Malagis
25/04/10 21:07
Ha respondido al tema Deduccion por hijo menor de 25 años
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Exactamente, como tú mismo has titulado el tema "Deduccion por hijo menor de 25 años". Así que si en el 2009 ya tenías 25 años no sería aplicable.
Respecto de la obligación de declarar cuando hay ganancias/pérdidas patrimoniales no sujetas a retención (por ejemplo venta de acciones) el límite que se aplica es el residual de 1.000€, copio lo que te dice la normativa cuando habla del resto de límites:
"Los contribuyentes cuyas rentas procedan exclusivamente de las siguientes fuentes, siempre que no superen ninguno de los límites que en cada caso se señalan..."
Como la venta de acciones son unas de las rentas que no se señalan en los límites del punto 1 (en el manual de Renta página 2 y siguientes) se aplica el punto 2, es decir, el residual de 1.000€.
Saludos