Hola, a ver si puedo ayudarte.1. Sí, en gastos está bien. De la 2 a 4, yo no estoy desglosando las partidas de 'Otros gastos fiscalmente deducibles' y las imputo todas juntas en una sola casilla, como venía siendo hasta ahora. Fíjate que no es obligatorio rellenar esaos desgloses y al final de la declaración aparecen como información voluntaria opcional. Los gastos de adquisición de la vivienda son la factura de notario, registro, gestoría, AJD e ITP que pagaste y puedes amortizar también con la regla del 3% anual. Si estás pagando hipoteca, los intereses se deducen en otra casilla.
Parece que nos colaron las copias simples y electrónicas siendo innecesarias. Ayer hice la autoliquidación y pago telemático del ITP y sólo tuve que escanear la copia autorizada. En otra futura ocasión, recordaré bien de pedir que me hagan una copia autorizada y nada más, me salió cara la novatada.He visto tu factura del registro de la propiedad y espero que la mía sea igual, ¿algún consejo sobre los certificados o papeles que debo pedir que no incluyan para que me cobren lo mínimo indispensable?
Hola Vivalvaes,He leído tu post y me encuentro exactamente en la misma situación, con una compraventa de vivienda no habitual de 70.000€ y factura de notario incluso más cara, de 776€. ¿Cómo ha terminado el tema? ¿Seguiste adelante con la impugnación?Abrí un post nuevo pero te indico los conceptos de la factura y su arancel:2 Cuantía con rebaja 5% y reducción 28,75 = 180,48€4 Copia autorizada 26 folios = 55,59€4 Copia simple (x3) 26 folios = 46,88€4 Copia electrónica 26 folios = 55,59€4 Copia electrónica simple (x2) 26 folios = 31,25€5 Testimonios = 21,65€5 Diligencias = 3,01€7 Matriz 30 folios = 156,26€Otras actuaciones profesionales:Consulta de deudas = 20€Comunicación Ayuntamiento IIVTNU = 30€Obtención certificado Catastro = 10€STI = 6€Presentación telemática = 6€Petición de nota = 10€Base = 632,71€IVA = 132,87€Anticipo octavo = 10,74€Total factura = 776,32€
Si la subida no estaba contemplada en el anterior contrato, tendrás que hacer uno nuevo y actualizar la fianza en el organismo depositante correspondiente.
El plazo de aviso para evitar la prórroga automática bajo las condiciones antiguas es de 1 mes. Es recomendable que el aviso conste por escrito o e-mail.
Disculpa la tardanza, creí que te había contestado antes. Al final no seguí adelante con el tema de la compraventa, así que no averigüé la financiación.
Mis ingresos fijos son los alquileres percibidos de los pisos que tengo arrendados (1 de ellos sería el que usaría para avalar la hipoteca del otro, aportando el contrato de alquiler y recibos de lo que ingreso si hace falta) y aparte los diviendos/cupones de las inversiones financieras que hago. Luego, hay seguros por impagos de alquiler y actos vandálicos que cubren este riesgo.
Es la primera vez que oigo que puedes avalar con productos tan líquidos como depósitos, acciones y bonos. Desconozco la viabilidad de esto, pero imagino que si tuviera la cartera en el propio banco de la hipoteca se podría considerar vinculación, aunque no me parece un garante muy sólido para ellos.