Según la normativa a aplicar, aunque suene confuso lo de los 10 años, solo se tiene en cuenta el año fiscal. Es decir, se podrá rescatar aquellas aportaciones anteriores al 01/01/2016, el año que viene las anteriores al 01/01/2017...Se podrán hacer rescates "totales" o "parciales". Esto significa que si desde el año 2004 al 31/12/2015 has realizado unas aportaciones totales (mas rendimientos) de 10.000 euros, podrás rescatar el total de ese importe o solo una parte de él. En caso de que ese importe sea el total del plan de pensiones, pues la póliza se cancelará. Espero haber ayudado un poco.
Gracias. Y ya siendo cliente desde hace tiempo en la online, supongo que a la promo de los recibos y Cashback no me puedo acoger verdad. He leído varias páginas hacia atrás pero no me queda claro.
Yo he llamado hoy a la oficina y la chica que me a atendido me ha dicho que me acerque para allá, que ella estaba en caja y que desde ahí no me lo puede mirar. Todo a punta a que nadie a ido a intentar reclamar y no tienen ni idea de si se puede o no y me temo que se van a acoger a que lleves menos de 6 meses en otro producto del banco, pero que si tienes contratada la cuenta vamos, no van a modificar el contrato. Si puedo ir antes del día 2 de octubre, que es cuando cumplo los 6 meses, veremos a ver que me dicen, pero si alguien lo consigue antes que avise por aquí. Un saludo.
Según me pareció leer en las condiciones particulares, los 6 primeros meses se dan como "cumplidos" o algo así, es decir, que de momento te los pagan, y si luego en el siguiente semestre no has cumplido condiciones, te cobrarían el mantenimiento y demás y no se si te penalizan los intereses que te han pagado.