Te iba a decir que si habías solicitado los puntos de esos hijos, según iban naciendo, para poder cobrarlos. Pero es que los puntos no se pueden solicitar desde el año pasado. Porque la ayuda a la infancia los ha sustituido. Lo único que puedes hacer es esperar a que te la acepten, y todos tus hijos pasarían a cobrarla.
Sí, reclamación previa y si a los 45 días no hay respuesta o la misma es insatisfactoria, acude a un juzgado de lo Contencioso a interponer la demanda.
No es para los trabajos a partir de 2023.La ley dice que este año entra el sistema de incentivos, y la misma ley dice que para ello usará como referencia las ganancias de 2 años anteriores.
El problema no es de Hacienda por incluir la ayuda del alquiler en la Declaración. El problema es del INSS, porque aún siendo una ganancia patrimonial, las ayudas al alquiler están totalmente exentas de ser consideradas ingresos por la ley de IMV, artículo 20, f) 2º.
No es exactamente así, porque los meses de abril a octubre, la diferencia es con el 15%, entonces debe restar lo que cobró en abril a lo que cobró en noviembre y multiplicarlo por 7.Y a lo que apareció en el certificado en noviembre, le tiene que restar lo que cobró en enero, y multiplicarlo por 3.Independientemente de cobrar ayuda a la infancia o no, porque aumentarían en la misma cantidad lo cobrado que lo que debería haber cobrado.
La ayuda no se cobra de forma íntegra según las tablas del IMV, sino que se le resta los ingresos computables que hayas tenido en el año 2021.Sea trabajo, paro, RAI o ayudas por nacimiento, o muchas otras.