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Mrscrooge 24/02/15 14:00
Ha respondido al tema ¿Puede un jubliado de 68 años contratar un Plan de pensiones?
Un jubilado puede contratar un Plan de Pensiones sin restricciones. La única limitación sería si ha sido titular ya alguna vez de un Plan y ya lo ha rescatado, porque en esta situación, efectivamente, sólo podría rescatar las nuevas aportaciones en caso de enfermedad, dependencia o fallecimiento, lo que, con los datos que proporcionas, no parece ser el caso. Otra cosa es que le interese desde el punto de vista fiscal. Entiendo que no tiene necesidad inmediata de estos fondos ni de sus intereses, sino que únicamente lo utilizaría en caso de dependencia o para crear un patrimonio y dejarlo en herencia. En este caso debe valorar si el instrumento que le interesa es en Plan de Pensiones o un Fondo de Inversión. A favor del Plan de Pensiones está : - De momento, le desgrava en la declaración de la renta hasta en 8000 Eur anuales, lo que es interesante si cobra una pensión alta, ya que puede desgravarse hasta un 30% de lo que aporte. Si fuera así, debería constituir el Plan repartido en 2-3 años diferentes (hasta 8000 Eur cada año). Es más, legalmente no se puede aportar al año a un Plan de Pensiones más de este límite. - El Plan de Pensiones no paga impuesto de Sucesiones. Sus herederos pagarán IRPF por su tipo marginal cuando lo rescaten, lo que pueden hacer cuando les parezca ( y no necesariamente inmediatamente después del fallecimiento del titular ni necesariamente todo de golpe). A favor del Fondo de Inversión : - Si no tiene intención de rescatarlo, las plusvalías se irán acumulando sin pagar impuestos, y, en el momento del fallecimiento, no pagará impuestos sobre las plusvalías (fenómeno fiscal absurdo pero que beneficia a los Fondos, conocido como "Plusvalía del muerto").Sí que pagará impuesto de Sucesiones sobre el valor acumulado de la inversión. - Si tu suegro rescatara el Plan de Pensiones de golpe en un mismo año (los 17.000 Eur), no le sería fiscalmente favorable, ya que se le acumularía a los ingresos generales de un año y el tipo marginal del IRPF se le dispararía. Imagínate que mete los 17.000 Eur y los rescata de golpe el año siguiente : cuando aportara desgravaría como mucho un 30% , y al año siguiente pagaría entre un 30% y un 37% de 17.000 Eur. Un negocio ruinoso. Por tanto debéis valorar todo esto. La regla general es que cuanto más potencial económico tenga tu suegro y menos potencial tengan los herederos, más interesa un Plan de Pensiones. Rescatar un Plan de Pensiones tributa siempre en la base general del IRPF del beneficiario : por tanto debes asegurarte como mínimo que al constituirlo te desgravas todo lo posible. Un último comentario, independiente de todo lo anterior : El plan que os propone la Caixa, basado en Renta Fija euro a largo plazo, ha funcionado muy bien en los últimos años, pero tiene todas las de perder en los próximos años, cuando los intereses vuelvan a subir. Un Plan o Fondo de Renta Fija no es como un depósito, sino que sus rendimientos dependen de los vaivenes del mercado. No os creáis todo lo que os recomiende la Caixa, ya que van a la suya, y seguid las recomendaciones de expertos independientes, de los que hay muchos y muy buenos en este foro. Si el elemento de La Caixa no os ha hecho todas estas consideraciones fiscales que os estoy haciendo, es para no volver allí, ya que en el mejor de los casos es un inepto.
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Mrscrooge 05/09/14 16:42
Ha respondido al tema Me despido del foro
Hola Usillo, Llevo unos meses siguiendo el foro. Tus colaboraciones, con o sin faltas de ortografía, están siempre impregnadas de sabiduría. Creo que, como yo, somos muchos los que no nos prodigamos escribiendo en el foro y somos seguidores tuyos casi anónimos, pero que te echaremos igualmente de menos. Piénsatelo. Confío en verte de vuelta muy pronto.
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Mrscrooge 17/08/14 18:44
Ha respondido al tema He ahorrado la mitad de mi vida
Miravete, Felicidades por haber llegado a tiempo en buenas condiciones. Las normativas ahora han cambiado algo : ya no son ayudas a mayores de 52 años, sino de 55, y sí que se tiene en cuenta el patrimonio para no concederlas : si tienes un capital en fondos de inversión, se les presume como ingreso el interés legal del dinero, por lo que a poco que tengas te quedas fuera. Saludos.
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Mrscrooge 15/08/14 22:10
Ha respondido al tema He ahorrado la mitad de mi vida
Hola Rubbo, Un comentario respecto a la posible pensión de la SS si sigues adelante con tus planes : las limitaciones en la futura pensión no vendrán sólo por haber cotizado 25 años (que efectivamente te dejará la pensión en un 75% de la base), ni por jubilarte a los 67 en vez de a los 65 (que efectivamente será así), ni porque necesites un número mínimo de meses de cotización en el periodo inmediatamente anterior a tu jubilación. La principal limitación es que para calcular la base de tu pensión se considerarán los últimos 25 años de cotización, incluidos los últimos 17 (de los 50 a los 67) en los que prácticamente no habrás cotizado, por lo que la base será muy baja, y no la base a la que estás cotizando actualmente. Además, el hecho de disponer de un patrimonio de 350 K Eur te impedirá acogerte al subsidio de desempleo a partir de los 55 años, que son unos 400 y pico Eur al mes más la correspondiente cotización a la SS. Si te planteas hacer un convenio especial con la SS para cotizar por tu cuenta, debes sumar esto, que no es moco de pavo, a tu previsión de gastos mensuales. No soy un experto en el tema, pero deberías consultarlo con verdaderos expertos en SS antes de tomar una decisión. Saludos y buena suerte!
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Mrscrooge 16/06/14 17:21
Ha respondido al tema Problemas Plan de Pensiones La Caixa
Estimado Locus, Te adjunto abajo un extracto del Reglamento de los Planes de Pensiones (Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero): ---------------------- Artículo 11. Incompatibilidades entre aportaciones y prestaciones. 1. Con carácter general, no se podrá simultanear la condición de partícipe y la de beneficiario por una misma contingencia en un plan de pensiones o en razón de la pertenencia a varios planes de pensiones, siendo incompatible la realización de aportaciones y el cobro de prestaciones por la misma contingencia simultáneamente. A partir del acceso a la jubilación, el partícipe podrá seguir realizando aportaciones al plan de pensiones. No obstante, una vez iniciado el cobro de la prestación de jubilación, las aportaciones sólo podrán destinarse a las contingencias de fallecimiento y dependencia. Si en el momento de acceder a la jubilación el participe continua de alta en otro régimen de la Seguridad Social por ejercicio de una segunda actividad, podrá igualmente seguir realizando aportaciones al plan de pensiones, si bien, una vez que inicie el cobro de la prestación de jubilación, las aportaciones sólo podrán destinarse a las contingencias de fallecimiento y dependencia. También será aplicable el mismo régimen a los partícipes que accedan a la situación de jubilación parcial. --------------------- Así pues, si el titular no ha cobrado nunca ninguna prestación relativa a este plan de pensiones ni a ningún otro y se ha limitado solo a hacer aportaciones, puede rescatarlo cuando quiera si ya está jubilado, y el susodicho director del banco o es un inepto o actúa con mala fe. Cualquiera de las dos razones es suficiente para huir de la entidad cuando esté solucionado el embrollo.
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Mrscrooge 16/06/14 10:07
Ha respondido al tema Problemas Plan de Pensiones La Caixa
Independientemente de que inicies un proceso de reclamación en los organismos pertinentes, deberías clarificar las circunstancias que se dan en tu caso. A mi entender, el hecho de que el titular estuviera ya jubilado en el momento de constituir el plan no creo que sea un problema para rescatarlo, pero sí lo es que haya rescatado alguna cantidad de cualquier otro plan antes de constituir este : en este caso, solo podrá rescatar las cantidades aportadas después si se da el supuesto de dependencia o muerte del titular.
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