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Participaciones del usuario ignition

ignition 16/08/12 23:28
Ha respondido al tema ¿Es posible pagar luz de Agosto con IVA 18%?
Por supuesto, cuantos más puntos de vista mucho mejor, como bien dices estamos en contacto o por mail o por aqui que al mismo tiempo que se echa una mano se aprende y se refrescan algunas cositas.
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ignition 16/08/12 19:54
Ha respondido al tema ¿Es posible pagar luz de Agosto con IVA 18%?
Pues de momento voy a tirar con el nominasol y el contasol, aunque ahora que estoy familiarizandome con el la verdad es que no esta nada mal, los hay mejores pero aun la version de pago de contasol es bastante asequible y buena relación caidad precio. El programa tiene de todo puedes generar todo tipo de modelos con los datos de la contabilidad etc. lo que te quita mucho curro, es bastante intuitivo ya que usa la misma interfaz que excel o word, quizas la falta un poco de agildad a la hora de meter asientos por el tema de las tabulaciones en comparacion con otros programas que conozco pero igual esto se soluciona cuando conozca mejor los programas. Tambien voy a llevar tema de administracion de comunidades y tengo un programa de prueba que estoy trasteando y al que le voy a fusilar todas las tablas a una hoja de excel para luego funcionar con esta, al menos de momento. De momento estoy en fase de pruebas y ajustando un monton de cositas y repasando mucha legislacion que no domino tanto como laboral y mercantil pero poco a poco va todo para adelante. Muchas gracias por preguntar. Si necesitas algo ya sabes ;) .
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ignition 16/08/12 18:16
Ha respondido al tema ¿Es posible pagar luz de Agosto con IVA 18%?
TOda la razon Juan_pc. Mirando un poco la ley : Art 75)Se devenga el impuesto: 7. En los arrendamientos, en los suministros y, en general, en las operaciones de tracto sucesivo o continuado, en el momento en que resulte exigible la parte del precio que comprenda cada percepción.
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ignition 16/08/12 17:37
Ha respondido al tema ¿Es posible pagar luz de Agosto con IVA 18%?
Según la LIVA el impuesto se devenga cuando se produce la entrega del bien o la prestación del servicio independientemente de cuando se emita la factura mediante la cual nace la repercusión del impuesto para lo cual se tiene un plazo de hasta un máximo de un año posterior al nacimiento del devengo. La LIVA establece que se consideran entregas de bienes la luz el agua etc. Por tanto estoy con Lunatico, nos repercutiran el tipo vigente actualmente por la luz servida durante el mes de agosto y el 21% a partir del dia 1 de septiembre. Un saludo.
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ignition 16/08/12 14:58
Ha respondido al tema Comprar parte del piso de mi vecino
HOla me pillas poniendome al dia con el tema de propiedad horizontal, no soy un especialista , aún , pero algo te puedo decir: La ley de propiedad horizontal establece: 1) Se podra realizar un aumento o disminución material de pisos o locales por división o agregación de partes de estos; se requerirá consentimiento de titulares afectados y aprobación de la junta de propietarios que fijara las nuevas cuotas de participación sin alteración de las restantes. 2) Se podrá hacer modificaciones que no alteren o menoscaben la seguridad o estructura general del edificio, estados exteriores o perjudique los derechos de otro propietario. Debe dar cuenta de tales obras a quien represente a la comunidad. Luego en principio a efectos de esta ley poder si que puedes , incluso si arquitectonicamente es factible, podrás "quitar una habitación de un piso para ponerselo a otro""unir dos viviendas en una" etc, todo ello sin perjuicio de que necesites un proyecto de obra por un arquitecto, y finalmente inscribir en el registro de la propiedad la modificación, y la liquidación de los impuestos que te comenta Empty.
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ignition 16/08/12 14:50
Ha respondido al tema RENTA 2011
HOla; Hacienda tiene para pagar seis meses desde que termina el plazo voluntario de autoliquidacion, es decir hasta Diciembre de este año. Lo que de dice en el mensaje es más o menos que han revisado la declaración presentada, que les parece buena pero que ello no significa que no puedan comprobarte posteriormente(4 años de prescripcion). Posiblemente en un par de semanas te ingresarán el dinero. Un saludo.
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ignition 16/08/12 14:45
Ha respondido al tema Comisión a intermediario
Hola: Pues si haces la declaración de IVA mas o menos legal te interesa seguro(Entiendo que llevas a cabo una actividad económica), ya que el IVA no supone ningún conste añadido para ti puesto que te lo deduces, además tienes derecho a deducirtelo por 4 años con lo que si en este año no tienes suficiente IVA devengado puedes deducirtelo en los 4 años siguientes, además podrás incluir como gasto de la actividad los "500€" del intermediario que es lo más interesante del asunto. Si no pagas IVA pues pierdes el derecho a deducirte y lo peor es que no puedes incluir como gasto de la actividad el coste de intermediación. Suerte y un saludo.
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ignition 14/08/12 19:11
Ha respondido al tema Este es un país de ladrones_Tonto el último
Soluciones hay varias, yo no propongo recorte del gasto público y presion fiscal a la clase baja , solo digo que es lo previsible si la amnistia fiscal no cumple con el objetivo recaudatorio. Como unas entre tantas pues lo que digo mas arriba eliminacion o regulacion más severa de las SICAV´s y eliminacion de la exencion en el impuesto del patrimonio a las sociedades HOLDING, como te crees que escapa a la tributacion todo el patrimonio que posee la koplowitz o el mismisimo Amancio Ortega y sus 99 hombres de paja pioneros en estrenar este sistema.
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ignition 14/08/12 12:44
Ha respondido al tema Rescate EPSV BBK
HOla inakisc: Si no me aquivoco el EPSV es un tipo de Plan de Prevision Asegurado que solo puede contratarse en el pais vasco ¿Es asi? BUeno en tal caso hay por aqui abajo un post en el que se habla de esto: http://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/1415243-rescate-plan-pensiones En resumdidas cuentas , los rescates de PPA´s se califican como rendimiento del trabajo, antes se podia aplicar la reducción del 40%, desde 2007 solo se puede aplicar dicha reducción a la parte del rendimiento de lo rescatado que se corresponda con las aportaciones realizadas antes de 2007. Si dices que tiene una antiguedad de 2 años pues me temo que no podrás aplicar la reducción. Para hacer el cálculo que comentas habría que restar al salario los pagos por tu parte a la SS , las cuotas sindicales entre otros. Tambien para el calculo del IRPF se necesita saber las condiciones familiares; si tienes hijos etc. Te recomiendo que acudas a un asesor de tu zona que te oriente y que por el mismo precio te haga la declaración del año que viene.
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