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Participaciones del usuario lobormalor

lobormalor 12/05/23 14:15
Ha respondido al tema Afectados por la Modificación Sexta Contrato Depósito Tú +
Cuantos clientes debe tener RenaultBank...?Un 3% de clientes no satisfechos..... También afirman en otro punto que el supuesto "contrato de imposición" se halla en el "área del cliente" y que ellos no tienen acceso.Como podeis ver este equipo jurídico miente de forma descarada ya que en verdad, lo que hicieron, es  acceder a nuestra área de cliente para eliminar nuestros contratos de depósito y la comunicación del cambio de condiciones para dificultar la carga de prueba en nuestras quejas ante el BdE.
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lobormalor 11/05/23 22:30
Ha respondido al tema Depósitos Renault Bank
https://www.rankia.com/foros/bancos-cajas/temas/5806589-afectados-por-modificacion-sexta-contrato-deposito?page=15Para que veáis el nivel del equipo jurídico del banco. Qué una cosa no existe, pues nos la inventamos... 🤣Tambien hay que decir  que el papelón que están representado viene condicionado por hallarse en un callejón sin salida. 
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lobormalor 11/05/23 18:53
Ha respondido al tema Afectados por la Modificación Sexta Contrato Depósito Tú +
Recibidas mediante mensajería las alegaciones del banco .Ahí van mis alegaciones finales que acabo de presentar ante el BdE. Agradeceré que compartáis las vuestras para pillar ideas... ;)"Una vez recibidas las alegaciones de la entidad bancaria les detallo las anomalías detectadas.En el apartado 3 de las alegaciones, el banco pretende la existéncia de un "Contrato de imposición a plazo" totalmente independiente del "Contrato del depósito Tu+".En el apartado 4 de las alegaciones va mas allá en su fabulación indicando que este fictício "Contrato de imposición a plazo" cuenta con condiciones que permanecen intactas al ser independientes de las condiciones del "Depósito Tu+".No obstante el banco NO APORTA ninguna documentación que sostenga la pretendida existencia de dicho "Contrato de imposición a plazo",ni de nunguna de sus hipotéticas condiciones. No los aporta ya que NO EXISTEN.En sus documentos adjuntos suplanta este "Contrato de imposición a plazo" por un simple recibo o anotación en la cuenta 1508 0001 XX XXXXXXX  correspondiente al "Depósito Tu+" objeto de esta reclamación.Evidentemente en el momento de realizar la imposición a plazo, dentro del "Depósito tu+", el cliente firma mediante firma electrónica, su voluntad de realizar dicha operación, como medida de seguridad en banca electrónica, tal como lo haría al realizar cualquier  transferencia.Cierto es que la imposición o imposiciones, pueden tener diferentes tipos de interés remunerado según el momento y la estrategia comercial del banco, siempre dentro del marco regulatorio del "Depósito tu+"como puede apreciarse en Anexo01 La imposición por si misma no cuenta con "entida jurídica propia" ni puede entenderse fuera del marco normativo del "Depósito tu+"Es por todo ello que reclamo la cancelación de la imposición como fundamento en la rescisión del contrato del "Depósito tu+"por la no aceptación por mi parte, de las modificaciones aplicadas por el banco en las condiciones del mismo, acogiéndome a las prerrogativas que la legislación me otorga. y el banco me reconoce en su escrito.Paralelamente insisto en que el Banco de España debe sancionar la mala praxis ejercida por RenaultBank y no permitir  abusos que menoscaben los derechos del cliente bancario."Anexo01
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lobormalor 10/05/23 14:48
Ha respondido al tema Afectados por la Modificación Sexta Contrato Depósito Tú +
"59. La profesionalidad del Servicio de Atención al Cliente de Renault Bank esincuestionable. Todas y cada una de las comunicaciones y reclamaciones del Clientefueron atendidas con claridad, transparencia y diligencia. Basta atender, para verificarlo,a los propios documentos anexos a la reclamación."Cada cual que juzgue el nivel de profesionalidad en las comunicaciones del Servicio de Atención al cliente de esta entidad...
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lobormalor 10/05/23 14:31
Ha respondido al tema Afectados por la Modificación Sexta Contrato Depósito Tú +
ALEGACIONES De RenaultBank, le dan valor contractual al alta de la imposición, pero solo adjuntan reguardo del alta de dicha imposición."1. El 23 de marzo de 2023, Renault Bank remitió a sus clientes una comunicación donde:(a) proponía modificar la Condición General Sexta del contrato “Depósito Tú+”2; y (b) lesfacultaba para, en caso de disconformidad con la propuesta, resolver el contrato.2. La comunicación solo afectaba al contrato “Depósito Tú+”. Renault Bank no planteócambios en otros contratos de los clientes como, por ejemplo, los acuerdos deconstitución de las imposiciones a plazo (el “Contrato Imposición a Plazo”).3. El Cliente manifestó su rechazo al cambio propuesto y optó por la resolución. Ahorabien, el Cliente no se ciñó a solicitar la terminación del contrato “Depósito Tú+”;pretendió que la resolución se extendiera a su Contrato Imposición a Plazo3, que es unacuerdo distinto que en absoluto se ve impactado (ni directa ni indirectamente) por lamodificación propuesta.4. Tras atender diligentemente al Cliente y ofrecer las oportunas explicaciones, RenaultBank resolvió su contrato “Depósito Tú+”4, no así el Contrato Imposición a Plazo por serun acuerdo separado y diferente, cuyas condiciones permanecen intactas.5. El Cliente denuncia que Renault Bank rechaza su petición de resolver el ContratoImposición a Plazo. Al propio tiempo, reclama “1425€ ya que esa cantidad es ladiferencia entre el interés que recibiré por mi depósito al tipo inicial del 1.4% y el querecibiría en la misma entidad con el interés actual del 3% en junio de 2024”5.6. La reclamación debe ser rechazada. No existe un derecho del Cliente para resolver, deforma anticipada, su Contrato Imposición a Plazo en caso de disconformidad con lamodificación del contrato “Depósito Tú+”.7. El Cliente quiere aprovechar que Renault Bank propuso un ajuste (inocuo) en uncontrato (“Depósito Tú+”), para exigir la resolución de otro contrato diferente (ContratoImposición a Plazo), que no se ha alterado. Renault Bank obró con absoluto respeto alas normas y principios bancarios al aceptar la resolución del contrato “Depósito Tú+” yrechazar la terminación del Contrato Imposición a Plazo sobre la base del ajuste de otrocontrato separado.8. La reclamación podía haber sido inadmitida6; por varias razones: (a) omite datosesenciales que hubieran evidenciado su falta de fundamento; (b) se refiere a cuestionescuyo conocimiento correspondería, más bien, a la vía judicial; y (c) pretende unaindemnización de daños y perjuicios. Dada la fase en que se encuentra el presenteexpediente, no se ahondará en las causas de inadmisión, sin perjuicio de que resultencorroboradas con cuanto se expondrá.9. Sentadas estas consideraciones iniciales, se dará a continuación cumplida respuesta ala reclamación del Cliente, que se objeta en su totalidad."
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lobormalor 09/05/23 12:10
Ha respondido al tema Dudas compra Letras del tesoro - Letras del Tesoro
Personalmente, por la limitación de cantidad a la hora de transferir los fondos de los boletines, esta vez he transferido desde una cuenta diferente con los mismos titulares. Todo ha resultado correcto. En concreto mi cuenta domiciliada en el BdE es Pibank y he usado caixabank. Un saludo 
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lobormalor 09/05/23 11:56
Ha respondido al tema Afectados por la Modificación Sexta Contrato Depósito Tú +
Porque va a descontar todos los intereses generados y abonados?La rescisión del contrato era de forma totalmente gratuita por lo que yo interpretó que los intereses generados no pueden ser penalizados en ningún caso. La diferencia de interés se limita al periodo entre las fechas en que se reclamó y el vencimiento del depósito. 💪💪
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