Pero aunque no se llegaran a casar ni a registrarse como pareja de hecho, van a convivir y él, lógicamente, se va a empadronar en esa casa con el consentimiento de tu hija. Puede que no tenga ningún derecho, pero...
Pero, en fin, estoy poniendo al novio de tu hija como un desalmado y seguro que es una buenísima persona.
Yo es que suelo ser muy desconfiado y siempre me pongo en lo peor.
Medítalo mucho antes.
Ponte en el caso de que al cabo de unos años tu hija y su pareja rompan. La novio de tu hija dice que él no se mueve de la casa. Hayáis o no hayáis hecho contrato por escrito, os vais a tener que meter en pleitos para sacarle de la casa.
Sugerencia 1: vuelve a intentarlo. Cuando te pidan que expliques "brevemente el motivo de tu consulta" (ya me lo sé de memoria), di "departamento de BAJA" o "deseo darme de BAJA". El caso es que el sistema reconozca claramente la palabra "baja". Cuando te atienda un "comercial" le dices que sólo quieres saber el número al que tienes que enviar el fax para darte de baja porque prefieres hacerlo así. Si te hacen alguna buena oferta, estupendo. Si no, le das las gracias.
Sugerencia 2: si no te importa cambiar de número de teléfono, date de baja de verdad y vuélvete a dar de alta para aprovechar la oferta por ser nuevo cliente. Si no te considerasen nuevo cliente, contrata la nueva línea a nombre de una persona de confianza y con su consentimiento, claro. De cara a domiciliar, no importa que el titular de la línea y las facturas no sea titular de la cuenta (por si acaso, puedes avisar al banco para que acepten los cargos de esa línea).
A mediados de cada mes, aparece el IPC general interanual del mes anterior (el INE publica las fechas en que sale cada mes: www.ine.es > pestaña de "área de prensa" > calendario de estadísticas http://www.ine.es/daco/daco41/calen.htm ). Por ejemplo, hoy ha salido el IPC general interanual de noviembre.
Otro sitio de la página del INE donde puedes ver las variaciones del IPC es en:
http://www.ine.es/varipc/index.do
El que te tienen que aplicar es el IPC general nacional, sea cual sea la provincia en la que esté la vivienda:
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Artículo 18 de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994:
Actualización de la renta.
1. Durante los cinco primeros años de duración del contrato la renta sólo podrá ser actualizada por el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato, aplicando a la renta correspondiente a la anualidad anterior la variación porcentual, experimentada por el Indice General Nacional del Sistema de Indices de Precios de Consumo en un período de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización, tomando como mes de referencia para la primera actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de celebración del contrato, y en las sucesivas el que corresponda al último aplicado.
2. A partir del sexto año de duración la actualización de la renta se regirá por lo estipulado al respecto por las partes y, en su defecto, por lo establecido en el apartado anterior.
3. La renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes siguiente a aquel en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado y acompañando, si el arrendatario lo exigiera, la oportuna certificación del Instituto Nacional de Estadística, o haciendo referencia al "Boletín Oficial" en que se haya publicado.
Será válida la notificación efectuada por nota en el recibo de la mensualidad del pago precedente.
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Para Ciclopentano:
En el artículo de Consumer que te han puesto en uno de los mensajes te viene el enlace a la calculadora de potencia que tiene Iberdrola. No sé si será correcta la potencia que da, pero es de las que más datos pide:
https://www.iberdrola.es/02sica/clientesovc/iberdrola?IDPAG=ESCALC_POTE
Para Tito11934:
He reducido la potencia que tenía contratada a 9,2Kw, pero en el ICP pone 40A. ¿Significa que en realidad no voy a poderme pasar de 8.800 w (220 x 40)?
Para Pedrovera:
No están a gusto. El servicio de atención al cliente de Telefónica en estos últimos años va de mal en peor. Te atiende gente de algún país iberoamericano (creo que Perú), que, muchas veces, no tiene ni idea y las gestiones se eternizan. Pero me temo que eso es práctica habitual de la mayoría de las compañías telefónicas (quizás de todas las compañías telefónicas).
Para Trayetes:
Gracias por la información. No tenía ni idea de que existiera eso. Miraré a ver si cumplen los requisitos.
Y más bajo que pueden caer, porque, por ahora, creo que los teleoperadores que atienden Gas Natural - Fenosa viven en España. Cuando empiecen a contratar a teleoperadores que estén en Iberoamérica (Perú, etc.) y que no tengan ni puñetera idea, como hacen algunas compañías telefónicas, va a ser peor todavía.