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Templus 24/04/13 20:32
Ha respondido al tema Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
Tan sencillo como que Bankia ponga en un documento oficial y al alcanze de todos, la información concreta del como, cuando y de que manera va a hacer efectivo los laudos favorables que se dictaminen. Tan sencillo como que ponga por escrito, que tantos x ciento va a descontar y en concepto de que. Y sobre todo, si va a devolver el importe total del dinero invertido y si va a ser en metalico o en especies........ Por que no publicita toda esta información ???? tan sencillo como hacerlo a traves de la CMNV en un Hecho Relevante. Que interes oculto tiene en no dar esa informaciòn??
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Templus 24/04/13 20:09
Ha respondido al tema Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
Una vez solicitas el arbitraje y KMPG te dice que te lo acepta, una vez acogidos por ambas partes a este procedimiento, KMPG remite el expediente al organo regulador (arbitro), quien convocara a als partes ( si lo cree necesario) y en virtud de la decoumentación que le han presentado emitira un laudo (positivo o negativo). Cuando KMPG te acepta el arbitraje, se pone en contacto contigo y te dice, la cantidad de dinero que te ofrencen devolver y como lo van a hacer..... según malas lenguas( o buenas lenguas), si te dan laudo favorable, te abonan la diferencia del importe que falta de lo que tu tenias "invertido" y el importe en acciones que te han canjado...... luego al parecer, si has vendido las acciones antes del laudo, se te abonaria la diferencia entre lo obtenido y el importe principal. La verdad es que según se dice( no hay nada claro), dependiendo si te has quedado con las acciones o las has vendido, te dan un parte en dinero y otra en acciones o todo en dinero. Pero vamos, que su intención es que te quedses con acciones, si o si....... y devolverte una pequeña cantidad en metalico. Saludos.
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Templus 23/04/13 00:58
Ha respondido al tema Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
Pues no va a resultar que tengo poderes de "adivinación" y "clarisvisdencia", jejejejejejeje, me voy a ir a comprar una tunica y una bola de cristal, pongo un tenderete en el parque del Retiro y a ver si me saco unos "euretes" para poder ir tirando, jejejejejeje. P.D. creo que voy a ser muy mal clarividente, no supe ver lo que era las P.Preferentes............., xd,xd,
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Templus 22/04/13 23:40
Ha respondido al tema Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
A ver Sr. Halvert........... usted acaso se piensa que puede llegar a estos lares, a estas horas de la noche, sin que aun hayamos podido cenar, soltar ese BOMBAZO y quedarse tan trankilo????, dejandonos con el "ansia viva" de tener mas nociticias al respecto............ ahhhhhh, de eso nada Sr, Halvert,,,,,,, ya puede ir usted soltando prenda y darnos algo mas para al menos poder irnos a la cama y no quedar como luciernagas toda la noche, xd, que eso no se hace. Saludos. P.D. Y si no puede ser por este medio para no romper la noticia......., xdddddddd, que sea por privado..........
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Templus 20/04/13 10:31
Ha respondido al tema Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
si, y en Bankia saldran muchisimos laudos favorables........ todos aquellos que de recurrir a la via judicial por sus circunstancias serian favorables al demandante, y bankia lo sabe, por eso todos aquellos que sepan que van a perder si o si los daran como favorables, lo jodido va a ser para aquellos que dependiendo de como se lleve el tema, tendran mas o menos probabilidades de ganar....... esos son los jodidos, por que si te confias y no vas preparado y con la lección bien aprendida, te vas a encontrar con que te dan la vuelta a la toritilla y sorpresa...... laudo negativo...... y luego te dicen eso de "ahora vas y lo twiteas". Que si tan por la labor esta Bankia de arreglar el problema con el arbitraje, lo tiene tan sencillo como manda una cartita a cada uno diciendo que directamente se les concede el laudo positivo una vez revisado su expediente, asi de sencillo, y de esta forma, solo quedarian los recclamables por via judicial. Pero lo anterior va a ser que no...... por que lo mas gracioso, jejejej, si te han tricado menos de 10.000€ tienes preferencia, jejejejejeje ¿y eso a cuento de que?....a claro, que resulta que personas por debajo de esa cantidad hay muchisimos y claro, aqui lo que importa es el número de laudos favorables que se den, y no la cantidad que se devuelve, jejejejejeje, que si de esta manera lo arreglo con 100 milloncejos pues el resto pa la buchaca, que aqui de lo que se trata es de decir que se le ha devuelto el dinero a tropecientos mil clientes. Yo sigo opinando lo mismo, cuidadin como se va y de que forma a los sitios, que ya sabemos quienes son esta gente y a que se dedica, ya sabemos el daño que nos han hecho y no han hecho ni van a hacer nada por remediarlo.
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Templus 19/04/13 23:14
Ha respondido al tema Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
jejeje, pone que "puedes intentar anulular el laudo acudiendo a la via judicial y en el caso de que dicho laudo se anule, podras relclamar judicialmente" Se puede recurrir un laudo? En la jurisdicción ordinaria, si la parte condenada no está de acuerdo por lo resuelto en una sentencia, tiene la posibilidad en acudir a una instancia superior y ese proceso repetirlo por todo el sistema de justicia "hasta llegar al (Tribunal Europeo)". En el arbitraje por el contrario no existen competencias superiores al árbitro, por eso el laudo no se puede recurrir en otras instancias. Sin embargo se puede declarar un laudo como nulo. Nulidad del Laudo. Para ello se debe demostrar un defecto de forma, falta de firma en la solicitud del arbitraje, que esta sea falsa o que el árbitro tenga parentesco con una de las partes. De todos modos todo motivo de nulidad debe ser demostrado por la parte en desacuerdo. Falto de Forma: un laudo puede ser nulo si : 1. ha sido dictado prescindiendo de previo convenio arbitral o si éste no es válido: que no existe cláusula arbitral o que ésta sea defectuosa, por ejemplo que no esté firmada, o que esté redactada de forma que no quede clara la voluntad de la partes de someterse a arbitraje, o que se prevea arbitraje de derecho y se lleve a cabo uno de equidad ... etc. 2. si la designación del árbitro o las actuaciones del procedimiento no han sido válidamente notificadas a alguna de las partes: el defecto de notificación ya lo comentamos en la reunión del lunes. Es válida la notificación en la dirección, fax y mail que el contratante haya designado en el contrato. También el válido el burofax y el auxilio judicial para notificaciones. No sería válida la notificación en una dirección, correo electrónico o fax distintos de los designados en el contrato. 3. si el árbitro se ha excedido en su cometido decidiendo cuestiones no sometidas a su decisión o que no puedan ser sometidas a arbitraje: el arbitro no puede dar más de lo que las partes pidan ni cosa distinta de lo solicitado. Esta misma limitación les afecta a los jueces en sus sentencias y también es causa de nulidad. Por eso es muy importante, que la solicitud al arbitro - lo que en una demanda judicial llamamos el SUPLICO - sea clara y concreta. 4. si la designación del árbitro o el procedimiento arbitral no se ha sometido a la voluntad de las partes o a lo dispuesto en esta ley: en nuestro caso las partes se someten a la administración del arbitraje por TARE y su reglamento, que prevé que esta Asociación nombrará al árbitro, conforme a las disposiciones de la Ley de Arbitraje. Si se hace de otra manera, el nombramiento puede ser nulo. 5. si lo acordado en el laudo es contrario al orden público o a leyes de obligado cumplimiento: ni los laudos ni las sentencias pueden ir en contra de la ley ni del orden público. En este caso la nulidad es común en ambos casos. Y esto que quiere decir en pocas palabras......... que a quien San Laudo se la de, San Pedro se la Bendiga, vamos que hay que asesorarse muy, muy bien con un buen abogado antes de acudir de forma alegre al arbitraje, que mas de uno se va a llevar una desagradable sorpresa.
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Templus 14/04/13 22:04
Ha respondido al tema Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
jejejeje, he ido directamnte al documento en si,; codigo del Comerciante; TÍTULO III. DE LA CONTABILIDAD DE LOS EMPRESARIOS. SECCIÓN I. DE LOS LIBROS DE LOS EMPRESARIOS. Artículo 30. 1. Los empresarios conservarán los libros, correspondencia, documentación y justificantes concernientes a su negocio, debidamente ordenados, durante seis años, a partir del último asiento realizado en los libros, salvo lo que se establezca por disposiciones generales o especiales. 2. El cese del empresario en el ejercicio de sus actividades no le exime del deber a que se refiere el párrafo anterior y si hubiese fallecido recaerá sobre sus herederos. En caso de disolución de sociedades, serán sus liquidadores los obligados a cumplir lo prevenido en dicho párrafo. Sobre lo de que no tiene nada relativa a tu documentación........ lo mas seguro es que lo hayan extraviado y no tengan ni pajolera idea de donde se encuentra, aunque a dia de hoy y desde hace ya tiempo, toda esa documentación por lo nomral, se escanea y se guarda en soporte informatico.......o quizas lo que les ocurra es que la documentación que tiene tuya te favorece mas a ti que a ellos,........ a saber por quelo hace esta gentuza. Fuente: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/ccom.html
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Templus 11/04/13 10:57
Ha respondido al tema Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
Se vendieron en el mercado Primario cuando fueron sacadas "al mercado" en el 2009, por eso en las ordenes de compra pones eso, "mercado Primariso", despues se comerzializaron en un "mercado Interno", que es donde un cliente se daba cuenta de que le habian "tangao" y pedia su dinero, la oficina buscaba otro "pardillo" entre los clientes y les "colocaban" las P.prefrentes que el otro no queria, en esas ordenes de compra ponia "mercado interno". La pregunta entonces es...... en que fecha "compraron" tus padres las P.Preferentes????? P.D. Si tienen ordenes de compra con el mercado primario y con el mercado interno eso quiere decir que a tus padres les han colocado las P.Preferentes en dos ocasiones, una en el 2009 y la otra segfuramente a partir finales de ese año o a partir de principios del 2010.
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Templus 03/04/13 16:25
Ha respondido al tema Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
jejejeje, pues no eres tu listo ni na, jejejejejeje, a ti se te "olvido" poner, que el resto del dinero hasta los 100.000 euros, es la diferencia con loque ya habia cobrado en intereses, pero lo que a el le han devuelto han sido en total 100.000 euros, que es el dinero que tenia en P.Preferentes........ademas, a eso falta que le sumen el dinero que debe recibir por parte del banco a tenero de interes medio que debia haber recibido si hubiera depsoitado su dienro en un plazo fijo, es decir, entre el 3,5 y el 4% de interes anual y durante 4 años...... que eso no te interesa ponerlo y que seria un buen pellizco, o no?? Que aqui ya llevamos hechos muchos numeros......... Que aqui solo poneis lo que os interesa. P.D. Para que no se te pase de largo, en la demanda, se pide cobrar los intereses que hubieren correspondido por tener ese dinero en una imposición a Plazo Fijo y desde que se tiene las P.Preferentes. para que te quede claro.
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Templus 03/04/13 16:21
Ha respondido al tema Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
Pero si fue en el periodo en que gobernaba el PSOE (2009) cuando se comenrzializaron el mayor numero de :Preferentes............, quien se va a creer que estos van a ir a Bruselas a decir, NOSOTROS permitimos y apoyamos que se engañaran en España a los ahorradores de toda la vida.............. NOSOTRSO pusimos todos los medios para permitir que se cometiera la mayor de las estafa banacaria en la historia de España.......
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