Si esa es la forma de enterder una relacción de pareja lo lógico es que cada uno se quede en su casa.
En cualquier caso, ella no disfurtaría de las ventajas de un piso en propiedad porque no es suyo, ella corre el riesgo de que el novio le pida que se marche estando (ella) en el paro o no.
Saludos
Parece que tienes demasiadas dudas sobre el tema en cuestión...
Lo recomendable es que como mínimo, te abstengas de avalar a nadie mientras no soluciones tus problemas financieros con tu ex y mientras no tengas claro en lo que te metes al firmar como avalista y las consecuencias que puede tener en el futuro.
Saludos
Aquí está la evolución de los coeficientes que utiliza la Junta para calcular el valor real de los inmuebles en el municipio donde este familiar compró su vivienda:
2.007: 3,1
2.008: 3,5
2.009: 4,2
2.010: 4,1
2.011: 4,1
Estos coeficientes se multiplican por el valor catastral, que en el caso del municipio donde se encuentra el piso en cuestión, no ha sido actualizado desde 1.999.
Se comprueba por tanto, que en plena crisis y caída de los precios de los inmuebles, la Junta ha aumentado dichos coeficientes para inflar la base imponible del Impuesto de Transminsiones Patrimoniales, Impuesto de Sucesiones, Donaciones...
Saludos
Sí, entiendo que la tasación que se hizo en su día puede jugar en contra, pero hay que tener en cuenta que es la que se hizo para conceder la hipoteca. Por aquel entonces, al preguntar a otro tasador al margen del propuesto por la entidad fianciera, el valor que te aseguraban que podría alcanzar el piso estaría en torno a los 200.000 euros... Es evidente que tanto los bancos como la Junta, pretenden manejar los "valores reales" de los inmuebles a su antojo para sus propios intereses, pero no creo que se deba permitir que sean los compradores los que acaben pagando el pato sin tener culpa de nada.
Saludos
Desde mi punto de vista que no deja de ser subjetivo, entendería que pagaseis a medias los gastos de luz, agua, gas... además de los gastos en muebles, electrodomésticos, pintura, reparaciones por el uso etc.
Ahora bien, yo no aceptaría que mi pareja me pagase un alquiler por vivir en mi casa, pero tampoco aceptaría pagarlo yo porque para eso, me quedo en la mía y al menos conservo la libertad.
Si quiere sacar rentabilidad a su inversión que se busque un inquilino, no una pareja.
Saludos
A mayor riesgo mayor tipo de interés. Si a un banco le quitas garantías a la hora de recuperar sus inversiones (hipotecas) van a poner más dificultades y va a exigir tipos de interés más altos a la hora de conceder prestamos, como haría cualquier hijo de vecino que quiere invertir sus ahorros.
Saludos
Si se llevase a cabo la dación en pago con efectos retroactivos ¿quién se iba a hacer cargo de pagar las deudas contraidas por los bancos para dar los prestamos (incluidos los depósitos de los ahorradores)?
Se concederían muchos menos prestamos, habría que cambiar la mentalidad de "compradores" que hay en España.
Saludos
El art. 45 no es un derecho fundamnetal, es un "principio rector de la política social y económica", por lo que en la práctica y teniendo en cuenta lo que dice el art. 53.3 al respecto:
Sólo podrán ser alegados ante la Jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las Leyes que los desarrollen.
es poco más que una declaración de intenciones.
De el art. 33.2 te olvidas de añadir que:
La función social de estos derechos delimitará su contenido, de acuerdo con las Leyes.
Yo creo que el abogado en cuestión de especialista tiene poco.
:-)
Saludos