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Miguel999 06/02/22 22:39
Ha respondido al tema Actualización Cuantía Ingreso Mínimo Vital 2021
Sí que cuenta el IMV, en el caso que junto con el excedes el límite de ingresos y/o patrimonio. El IMV esta exento para el cálculo de cuota de el IMV, está exento de ser tomado como ingreso hasta una cantidad determinada, pero no esta exento en el caso que comentas. Para el límite de ingresos: siempre cuenta.
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Miguel999 06/02/22 22:01
Ha respondido al tema Actualización Cuantía Ingreso Mínimo Vital 2021
Tú eres un caso, en la que se te ha solapado la RAI con el IMV, a causa de ellos, puesto que no son capaces de restar a la RAI el IMV, no hacen esa gestión, y el perceptor se encuentra con la deuda. Ese tipo de casos es los que quería aclarar,
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Miguel999 02/02/22 21:24
Ha respondido al tema Parece que ha quedado gente sin actualizar segun ingresos de 2020 - Ingreso mínimo vital
Tú eres el jurista, pero leyendo la ley, me sigue pareciendo que no necesitan cambiar el decreto ley, puesto que ya han legislado que las rentas alimenticias no están exentas, con eso les basta, para como he dicho antes,  solicitar documentación y ejercer esa parte la ley. Si alguien les denuncia, y esgrime que han de calcular su cuota con los datos de hacienda, pueden contestar perfectamente con el punto donde aclaran que esos ingresos no están exentos. Y sería amén.
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Miguel999 02/02/22 17:55
Ha respondido al tema Parece que ha quedado gente sin actualizar segun ingresos de 2020 - Ingreso mínimo vital
Lo j****o es que no tienen que cambiar ninguna ley, en la ley ya está que esas pensiones alimenticias no están exentas, si ahora en la actualización se les ha pasado el tema de que esas prestaciones no aparecen en la declaración de la renta??? no es problema para ellos: la SS, con la legislación vigente hoy de el IMV, puede solicitar documentación, en este caso: la sentencia de el juez que establece la renta de alimentos o la sentencia que acusa al ex-cónyuge de no abonarla, y ya lo tienen, para seguir restándola tal y como está en la ley de el IMV a día de hoy. Yo no estaría seguro de que no tomaran una medida que está a su alcance, y que refleja la ley vigente de el IMV, que es lo que se quería: restar las pensiones de alimentos al IMV. Y la SS, como sabemos bien aquí, si no lo resta hoy, ya lo restará mañana.
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Miguel999 02/02/22 11:12
Ha respondido al tema Parece que ha quedado gente sin actualizar segun ingresos de 2020 - Ingreso mínimo vital
Yo, con todo respeto, tampoco entiendo este asunto, de que el primer año computen las pensiones alimenticias y al siguiente, no, puesto que están exentas de tributar. Bajo esa regla, tampoco las prestaciones de el SEPE, se contarían, puesta que están exentas de tributación, y las descuentan. Ahí ya está la primera incongruencia del asunto.En segundo lugar, en el primer decreto de el IMV y en el segundo, hay un punto que aclara que está exento para quien la abona, no para quien la percibe:https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-21007Artículo 20. Cómputo de los ingresos y patrimonio.3.º Se considera renta exenta para la persona obligada al abono, la pensión compensatoria que deba ser satisfecha de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Código Civil, siempre que se haya producido el pago de la misma.https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-20764Y puestos a leer el artículo 7 de la ley 35/2006, no se encuentra nada que acredité, que las pensiones alimenticias están exentas de contar como ingresos para el IMV??? entonces: las prestaciones de el SEPE, que están exentas de tributar para hacienda, hasta determinada cantidad, pero son incautadas en su totalidad por parte de la SS, en sus cálculos de cuota para el IMV.... tras esta actualización tampoco hubieran debido ser restadas???? me dirás que las primeras aparecen en el borrador de la declaración como ingresos y las segundas no... pero entonces..!!!!!!! es que todo esto no proviene de ningún decreto ley... sino de una casual situación técnica... ????Pero claramente buscando algo concreto en los decretos ley: no se encuentra.
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