Una duda desde la ignorancia ¿cual es la casilla del IRPF que testean para aplicar el cumplimiento de carencias de rentas (no superar el 75 por ciento del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias) en el cálculo del subsidio de 52 años?
Despista lo indicado en Sistema Especial de Empleo de Hogar Import@ss que indica pueden ser contratos de tipo: indefinido, temporal y fijo discontinuo 🤔
Cierto, lo indica en su web 👇Puedo contratar a un familiar para realizar tareas domésticas? Sí, lo puedes contratar siempre que quede acreditado que le pagas un salario y que trabaja bajo tu dirección y organización.Si el familiar reside en tu domicilio y tenéis un parentesco de hasta segundo grado (padres, hijos, nietos o abuelos y sus cónyuges), podremos pedir que justifiques que recibe un salario.
¿Inspección de Trabajo? Ojalá hubiera más pero donde realmente se necesita y sin avisar a nadie... Así... por sorpresa que es la mejor forma de comprobar las "cosillas".
Sinceramente, haciendo todo de manera legal (atraves de una gestoría) y realizando el trabajo efectivo con contrato y salario. Podrán requerir pruebas pero las tendrían sobre la mesa. Es más, con esta fórmula, hasta puede solucionar una situación personal que es la que ha provocado no poder seguir trabajando en el horario exigido por la empresa, la cual, no quiso flexibilizar ni aplicar los derechos de conciliación.
Habrá que explorar esta alternativa aunque no sé yo si este familiar se sentirá cómodo realizándolo 🤔Una duda ¿Por qué se eligió el despido disciplinario si con haber realizado un contrato por tiempo determinado hubiera estado de igual forma en situación legal de desempleo?
Le puedo asegurar que ha probado de todo para llegar un acuerdo (horarios, excedencias, reducción salarial, etc) y no ha habido entendimiento. De hecho anda bastante quemado cuando escucha hablar de "conciliaciones laborables/familiares" porque lo escrito "negro sobre blanco" queda muy bien pero la realidad (en ciertas empresas) es otra bien distinta.