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Participaciones del usuario Malagis

Malagis 25/04/10 21:07
Ha respondido al tema Deduccion por hijo menor de 25 años
Exactamente, como tú mismo has titulado el tema "Deduccion por hijo menor de 25 años". Así que si en el 2009 ya tenías 25 años no sería aplicable. Respecto de la obligación de declarar cuando hay ganancias/pérdidas patrimoniales no sujetas a retención (por ejemplo venta de acciones) el límite que se aplica es el residual de 1.000€, copio lo que te dice la normativa cuando habla del resto de límites: "Los contribuyentes cuyas rentas procedan exclusivamente de las siguientes fuentes, siempre que no superen ninguno de los límites que en cada caso se señalan..." Como la venta de acciones son unas de las rentas que no se señalan en los límites del punto 1 (en el manual de Renta página 2 y siguientes) se aplica el punto 2, es decir, el residual de 1.000€. Saludos
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Malagis 25/04/10 20:12
Ha respondido al tema Deduccion por hijo menor de 25 años
Cuando hay venta de acciones tienes obligación de declarar si tus ingresos conjuntos (trabajo, intereses, ganancias de acciones, etc. pero no cuentan las rentas exentas) superan los 1.000€. Ten en cuenta que si en el 2009 ya tenías 25 años tus padres no pueden aplicarse el mínimo por descendientes por ti, si todavía no los tenías pueden aplicarlo si el conjunto de las rentas que tú declaras no superan los 1.800€. Saludos
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Malagis 25/04/10 20:01
Ha respondido al tema Duda fiscalidad dividendos acciones
Efectivamente la norma general es que se aplicará la exención a los primeros 1.500€ siempre que no se compren las acciones de las que procede el dividendo dentro de los 2 meses anteriores al reparto y se vuelvan a vender en los 2 meses posteriores. Ejemplo: 01-01-2009 Se compran 1.000 acciones del Santander 06-02-2009 Reparto de dividendo del Santander 0,20€ por acción 20-03-2009 Se venden 500 acciones del Santander Se han cobrado 1.000 * 0,20€ = 200€ en dividendos Quedan exentos 100€, los otros 100€ no quedan exentos porque se han comprado dentro de los 2 meses antes del dividendo y se han vendido dentro de los 2 meses posteriores las 500 acciones de donde procede. En caso de valores no negociados el plazo será de un año y tampoco se aplicará la exención a los dividendos y beneficios distribuidos por las instituciones de inversión colectiva. Saludos
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Malagis 25/04/10 18:38
Ha respondido al tema Declarar compra de terreno
Hola y bienvenido a Rankia, el terreno te viene reflejado porque esa información la facilita el catastro de manera automática. Los gastos y el propio terreno son deducibles si aplicas la deducción por construcción de vivienda habitual con un máximo de 9.015€ por declaración, tienes un plazo de 4 años para terminar la construcción (sino tendrías que devolver las deducciones practicadas) y la deducción la podéis aplicar en el porcentaje de titularidad del terreno, es decir, cada uno el 50% de las cantidades según lo que comentas. Saludos
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Malagis 25/04/10 18:27
Ha respondido al tema Duda sobre movilidad geográfica
La reducción por movilidad geográfica siempre habla de diferente municipio (no es necesario que se cambie de provincia o comunidad autónoma). Saludos
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Malagis 25/04/10 18:20
Ha respondido al tema Escala autonomica IRPF
Hola, a ver durante 2009 ha habido una ampliación en las competencias autonómicas y la financiación se ha aumentado del 33% anterior al 50% pero me imagino que para evitar tener que cambiar los cálculos de la declaración deprisa y corriendo (siempre lo dejan todo para el último momento) la liquidación se realiza como todos los años con el 33% pero el rendimiento que se cede asciende al 50%. Te pongo el enlace del manual de Renta 2009 donde puedes encontrar la normativa y la explicación del porcentaje cedido: http://www.aeat.es/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Informacion_institucional/Campanias/Renta/2009/Ficheros/ManualRenta2009.pdf En la página 576 encuentras la explicación del 33% y el 50%, en la página 406 y siguientes también puedes ver las diferentes escalas autonómicas con las correspondientes leyes que las articulan tanto de la base general como del ahorro. Espero que te sirva de ayuda. Saludos
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Malagis 25/04/10 18:07
Ha respondido al tema ¿Os ha llegado el Borrador?
Si tienes el certificado de usuario de la FNMT puedes obtener el borrador a través de la web sin necesidad de que te llegue por carta, una vez lo has solicitado si todavía no está creado tienes una opción que te pone algo así como "Generar cálculos" (ahora mismo no recuerdo exactamente la frase) y te muestra el borrador al momento, si ya está generado abajo te debe poner "comunicación de borrador" y ahí puedes consultarlo directamente. Saludos
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Malagis 25/04/10 18:01
Ha respondido al tema Duda cuenta vivienda
Consulta respondida en foro fiscalidad: http://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/471749-duda-cuenta-vivienda#471770
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Malagis 25/04/10 15:10
Ha respondido al tema Duda cuenta vivienda
Hola, la normativa habla de "cuentas separadas de cualquier otro tipo de imposición" así que para evitar problemas mejor que sean cuentas diferenciadas. Las cantidades que pones en la declaración son las que tienen derecho a deducción este año, entonces debes reflejar únicamente lo que te deduces en 2009 (los 5.205,72€ que comentas). Saludos
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Malagis 25/04/10 15:01
Ha respondido al tema Ayuda para declarar "actividades económicas"
Hola, si las actividades económicas son por estimación directa (ingresos menos gastos) debes reflejar los ingresos y gastos en la página 5, si son por módulos (estimación objetiva, por parámetros) debes reflejar los datos en la página 7 (si son agrícolas, ganaderas o forestales) o página 6 (el resto). Las retenciones por actividades económicas debes reflejarlas en cualquier caso en la casilla 745 de la página 14 (I) y si hubieras hecho pagos fraccionados (modelos trimestrales 130 o 131) debes ponerlos en la casilla 750 de la misma página. Saludos
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