasa es que para que sea cómodo, se paga mes a mes , pero igualmente dura un año.El impago de las cuotas puede conllevar la reclamación por parte de la otra parte contratante, o no, eso ya depende de ellos. No te compliques, busca la direccion fiscal y envia carta certificada o burofax con copia del DNI, verifica cuando se te acaba y listo.He encontrado esto , igual te ayuda:https://www.legalitas.com/politica-privacidad
Normalmente se contrata por un tiempo determinado, uno no puede darse de baja a medio contrato porque no le guste el servicio. Envia solicitud de baja al vencimiento y escrito a su centro de tratamiento de datos solicitando que sean borrados y si no lo hacen en dos semanas entonces da parte a la AEPD
1)Por lo que te han comentado antes, la compañías no tienen obligación ninguna de pagar una factura a taller. Tienen la obligación de indemnizar a su cliente. La responsabilidad de la reparación no es imputable a la compañía. Si el cliente prefiere el dinero y repararlo donde el quiera es perfectamente valido. Reclamar es recomendable. Para mi si, aunque sea para dejar constancia. Otra cosa es lo legal. 2)La reclamacion a la razon social. Igual. Por escrito. Que taller es? quiero decir talleres pepe de la calle tal de cordoba por ejemplo. Con una busqueda en Google suele salir la razon social. Y supongo que tendran hojas de reclamacion para hacerlo mas facil no?Consumo... en fin, si no es uno , es otro, porque no reclamar a los dos?