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Participaciones del usuario ignition

ignition 21/07/12 22:04
Ha respondido al tema Venta de un local comercial con pérdida patrimonial: cual es el valor de venta a declarar, el real o catastral?
Las Ganancias o pérdidas patrimoniales son el resultado de la diferencia entre el Valor de Adquisicion y valor de transmision. Es decir por cuanto lo compraste y por cuanto lo vendiste. Pero ojo con esto que dice la ley: ""Por importe real del valor de enajenación se tomará el efectivamente satisfecho, siempre que no resulte inferior al normal de mercado, en cuyo caso prevalecerá éste."" A si que cuidadin que la policia no es tonta jeje, lo digo porque es facil que ahora el precio de venta se inferior al de compra pero que este sea inferior al valor catastral, eso ya es algo más raro.
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ignition 21/07/12 21:56
Ha respondido al tema Plusvalias IRPF
HOla. Si que es deducible la perdida pero solo se pueden compensar con otras ganancias patrimoniales derivadas de transmisiones. Echale un vistazo a este post que se habla de esto: http://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/1380159-venta-vivienda-perdidas
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ignition 21/07/12 21:43
Ha respondido al tema Venta de Vivienda con pérdidas
Exacto, si quieres para una mayor seguridad para ti te pego el artículo de la ley que lo dice: ""Artículo 49. Integración y compensación de rentas en la base imponible del ahorro. 1. La base imponible del ahorro estará constituida por el saldo positivo de sumar los siguientes saldos: El saldo positivo resultante de integrar y compensar, exclusivamente entre sí, en cada período impositivo, los rendimientos a que se refiere el artículo 46 de esta Ley. Si el resultado de la integración y compensación arrojase saldo negativo, su importe sólo se podrá compensar con el positivo que se ponga de manifiesto durante los cuatro años siguientes. ******El saldo positivo resultante de integrar y compensar, exclusivamente entre sí, en cada período impositivo, las ganancias y pérdidas patrimoniales obtenidas en el mismo a que se refiere el artículo 46 de esta Ley( Derivadas de transmisiones patrimoniales) Si el resultado de la integración y compensación arrojase saldo negativo, su importe sólo se podrá compensar con el positivo que se ponga de manifiesto durante los cuatro años siguientes. 2. Las compensaciones previstas en el apartado anterior deberán efectuarse en la cuantía máxima que permita cada uno de los ejercicios siguientes y sin que puedan practicarse fuera del plazo a que se refiere el apartado anterior mediante la acumulación a rentas negativas de ejercicios posteriores."" No obstante si tu hermano realiza una actividad económica deberá tener un asesor que conozca mejor la situación patrimonial de tu hermano, que le pregunte a ver si se le ocurre algo que para eso nos pagan, pero yo con los datos que tengo tampoco se me ocurre nada , ya que en este punto la ley es muy específica.
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ignition 20/07/12 15:38
Ha respondido al tema Préstamo familiar
OK, despues de leer alguna consulta y algún artículo ya lo tengo claro tanto en ITP como en el IRPF. Esta ya no se me olvida. Cada día estoy mas contento con este foro ya que puedo ayudar de alguna manera a la gente y al mismo tiempo aprendo cosas nuevas , siempre hay alguien que sabe más. Gracias.
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ignition 20/07/12 08:43
Ha respondido al tema Préstamo familiar
Cachilipox podrías indicarme en que punto de la ley establece la exención para los prestamos a tipo 0. He estado escudriñando la ley sobretodo el art 45 y no la encuentro. Gracias.
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ignition 19/07/12 15:43
Ha respondido al tema Venta de Vivienda con pérdidas
A ver, si amortizas el prestamo no tendrás que pagar los intereses, tendrás que pagar lo que este especificado en la escritura. Te recomiendo acudir a un profesional de tu zona para que te heche una mano o acude a tu oficina bancaria que estaran encantados de explicartelo con la escritura en la mano. Un saludo.
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ignition 19/07/12 15:39
Ha respondido al tema Préstamo familiar
Eso no te servirá. UN contrato entre dos o más personas solo vincula a las partes contratantes y no a terceros (Léase hacienda).Si quieres que un contrato sea oponible frente a terceros has de documentarlo en escritura pública. UN razonamiento muy claro; Suponte que hacienda requiere porque ha detectado que has prestado un dinero a alguien y te imputa un rendimiento salvo que pruebes lo contrario. ¿Crees que será válido un documento firmado entre dos partes que podrías haber hecho al día siguiente para ir a presentarlo a hacienda aunque tenga fecha de hace dos años? UN saludo.
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ignition 19/07/12 00:52
Ha respondido al tema Mi declaracion de renta
HOla. SUpongo que tu ya sabrás como te sale no? puesto que se trata de una autoliquidación. Si es a devolver hacienda tiene seis meses para pagarte una vez finalizado el periodo de presentación voluntario. Un saludo.
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ignition 19/07/12 00:47
Ha respondido al tema Préstamo familiar
Menos mal que esta el maestro Cachilipox pendiente, pido disculpas. Aqui aprendemos todos :).
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