Acceder

Participaciones del usuario Kusss - Subsidios

Kusss 15/01/24 11:08
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Lo de los 8 años depende de la edad, si tienes menos de 52 años te exigen menos. En la web de la Seguridad Social explican la fórmula en detalle. La otra pregunta, si te refieres a si el tiempo cotizado mediante convenio especial cuenta para el periodo exigido para obtener una IP, parece que sí excepto para accidente laboral: Acción protectoraLa acción protectora dispensada por este convenio especial será la correspondiente a:JubilaciónIncapacidad permanente y muerte y supervivencia, derivadas de enfermedad común y accidente no laboralServicios sociales No sirve en cambio para cobrar paro, por ejemplo.
Ir a respuesta
Kusss 15/01/24 02:23
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Si te la quitan tanto por sentencia como por mejora podrás suscribir el convenio especial:Convenio especial ordinario ¿Quién puede suscribirlo? Los pensionistas de incapacidad permanente total para su profesión habitual, que con posterioridad a la fecha de efectos de la correspondiente pensión hayan realizado trabajos y hubiesen estado incluidos en algún Régimen del Sistema de Seguridad Social y se encuentren en una de las situaciones anteriores.Los pensionistas que hayan sido declarados capaces o con incapacidad permanente parcial.Los pensionistas de incapacidad permanente o jubilación, a quienes se anule su pensión en virtud de sentencia firmeEn el apartado "Requisitos" tienes más detalles. De todas formas esto en tu caso creo que te interesaría si quieres mantener un nivel de cotización mayor, pero si te vale con la mínima supongo que te rellenen las lagunas de cotización directamente al pasar a jubilación ordinaria.
Ir a respuesta
Kusss 12/01/24 18:02
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Ok, muchas gracias. He leído tu caso y creo que te han revisado antes de la fecha (aparte de la coletilla de que "se prevé mejora que permita la reincorporación antes de 2 años") por haber empezado a trabajar. Una vez que con empiezas a cotizar pueden revisar en cualquier momento sin esperar a la fecha indicada en la resolución. Mucha suerte.
Ir a respuesta
Kusss 13/12/23 11:32
Ha respondido al tema Incapacidades y Compatibilidades laborales - Incapacidad Permanente Total
Yo creo que si en el IMS/Resolución limitaban tus dolencias al impacto en la conducción, no levantas pesos y además no has mejorado no deberían quitártela. De todas formas yo hablaría con un abogado para recurrir si es necesario y les aportaría el documento acreditativo que te piden (no se si valdría con el contrato, también lo hablaría con el abogado). ¿Con cuanta antelación te han avisado respecto a la cita de la revisión?Mucha suerte.
Ir a respuesta
Kusss 13/12/23 10:21
Ha respondido al tema Incapacidades y Compatibilidades laborales - Incapacidad Permanente Total
Hola Charo2, ¿avisaste al INSS cuando empezaste a trabajar rellenando el formulario oficial indicando tus nuevas funciones? Si te siguen viendo los especialistas por las dolencias por las que te concedieron la IPT, ¿han reflejado alguna mejoría en los informes?Y por curiosidad,  ¿te especifican que se trata de "revisión por compatibilidad" o simplemente "revisión"? 
Ir a respuesta
Kusss 03/12/23 19:42
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Santi. ¿Eres funcionario de Clases Pasivas o cotizabas a la Seguridad Social? Las pensiones de Pasivas no las paga el INSS y se calculan de forma diferente. Quizás esto podría estar relacionado con la desaparición del punto pero tampoco quiero darte falsas esperanzas.Tu IMS tiene marcadas las casillas de Total y de Absoluta, no entiendo a qué viene lo añadido en el campo "Observaciones", a tu abogado le tiene que saltar algo ahí. Ya nos contarás como va todo, mucho ánimo.
Ir a respuesta