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Varias Consultas Sucesiones con ejemplos

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Varias Consultas Sucesiones con ejemplos
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Varias Consultas Sucesiones con ejemplos
#1

Varias Consultas Sucesiones con ejemplos

Hola

Nos vemos en la situación de tener que liquidar el impuesto de sucesiones y arreglar los trámites de una herencia. En primer lugar quería agradecer a todos los que habéis aportado a esta sección y en especial a @Leopol72, realmente me ha ayudado mucho a organizarme y a empezar a moverme.

Paso a las cuestiones (que muchas pongo en forma de ejemplo) a ver si me podéis echar una mano. Gracias de antemano por la ayuda

1- Caudal Hereditario: Viuda y 2 hijos. Régimen de gananciales. Para calcular el caudal hereditario entiendo que debemos de hacer

Sumar Todo el capital del matrimonio

Dividir el capital entre 2. Una mitad será de la viuda y la otra mitad será el caudal hereditario

El caudal hereditario se divide entre 3

1/3 va a la viuda en usufructo
1/3 va al hijo 1
1/3 va al hijo 2

¿Es correcto?

Creo que del tercio que va a la viuda la nuda propiedad corresponde a los hijos ¿Es así?

¿La viuda debe pagar el impuesto de sucesiones por la cantidad que tiene en usufructo?

¿El hijo 1 y el hijo 2 deben pagar impuestos por la nuda propiedad del caudal hereditario?

2- Capital del matrimonio. Se deben incluir todos los bienes indistintamente (salvo los procedentes de herencia previa de la viuda):

Plan de Pensiones a nombre de la viuda. ¿Se debe incluir en el caudal hereditario?
Acciones cotizadas a nombre de la viuda. ¿Se deben incluir en el caudal hereditario?
Seguro de vida de la viuda ¿Se debe incluir en el caudal hereditario?

3- Reparto de bienes. Capital 180.000. Caudal Hereditario 90.000 €

Vivienda : 100.000 €
Cuenta Corriente: 50.000 €
Plan pensiones (viuda): 30.000 €

Haciendo un reparto en tercios podría quedar como sigue

Viuda: vivienda + 20.000 €
Hijo 1: 30.000 € cuenta corriente
Hijo 2: 30.000 € (Plan de pensiones)

¿Es necesario liquidar el plan de pensiones para que el hijo 2 reciba los 30.000 €?

¿Es necesario cambiar las escrituras para que la vivienda que estaba a nombre del matrimonio pase a nombre de la viuda?

¿Se puede llegar a un acuerdo entre los herederos para que la viuda se quede con más de un tercio del usufructo o incluso que la viuda se quede con parte de los bienes del caudal hereditario?

4- Reparto de bienes. Capital 180.000. Caudal Hereditario 90.000 €

Vivienda : 100.000 €
Cuenta Corriente: 50.000 €
Acciones (a nombre de la viuda): 30.000 €

Haciendo un reparto en tercios podría quedar como sigue

Viuda: vivienda + 20.000 €
Hijo 1: 30.000 € cuenta corriente
Hijo 2: 30.000 € (Acciones)

¿Hay que cambiar la titularidad de las acciones? Es un lío tremendo y si es el caso parece mejor venderlas a pesar de que no sea la mejor opción.

5- Reparto de bienes. Capital 120.000. Caudal Hereditario 60.000 €

Vivienda : 100.000 €
Cuenta Corriente: 20.000 €

Haciendo un reparto en tercios quedaría con 20.000 € para cada parte

¿Habría que cambiar las escrituras de la vivienda o habiendo un acuerdo privado con firmas compulsadas de los herederos y la viuda serviría que cuando llegue el IRPF cada uno ponga en su declaración la parte que le corresponde?

6- Seguro de vida del fallecido ¿Tiene alguna tributación especial?

7- Cuentas con saldo 0. ¿Es necesario presentar un certificado del valor de la cuenta cuando no tenían dinero? Lo que cobran los bancos por este certificado es un abuso

8- Declaración de herederos. ¿Todos los notarios cobran lo mismo por hacerla? Entiendo que el coste es por hoja incluida, así que si hay precios oficiales todos los notarios deberían cobrar lo mismo.

9- Plusvalía. La plusvalía que hay que liquidar en el ayuntamiento ¿Se debe hacer después de pagar el impuesto de sucesiones o antes?

Os he puesto un auténtico rollo, os agradezco desde ya la ayuda y ojalá esto pueda resolver las dudas de otros que estemos en esta desagradable situación

Gracias

#2

Re: Varias Consultas Sucesiones con ejemplos

En principio si existe testamento, será este el que marca el reparto siempre que este dentro de las normas hereditarias.

El Fondo de Pensiones si la viuda es la beneficiaria, corresponde íntegramente a ella y además no entra en Sucesiones ya que se liquida en el IRPF como rendimientos del trabajo con la normativa al respecto.

Si no tiene beneficiarios determinados o lo son todos los herederos legítimos, se reparte por partes iguales entre ellos pero en el IRPF de cada uno.

El seguro de vida depende de la titularidad del Tomador-Asegurado-Beneficiario, siendo en función de estas, el tratamiento fiscal.

Primero es la disolución de Gananciales, donde los bienes que sean de Gananciales se reparten al 50% ,para la Viuda y para la Masa Hereditaria . El 50% se refiere al valor dado a los activos que lo componen y no a repartir cada elemento patrimonial a la mitad, pudiendo asignar elementos completos a uno de las partes siempre que la valoración cumpla la condición del 50%.

Si existen bienes privativos de la viuda , son solo de ella y si son del fallecido se reparten según testamento o a partes iguales entre los herederos.

Las valoraciones de inmuebles deben estar como mínimo en función de la valoración que cada Comunidad Autónoma determina.

Saludos

#3

Re: Varias Consultas Sucesiones con ejemplos

Vamos poco a poco.

1- Caudal Hereditario: Viuda y 2 hijos. Régimen de gananciales. Para calcular el caudal hereditario entiendo que debemos de hacer

Sumar Todo el capital del matrimonio.
Bien si todo es ganancial

Dividir el capital entre 2. Una mitad será de la viuda y la otra mitad será el caudal hereditario
Ok.

El caudal hereditario se divide entre 3

Aquí ya no. A efectos fiscales, lo primero es sumar el ajuar al caudal, el 3% de lo anterior. A efectos particulares no hace falta añadir nada.

Se calcula el porcentaje que corresponde al usufructo según la fórmula 89-edad del usufructuario. Ese porcentaje, digamos un 20% por ejemplo, es lo que valdría el usufructo del viudo, sobre un tercio si no hay testamento o sobre la totalidad si lo hay y se le deja así en el mismo. Si es de 1/3, el porcentaje que tendría la viuda del total de la herencia sería de (100/3)*0,20= 6,66%.

Si no hay testamento como parece que dices:
-el usufructo de 1/3 va a la viuda, que a su vez supone un porcentaje del total del 6,66%

-resto a los hijos a partes iguales.
1)2/3 en pleno dominio= 66,66%/2= 33,33% para cada uno.
2)1/3 en nuda propiedad= 33,33-6,66= 26,67%, /2= 13,33% cada uno

A efectos de cálculos de valores todo esto equivale a que el viudo tiene el 6,66% de la herencia y los hijos 46,66% cada uno. Suma de todo igual a 100%.

Creo que del tercio que va a la viuda la nuda propiedad corresponde a los hijos ¿Es así? Si

¿La viuda debe pagar el impuesto de sucesiones por la cantidad que tiene en usufructo? Si

¿El hijo 1 y el hijo 2 deben pagar impuestos por la nuda propiedad del caudal hereditario? Si, es complicado de explicar, pero si, pagan cada parte de manera diferente, por la parte recibida en nuda se paga menos, que luego se terminará de pagar cuando reciban el pleno dominio de esa parte.

Un saludo

#4

Re: Varias Consultas Sucesiones con ejemplos

2- Capital del matrimonio. Se deben incluir todos los bienes indistintamente (salvo los procedentes de herencia previa de la viuda):

Los bienes recibidos en donación o adquiridos antes del matrimonio también son privativos.

Plan de Pensiones a nombre de la viuda. ¿Se debe incluir en el caudal hereditario?

Si tienen valor de rescate por los herederos SI, si se les abonara como seguro de vida, NO, se metería en el impuesto pero fuera del caudal.

Acciones cotizadas a nombre de la viuda. ¿Se deben incluir en el caudal hereditario?

Por supuesto, valor a fecha de fallecimiento

Seguro de vida de la viuda ¿Se debe incluir en el caudal hereditario?

Los seguros se liquidan al mismo tiempo pero fuera del caudal, se le suman a los beneficiarios nada más.

Un saludo

#5

Re: Varias Consultas Sucesiones con ejemplos

3- Reparto de bienes. Capital 180.000. Caudal Hereditario 90.000 €

Vivienda : 100.000 €
Cuenta Corriente: 50.000 €
Plan pensiones (viuda): 30.000 €

Haciendo un reparto en tercios podría quedar como sigue

Viuda: vivienda + 20.000 €
Hijo 1: 30.000 € cuenta corriente
Hijo 2: 30.000 € (Plan de pensiones)

Este reparto no es correcto por lo que he dicho antes, hay que ver el porcentaje que corresponde al usufructo

¿Es necesario liquidar el plan de pensiones para que el hijo 2 reciba los 30.000 €?
Eso es cuestión del banco, pero supongo que SI, hay que liquidarlo.

¿Es necesario cambiar las escrituras para que la vivienda que estaba a nombre del matrimonio pase a nombre de la viuda?
No es obligatorio, es conveniente pero mucha gente no toca nada hasta que fallecen los dos progenitores.

¿Se puede llegar a un acuerdo entre los herederos para que la viuda se quede con más de un tercio del usufructo o incluso que la viuda se quede con parte de los bienes del caudal hereditario?
A efectos particulares si, pero a efectos fiscales, si el reparto no respeta las proporciones, los excesos tributan en transmisiones patrimoniales, aparte de la liquidación de sucesiones normal.

Un saludo

#6

Re: Varias Consultas Sucesiones con ejemplos

4-
¿Hay que cambiar la titularidad de las acciones? Es un lío tremendo y si es el caso parece mejor venderlas a pesar de que no sea la mejor opción.

Igualmente, problema del banco, es probable que os hagan venderlas para poder liquidar, pero puede que no.

5.¿Habría que cambiar las escrituras de la vivienda o habiendo un acuerdo privado con firmas compulsadas de los herederos y la viuda serviría que cuando llegue el IRPF cada uno ponga en su declaración la parte que le corresponde?

Lo importante es que cada uno declare correctamente, vale con ese acuerdo, pero nunca os vendrá bien el borrador o los datos fiscales mientras no se cambie la titularidad en el catastro, siempre aparecerá una discrepancia que puede ralentizar vuestras devoluciones.

6- Seguro de vida del fallecido ¿Tiene alguna tributación especial?
Se declara conjuntamente con la herencia pero en casilla distinta, no produce ajuar y se suma sólo al beneficiario.

Un saludo

#7

Re: Varias Consultas Sucesiones con ejemplos

7- Cuentas con saldo 0. ¿Es necesario presentar un certificado del valor de la cuenta cuando no tenían dinero? Lo que cobran los bancos por este certificado es un abuso.

Si, hay que presentarlo de todas las cuentas, si bien, se puede sustituir por un extracto en que se pueda ver el saldo a fecha de fallecimiento, si se aporta eso, suele bastar. El problema es que puede tener información de más que no queráis enseñar, y tacharla queda muy feo porque parece que ocultáis algo.

8- Declaración de herederos. ¿Todos los notarios cobran lo mismo por hacerla? Entiendo que el coste es por hoja incluida, así que si hay precios oficiales todos los notarios deberían cobrar lo mismo.

Pues se supone que deben andar muy parejos por lo de los aranceles, no obstante, se puede pedir presupuesto en varios y comparar.

9- Plusvalía. La plusvalía que hay que liquidar en el ayuntamiento ¿Se debe hacer después de pagar el impuesto de sucesiones o antes?

Es totalmente independiente, no obstante, se suele hacer después, ya que si por ejemplo se reparte la herencia en escritura, esa misma escritura se presenta en la plusvalía y poco mas y te la liquidan. Si no se hace escritura tienes que presentar mucha documentación y un escrito expreso solicitando que te liquiden.

Un saludo

#8

Re: Varias Consultas Sucesiones con ejemplos

Hola de nuevo

Muchas gracias por vuestra ayuda desinteresada. Es muy de agradecer la dedicación desinteresada en ayudar.

Han sido un gran numero de preguntas muy extensas y las explicaciones, que tengo que mirar con calma, son muy completas. Quizás tengo que consultar alguna cosa más, pero primero leer bien todo lo que me habéis explicado

Mil gracias @leopol72 y @lunatico y lo dicho, espero que pueda servir para aclarar un poco a los que como yo estamos en una situación tan desagradable, pero no queda más remedio que afrontar

saludos

#10

Re: Varias Consultas Sucesiones con ejemplos

No entro en la parte del Impuesto del Sucesiones, pero si quisiera comentarte respecto a la plusvalía municipal.

Si la vivienda ha estado en posesión más de 20 años no hay plusvalía municipal.

Si estaba en vienes gananciales se hereda el 50 % por lo que para ese 50 % comienza un nuevo período impositivo, pero para el otro no.

Caso de más de 20 no hay plusvalía. La plusvalía no son VEINTE (20) sino CERO (0), porque la transmisión sucede fuera del período impositivo.

#11

Re: Varias Consultas Sucesiones con ejemplos

Respecto a lo que dice Jesusm1 de la plusvalía:
Ojo que lo que dice es una opinión personal no confirmada por los Ayuntamientos, que te la van a reclamar si o si, aunque hayan pasado 50 años. Ya se ha hablado y mucho del tema en otro hilo, si no quieres tener problemas y gordos, deberás declararla y pagarla, luego si quieres la recurres y solicitas la devolución.

Un saludo