Muchas gracias por la rápida respuesta. Tras ellas me surgen dos dudas
1- ¿Es necesario escriturar? Tenía entendido que no era necesario cambiar las escrituras, teniendo en cuenta que tendría el inconveniente de que al hacer la declaración de la renta habría que rectificarlo cada uno de los herederos en su declaración de IRPF
2- ¿No podría ser utilizado este método para pagar menos en sucesiones? Me explico
Pongo un ejemplo muy simple, con conyuge vivo sin usufructo para que resulte más sencillo.
Si estamos hablando de un caudal hereditario de
Conyuge vivo 89 años (en gananciales) y 2 Herederos
Vivienda habitual. 100.000 €
Dinero en efectivo. 200.000 €
Al cónyuge vivo le correspondería 150.000 €
A cada Heredero le corresponderían 75.000 €
Si se hace un acuerdo entre los herederos para adjudicarse ellos la vivienda habitual, al tener esta una importante bonificación, la cantidad a pagar se reduciría muchísimo
En cambio, si se hace un reparto “Igualitario” la parte de la vivienda habitual que le correspondería a los herederos sería mucho menor, con lo que los impuestos a liquidar serían mucho mayores
¿Es correcto y legal que se haga este tipo de reparto?
Gracias de nuevo
Hola de nuevo
Muchas gracias por vuestra ayuda desinteresada. Es muy de agradecer la dedicación desinteresada en ayudar.
Han sido un gran numero de preguntas muy extensas y las explicaciones, que tengo que mirar con calma, son muy completas. Quizás tengo que consultar alguna cosa más, pero primero leer bien todo lo que me habéis explicado
Mil gracias @leopol72 y @lunatico y lo dicho, espero que pueda servir para aclarar un poco a los que como yo estamos en una situación tan desagradable, pero no queda más remedio que afrontar
saludos