La devolución del dinero cobrado de forma abusiva es un derecho al que no debemos renunciar
http://www.change.org/es/peticiones/banco-de-espa%C3%B1a-que-obligue-a-devolver-lo-cobrado-en-las-clausulas-suelo-hipotecarias
Intentemos que funcionen nuestras instituciones.
Analízalo con cierta distancia,....
Hace 4 años los que decíamos que esta cláusula era abusiva, nos ponían pingando....
Ahora reclamar al banco los derechos que tienen los clientes, no parece una locura....
Los tribunales empiezan a dictar sentencia anulando las cláusula y haciendo que devuelvan lo cobrado indebidamente
Las entidades ya no utilizan estas cláusulas abusivas
Existe una mayor cultura financiera y hacemos que respeten nuestros derechos...
Puedes decir que hemos ganado....
Eliminarán la cláusula y tendrán que devolver lo cobrado indebidamente.
La ley esta por encima de la jurisprudencia aunque sea dictada por el tribunal supremo.
Si una cláusula es nula, es NULA.
Posiblemente habrá que reclamarlo y pondrán mil pegas,....pero se puede conseguir.
Acuérdate de los que en el año 2.009 veían imposible que se eliminará la cláusula suelo....
La devolución de lo cobrado indebidamente es un derecho al que no se debe renunciar en ningún caso.
Pues que como casi siempre tus consejos son adecuados y prudentes...
No se deberia preocupar mucho por el tema de la oferta vinculante, ya que la eliminacion de la clausula suelo y mas en el BBVA, es un tema ganado.
Meterse en gastos de abogados, tasas, procuradores,etc , cuando previsiblemente este resuelto en menos de un mes, lo veo un gasto innecesario
Conseguir que te devuelvan lo cobrado indebidamente es un poco mas dificil, pero lo estamos consiguiendo.
Eso si, nunca deberian firmar una renuncia a reclamar lo cobrado indebidamente cuando le comuniquen la eliminacion de la clausula suelo.
En nuestra web www.youbank.eu puede descargarse un modelo para realizar la reclamacion o le podemos ajustar uno especificamente a sus caracteristica.
Si el amigo Petersen me dice que meta baza, yo entro al trapo, pero poco más de lo que te indica te puedo decir yo.
Los bancos suelen tener en cuenta que los clientes se pueden quejar ante situaciones claramente injustas o abusivas, pero esa queja no suele convertirse en una reclamación formal.
Bien por que desconocemos como hacerlo, no tenemos tiempo, pensamos que la banca es todopoderosa, y como vamos a reclamar a un banco? Con todos los abogados que tienen....
Pues de esa situación se aprovechan, y la única manera que tenemos de ir cambiando es en acostumbrarnos a defender nuestros derechos y formular las reclamaciones por escrito y que queden constancia de ello.
En tu caso, parece claro que no te dieron la oferta vinculante, por lo que en primer lugar deberías pedirles por escrito que te faciliten copia de la oferta vinculante que ellos deberían tener firmado por los dos titulares
Si no lo tienen o no te lo facilitan, ya tienes un argumento de falta de transparencia, en el que podrías basar tu reclamación.
Por ponerte un ejemplo, en Málaga se firmó un convenio entre Cajamar y el Ayuntamiento de Málaga, donde se ofertaba una hipoteca a tipo variable sin hacer mención a la cláusula suelo, este es un caso evidente de falta de trasparencia y se han montado reuniones con el Ayuntamiento, los políticos se han metido por medio, y hay bastante ruido.....
De más de 400 afectados, sabes cuantos han reclamado oficialmente?....pues eso... Cero pelotero.....
Así nos va....
Ha comentado en el artículo Documentación útil para reclamar la eliminación de la cláusula suelo
Estoy intentando subir un modelo de reclamacion nuevo, basandonos en la sentencia del Tribunal Supremo de 9 de Mayo de 2.013.
Como bien sabes las sentencias del Tribunal supremo, no se pueden recurrir y son de obligado cumplimiento.
Si quieres me das tu correo de forma privada y te envio el modelo.
Las clausulas suelos, se van a eliminar, aunque los bancos se van a demorar y si no se reclama no creo que lo hagan, o al menos no de forma automatica.
Por lo que habrá que seguir reclamando.
Al juez hay que ponérselo fácil...no podemos pretender que sepa como se calcula un collar, pero si se le puede entregar una prueba pericial con la cotización de un collar de similares características a un techo- suelo que nos hayan colocado en la hipoteca.
Si en dicha cotización se demuestra la desproporción, el juez tendrá un argumento sólido para decidir que es desproporcionado.
Y no tendrá que entrar en más averiguaciones de históricas del Euribor, proyecciones a futuro,etc....
Cuanto más fácil lo pongamos mejor nos irá....
Pero entiendo y coincido contigo que hay que estudiar cada caso de forma individual.
Además de los motivos que tu comentas, habría que tener en cuenta los folletos, carteles y publicidad que la entidad hubiese exhibido en la comercialización de las hipotecas.
Si en la publicidad que el banco haya enviado en dichos folletos, no figura la cláusula suelo, se podría demostrar la falta de transparencia.
En Málaga tenemos un caso con la hipoteca Joven Cajamar, en la que se firmó un convenio con el Ayuntamiento de Málaga y se hizo publicidad de dicha hipoteca en la que no se mencionaba la cláusula suelo.
La publicidad que por radio se haya hecho....
Cada hipoteca tiene su historia y en cada caso se puede argumentar un motivo diferente.
Ten en cuenta que esta sentencia responde a una demanda concreta muy generalista,....por lo que si se pone otra demanda con otros argumentos pueden sentenciar de otra manera.
Por qué interpretamos que las entidades no van a devolver lo cobrado indebidamente?
Si una cláusula es nula, es como si no hubiese existido, por lo que SI tendrán que devolver el dinero cobrado.
Pero no de forma automática y generalizada, habrá que demandar individualmente, y demostrar la falta de transparencia.
La noticia pretende desmoralizar para que el ciudadano no reclame.
SI TIENEN QUE DEVOLVER lo cobrado,....pero hay que demandar....y cada juez decidirá en función de cada caso...
Estos productos no tienen fecha de vencimiento, por lo que no tiene sentido hablar de plazos.
Si hay alguien que los compre los podrás vender.
No existe un mercado secundario, que este regulado por la CNMV.
Esta controlado por el propio consejo de la Caja.
Puedo ocurrir que si no se cubre un cierto nivel de solvencia de la entidad, no se abonen intereses( la normativa interna de las cooperativas de crédito así lo indica).
Si esto sucediera sería difícil encontrar a clientes que comprasen este tipo de productos, por lo que quedarían atrapados como en las preferentes los actuales poseedores de dichas aportaciones.
Estos productos no están cubiertos por el FGD.
Es un producto de alto riesgo y no debería ser ofrecido como si fuese una especie de plazo fijo.