Hola Charo2, ¿avisaste al INSS cuando empezaste a trabajar rellenando el formulario oficial indicando tus nuevas funciones? Si te siguen viendo los especialistas por las dolencias por las que te concedieron la IPT, ¿han reflejado alguna mejoría en los informes?Y por curiosidad, ¿te especifican que se trata de "revisión por compatibilidad" o simplemente "revisión"?
Así es, desde enero de 2011 ya no hay nuevos funcionarios de clases pasivas, pero los que adquirieron la condición antes de esa fecha lo siguen siendo hasta su extinción.
Hola Santi. ¿Eres funcionario de Clases Pasivas o cotizabas a la Seguridad Social? Las pensiones de Pasivas no las paga el INSS y se calculan de forma diferente. Quizás esto podría estar relacionado con la desaparición del punto pero tampoco quiero darte falsas esperanzas.Tu IMS tiene marcadas las casillas de Total y de Absoluta, no entiendo a qué viene lo añadido en el campo "Observaciones", a tu abogado le tiene que saltar algo ahí. Ya nos contarás como va todo, mucho ánimo.
Hola José Luis. Mi hermano tiene una IPT desde marzo de este año y sí le aparece el mensaje con los años restantes para la jubilación. Tiene 47 años y no ha vuelto a cotizar desde 2022. Ni idea de por qué a unos sí y a otros no....
El asunto es que ya no te dan la tarjeta de discapacitado con el 33% sólo por el hecho de tener una incapacidad permanente, por lo que pierdes el resto de beneficios asociados. Tendrías que acudir a un centro de valoración y ellos deciden el porcentaje que te corresponda en su caso.
Pero dices que tu caso fue en 2016, entonces aún no se había pronunciado el Supremo en contra de la equiparación del 33% (fue en 2018). Por aquel entonces tenías todo el derecho a pedir tu tarjeta.La Ley 3/2023 equipara sólo a efectos laborales (a efectos fiscales nunca se perdió la equiparación). He leído a un usuario decir que en algunas CCAA están haciendo equiparación completa de nuevo como antes de 2018, pero en la mía por ejemplo te aseguro que no.
Muy interesante el video. Me ha llamado la atención que dice que la mayoría de resoluciones proponen revisión a partir de los 2 años, cuando por lo que he leído en el foro es más habitual un plazo menor.
Gracias a ti José Luis por compartir tu situación. Si al final esas nuevas enfermedades no mejoran y te llevan a solicitar revisión por agravamiento ya nos contarás que tal tu experiencia.Un saludo.