Hay entidades de cobran comisión y hay otras que no. Si esa comisión te la han cobrado como un porcentaje de los 30.000€, en realidad te hen cobrado un 0,03%. Te dejo un enlace de la página del Banco de España sobre las comisiones bancarias en el uso de cheques http://www.bde.es/clientebanca/productos/efectivo/comisiones/comisiones.htm Saludos
La firma de hipotecas sobre viviendas baja un 13,4% en abril con respecto al mismo mes de 2013. Así pues, las viviendas hipotecadas vuelven a mostrar tasas negativas. La tasa mensual (la variación entre las hipotecas del mes de marzo y las de abril) retrocedió un 7,8%
Creo que lo mejor que puedes hacer es presionar al vendedor para que registre la propiedad, así te evitas líos. Además, creo que los costes de comprar una vivienda que no está registrada son mayores.
Tienes la opción de renunciar a la herencia, pero tienes que tener en cuenta que la renuncia se hace sobre la totalidad de la herencia y no solo sobre la casa. Es decir, si lo único que estais heredando es la casa no hay ningún problema pero si, además de esa casa hay otras propiedades o cuentas en el banco, al renunciar a la herencia estarías renunciando también a esas propiedades y a las cuentas (a todo). La renuncia se puede hacer siempre y cuando no hayas aceptado ya la herencia. No se puede aceptar la herencia y luego renunciar. En cuanto al aval, eso creo que lo tendreis que negociar con el banco. A ver si el resto de foreros te da otra opinión. Saludos
Si todos los herederos están de acuerdo en el reparto se puede hacer una partición voluntaria. Al tratarse de bienes inmuebles es aconsejable que se haga en una escritura pública ante notario.
Aquí puedes encontrar información sobre las condiciones que establece la Junta de Castilla y León. https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/Plantilla100Detalle/1251181053840/Ayuda012/1284151434773/Propuesta No tienen porque quitarte la ayuda. Aunque la casa sea de tu madre, vas a pagar un alquiler. De todas formas, yo creo que es mejor que les preguntes directamente.
Eso deberías mirarlo en los requisitos o las condiciones que se necesitan para que te concedan la ayuda o directamente informarte en el organismo donde la solicitaste. Por ejemplo, esto lo he encontrado en los requisitos que pone la Generalitat Valenciana para conceder la ayuda Que convivan en un hogar independiente o asimilado. Se asimila a hogar independiente la convivencia de los destinatarios/as en otro hogar, cuando estos hayan tenido que abandonar la residencia habitual por causa de violencia en el ámbito familiar o de género, fuerza mayor, tratamiento terapéutico o desahucio, aun cuando la nueva vivienda sea una residencia colectiva. En cuanto al alquiler, aunque tu madre esté jubilada, tiene que declarar la renta que perciba aunque sea una cantidad baja.