Lo j****o es que no tienen que cambiar ninguna ley, en la ley ya está que esas pensiones alimenticias no están exentas, si ahora en la actualización se les ha pasado el tema de que esas prestaciones no aparecen en la declaración de la renta??? no es problema para ellos: la SS, con la legislación vigente hoy de el IMV, puede solicitar documentación, en este caso: la sentencia de el juez que establece la renta de alimentos o la sentencia que acusa al ex-cónyuge de no abonarla, y ya lo tienen, para seguir restándola tal y como está en la ley de el IMV a día de hoy. Yo no estaría seguro de que no tomaran una medida que está a su alcance, y que refleja la ley vigente de el IMV, que es lo que se quería: restar las pensiones de alimentos al IMV.
Y la SS, como sabemos bien aquí, si no lo resta hoy, ya lo restará mañana.