La petición que enviamos el pasado 30.04.2016 ya ha sido registrada y trasmitida a la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo, para su estudio y valoración.
Si bien estos pasos son lentos, con vuestro apoyo podremos conseguir que el Parlamento Europeo estudie la petición y consigamos que:
Se constituya un órgano a nivel nacional o Europeo cuyas resoluciones sean vinculantes para las entidades financieras ante las reclamaciones de los ciudadanos.
Consiguiendo de esta manera:
1. Mejorar la relación entre los ciudadanos y las entidades financieras
2. Evitar el colapso en los tribunales de Justicia
3. Devolver la confianza de los ciudadanos en sus instituciones
Os agradeceria pudierais firmar y difundir esta peticion
https://www.change.org/p/parlamento-europeo-clausulas-abusivas-noAbusos bancarios,NO
Hola Pachi:
Te reenvío mail que me enviaron desde el TJUE, ante la consulta que les hice en el sentido de si era vinculante la sentencia para los tribunales nacionales:
Una vez que se dicte sentencia, el Juez nacional debería atenerse en principio a lo que responde el Tribunal de Justicia. Ésta es la información sobre el procedimiento prejudicial que figura en nuestra página web (http://curia.europa.eu/jcms/jcms/Jo2_7024/):
La cuestión prejudicial
El Tribunal de Justicia trabaja en colaboración con los órganos jurisdiccionales de los Estados miembros, que son jueces ordinarios encargados de aplicar el Derecho de la Unión. Para garantizar la aplicación efectiva y homogénea de la legislación de la Unión y evitar interpretaciones divergentes, los jueces nacionales pueden, y a veces deben, dirigirse al Tribunal de Justicia para solicitarle que precise una cuestión de interpretación del Derecho de la Unión, a fin de poder, por ejemplo, comprobar la conformidad de la normativa nacional con este Derecho. La cuestión prejudicial también puede tener por objeto el control de la validez de un acto del Derecho de la Unión.
El Tribunal de Justicia no responde mediante un mero dictamen, sino mediante una sentencia o un auto motivado. El órgano jurisdiccional nacional destinatario está vinculado por la interpretación efectuada a la hora de resolver el litigio que se le ha planteado. La sentencia del Tribunal de Justicia vincula asimismo al resto de los órganos jurisdiccionales nacionales que conozcan de un problema idéntico.
También en este marco de las cuestiones prejudiciales, cualquier ciudadano de la Unión puede contribuir a que se precisen las normas de la Unión que le afectan. Aunque este procedimiento sólo puede iniciarlo un órgano jurisdiccional nacional, las partes litigantes en el asunto de que conoce, los Estados miembros y las instituciones de la Unión pueden participar en el procedimiento iniciado ante el Tribunal de Justicia. De este modo, algunos de los principios más importantes del Derecho comunitario se han establecido a partir de cuestiones prejudiciales, a veces planteadas por órganos jurisdiccionales nacionales de primera instancia.
Gracias Noctambulo, con la ayuda de todos podemos intentar cambiar las cosas.
A veces parece que nadie te escucha, pero si se es perseverante las cosas pueden cambiarse a mejor.
Ya hemos superado las 1.000 firmas....
Patá palante....eso es lo que están pretendiendo hacer, ganar tiempo,...pero deberían darse cuenta que sería mejor incluso para ellos tratar correctamente a los clientes
Pero en fin,...paciencia que todo llegará ....quien aguanta , gana.
Y muchas gracias por tu colaboración y apoyo.
Os transcribo mail recibido del TJUE:
Buenas tardes de nuevo.
Me han comunicado que al parecer el Abogado General italiano, Sr. Mengozzi, ha sido encargado de presentar las conclusiones sobre estos asuntos y que ha anunciado al final de la vista que las presentará el día 12 de julio. Las conclusiones aparecerán publicadas ese día a partir de las doce del mediodía en el sitio de curia y podrán consultarlas.
Las conclusiones tienen el valor de un dictamen, es decir, no vinculan a los jueces. En un porcentaje muy alto las sentencias suelen seguir la posición expuesta por el Abogado General, pero no siempre es así (le ruego que lo tenga en cuenta para que no despierte falsas expectativas en los firmantes de su petición). Así pues, la sentencia se dictará más tarde (tenga en cuenta que durante el verano hay vacaciones judiciales, de modo que cuente unos tres o cuatro meses a partir de septiembre, pero pueden ser más).
Atentamente,
Cristina López Roca
Administradora
Tribunal de Justicia de la Unión Europea
Unidad de Prensa e Información
Célula España, Portugal y América Latina
Os transcribo mail recibido del TJUE:
Buenas tardes de nuevo.
Me han comunicado que al parecer el Abogado General italiano, Sr. Mengozzi, ha sido encargado de presentar las conclusiones sobre estos asuntos y que ha anunciado al final de la vista que las presentará el día 12 de julio. Las conclusiones aparecerán publicadas ese día a partir de las doce del mediodía en el sitio de curia y podrán consultarlas.
Las conclusiones tienen el valor de un dictamen, es decir, no vinculan a los jueces. En un porcentaje muy alto las sentencias suelen seguir la posición expuesta por el Abogado General, pero no siempre es así (le ruego que lo tenga en cuenta para que no despierte falsas expectativas en los firmantes de su petición). Así pues, la sentencia se dictará más tarde (tenga en cuenta que durante el verano hay vacaciones judiciales, de modo que cuente unos tres o cuatro meses a partir de septiembre, pero pueden ser más).
Atentamente,
Cristina López Roca
Administradora
Tribunal de Justicia de la Unión Europea
Unidad de Prensa e Información
Célula España, Portugal y América Latina
Teléfono: +352 4303 3667