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Participaciones del usuario oscarmc64 - Empresas

oscarmc64 07/01/16 12:27
Ha respondido al tema Modelo 180 en enero 2016
DISEÑOS FÍSICOS Y LÓGICOS A LOS QUE DEBEN AJUSTARSE LOS ARCHIVOS QUE SE GENEREN PARA LA PRESENTACIÓN TELEMÁTICA Y LOS SOPORTES DIRECTAMENTE LEGIBLES POR ORDENADOR DEL MODELO 180. 93-96 Numérico      % RETENCIÓN   Este campo se subdivide en otros dos: 93-94 ENTERO Numérico Parte entera: Se consignara la parte entera del porcentaje (si no tiene, consignar CEROS). 95-96 DECIMAL Numérico Parte decimal: Se consignara la parte decimal del porcentaje (si no tiene, consignar CEROS). De haberse utilizado a lo largo del año más de un porcentaje se indicará exclusivamente el último de ellos." Fuente: AEAT
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oscarmc64 07/01/16 11:05
Ha respondido al tema Modelo 180 en enero 2016
Pues debes meter los datos manualmente, pues el porcentaje de retencion que hay que indicar es el ultimo, vamos, segun los 50 modelos que me ha realizado mi programa.... en fin
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oscarmc64 29/12/14 21:57
Ha respondido al tema Trabajador por cuenta ajena y autónomo
Yo lo que te aconsejo es que empieces por informarte sobre la diferencia entre ser socio, administrador, socio-administrador, etc. Basicamente si eres socio, vas a ser un inversor capitalista y si no trabajas en esa empresa, no tienes que cotizar. Si eres administrador,y no trabajas en esa empresa, y tu función es unicamente la de administrador puro y se cumplan determinados requisitos debes darte de alta en RETA. Estarias en pluriactividad y en determinados casos se puede solicitar devolucion de la cotización. Si eres socio y administrador y tambien trabajas .......
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oscarmc64 24/12/14 20:46
Ha respondido al tema Prestacion Desempleo
Mire lo que contesta el SEPE a esta pregunta Pregunta: Me fui de un trabajo voluntariamente, ¿cuánto tiempo tengo que estar en uno nuevo para poder cobrar prestación? Respuesta: El sistema de prestaciones por desempleo protege a aquellos trabajadores que quieren y pueden trabajar pero carecen de empleo. Si su cese en la empresa es voluntario no estará en situación legal de desempleo y, en consecuencia, no cumplirá uno de los requisitos para acceder a la protección por desempleo. Si trabaja en una nueva empresa, y le cesan por no superar el periodo de prueba a instancia del empresario y no han transcurrido más de tres meses entre el cese voluntario en la empresa anterior y el cese por no superar el período de prueba, tampoco tendrá derecho a una prestación por desempleo. Si esta relación laboral finaliza por no superar el periodo de prueba a instancia del empresario, pero han transcurrido más de tres meses desde la baja voluntaria, sí tendrá derecho a una prestación por desempleo. No obstante, se suele realizar un análisis concreto de cada caso para determinar si hay indicios que permitan establecer de manera fundada la presunción de fraude de ley en la última contratación, por si se pretende acceder a la prestación por desempleo de forma indebida. Referencia normativa: Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social
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oscarmc64 22/12/14 17:28
Ha respondido al tema Dudas acerca de alta como autónomo
Bueno, corrigo para la bonificacion del punto b. es para toda edad, me he liado. Te adjunto un cuadro. Espero que se vea, pues es la primera vez que adjunto algo en este foro. http://www.seg-social.es/prdi00//groups/public/documents/binario/142496.pdf
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oscarmc64 22/12/14 17:21
Ha respondido al tema Dudas acerca de alta como autónomo
Si le he entendido, la "venta de productos agricolas de la finca arrendada en aparceria", si bien obliga a alta en la declaración censal para declararlo como actividad economica, no da a lugar al alta en el regimen de autonomos, ¿no?. Bueno, pues si ahora, se va a dedicar a "cultivar unas fincas" , y dicho epigrafe en el IAE, es distinto al de "venta de productos agricolas" y obliga a darse de alta en RETA, pues no sería más logico presentar una modificación de la declaración censal, puesto que las dos actividades van a seguir en vigor ¿no?. Y puesto que nunca ha estado de alta en RETA, no veo ningun problema en aplicar los incentivos que referencia anteriormente. De todas formas, me imagino, que el gestor, verá algo que se me escapa, en un examen tan basico que se puede hacer en un foro. Suerte.
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