Plantea tus consultas generales al autor o autores de este blog utilizando los comentarios de esta página.
Plantea tus consultas generales al autor o autores de este blog utilizando los comentarios de esta página.
Es lo mismo que estoy defediendo en Asturias. Pero aparte de la información sobre qué se va a reclamar, debería haber también un detalle sobre los honorarios del abogado y procurador; prevén ganar con costas pero, si no es así, ¿qué cobrarán?
Buenos dias,
He recibido esto sobre reclamacion de gastos hipotecas.¿me puedes dar tu ipinion?.
Procederemos a defender sus derechos de la mejor forma posible y, en consecuencia, a adaptarnos al criterio del Tribunal Supremo que ha sentado jurisprudencia que ha establecido que los gastos de Notaria y Gestoría deben repartirse equitativamente entre el prestatario y la entidad bancaria, es decir, les abonarán el 50% de dicho gasto. El gasto relativo al Registro de la Propiedad se restituye de forma íntegra. De esta forma buscamos obtener un pronunciamiento favorable respecto las costas del procedimiento. Respecto la tasación el criterio de la Audiencia Provincial es el abono del 50% del gasto.
Una vez pasada la audiencia previa, solo nos quedará recibir la sentencia (en un plazo de aproximadamente un mes). Cuando se nos notifique la sentencia le llamaremos para comunicársela por lo que, lo único que tiene que hacer de momento es esperar nuestra llamada.
Ruego confirmación del presente correo, así como autorización a un posible ofrecimiento de acuerdo del banco en estos los términos anteriormente descritos.
Conviene hacer la reclamación extrajudicial y luego la demanda con abogado y procurador. Puede buscar abogado en Bilbao o bien una asociación de consumidores.
Buenas noches: me estoy planteando reclamar los gastos de constitución de una hipoteca que firmé a principios del 2012. Supongo que tendré que hacer un escrito al Servicio de Atención al Cliente de la Entidad prestamista, adjuntando las facturas de todos los servicios que pagué. O es mejor hacerlo a través de un despacho de abogados especialista en estas lides? En este último caso, me podría indicar cuál es el que funciona con más efectividad en Bilbao?
Gracias por su ayuda
Gracias.
La presentaría de nuevo; más que por la prescripción, porque los bancos van cambiando su estrategia y hay algunos que ya están devolviendo gastos para evitar las costas del juicio.
Tengo una reclamación al SAC de gastos de hipoteca de 2015 creo (puede que principios de 2016) y con mucha educación me mandaron al cuerno, la pregunta es ¿reiterariarias de nuevo para evitar la prescripción? por si pagan el 50% o me mandan de nuevo al cuerno !!!!
Tiene que reclamar por escrito, con copia para que se la sellen con la fecha de presentación, en la propia oficina; si en unos días no hay respuesta favorable o si hay contestación desfavorable puede reiterar la reclamación ante el servicio de atención al cliente o el defensor del cliente de la Caixa, adjuntando copia de la primera reclamación y, en su caso, de la contestación negativa; también ha de conservar justificante de la presentación de esta reclamación. Si en dos meses no hay respuesta favorable, puede reiterar la reclamación ante el servicio de reclamaciones del Banco de España, presentando copia de todo lo anterior.
Puede pedir también asesoramiento y ayuda en una asociación de consumidores del lugar en que Vd. viva.
Buenas noches:
En el 2015 me concedieron un subsidio (RAI) de 426 euros, y me vi obligado a abrir una cuenta para poder cobrarlo, con lo cual me dirijo a la Caixa, le comento mi situación, y me abren una cuenta corriente por la cual me cobran 12 euros al trimestre cuando, tendrían que abrirme una cuenta social.
En cuanto tengo conocimiento del hecho solicito un extracto de la cuenta y me cobran 4 euros por el mismo.
Querría reclamar los 48 euros de la cuenta y los 4 euros del extracto, ¿es posible, y con carácter retroactivo?,como puedo hacer.
Muchas gracias
Jose
Me gustaria contactar con Ud para saber si podría llevar a los tribunales mi caso sobre obligaciones subordinadas del Popular y accciones del mismo,
Me gustaría contactar con Ud si pudiera ser vía telefónica.
Un saludo.
Hay innumerables sentencias sobre el seguro de invalidez absoluta, que los defensores de los asegurados de las diferentes entidades conocen perfectamente. No necesita aportárselas. En cualquier caso, tenga en cuenta que esos defensores lo que hacen, en su gran mayor parte, es defender a la compañía de las reclamaciones de sus asegurados, no al revés.
EstimadoSeñor:
Soy un particular, que tiene un familiar que no era trabajadora y la cia RGA rechaza la indemnización por invalidez absoluta , dado que por tumores devino clinicamente en Gran Invalidez. A lo que añado que el Banco solo me entregó las condiciones pariculares y nunca se firmó la póliza. TENDRIA ALGUNA SENTENCIA expresa para acudir al defensor del asegurado en un primer término. Gracias
Entonces, mientras tuvo la incapacidad temporal, esto no estaría cubierto según esas condiciones generales,lo que podría defenderse que es abusivo o como mínimo limitativo sin cumplir las exigencias legales para la validez de esas condiciones; y lo mismo ahora respecto a la invalidez absoluta, si realmente está excluida la causa de la invalidez que me decía anteriormente.
Buenos días , si ahora mismo tengo la incapacidad absoluta pero cuando realicé la reclamación tenia la temporal.
Creo que se está liando otra vez; en el mensaje anterior me hablaba de la invalidez absoluta, ahora de la temporal.
Buenas tardes
El seguro que te indicaba en el correo anterior es de un seguro nomina que tenia suscrito y el cual sigo pagando al banco santander.
Revisando los correos el prestamo para la compra de una autocaravana por un importe de 11000 € .Es el que me han contestado que al tener un trabajo fijo no cumplia los requisitos.
Es verdad que existe un apartado en la condiciones particulares que me han mandado que lo indica . Ahora bien , ¿ es eso legal? Nadie me lo incico a la hora de solicitar el prestamo , ademas de que ya era fijo de empresa.
Dice textualmente lo siguiente:
La garantia de incapacidad temporal IT aplicará a trabajadores por cuenta ajena temporales,por cuenta propia ( cualquier tipo de autonomos)y funcionarios de carreras, eventuales e interinos.
El prestamo lo solicite en el 2014 en el 2015 me dieron la IT. En diciembre de 2017 me indicaron que no me correspondia,por no entrar en los supuestos que indico arriba ya que mi puesto era fijo en ese momento.
gracias
Me lo suponía. Lo más probable es que sí tenga que estar cubierta.
Tiene razón , perdón , realmente es incapacidad permanente absoluta para todo trabajo.
En primer lugar, la incapacidad que le habrán reconocido será la total o la absoluta, no total y absoluta porque son dos cosas distintas: la total para su trabajo habitual y la absoluta para todo trabajo. En cuanto a las coberturas que tenga, habría que ver el contrato; esa supuesta exclusión parece a primera vista excesiva, si tiene la amplitud que dice en su pregunta, y sería cuando menos limitativa de derechos (lo que exige unas formalidades para que sea válida que muy dificilmente se hayan cumplido) si es que no abusiva (caso en que sería radicalmente nula). Por consiguiente, es muy probable que sí tenga derecho a la indemnización prevista. Pero para completar la consulta tendría que ver tanto el contrato como la contestación que le han dado y la resolución sobre la invalidez. Mi correo electrónico es [email protected]; no me envíe los documentos directamente, primero hay que concretar algunos aspectos de protección de datos para que me los pueda remitir.
Buenas tardes
ME han concedico la incapacidad total absoluta y le he reclamado al banco con el que tengo un prestamo suscrito hace años , pero me indican que no cubre la incapacidad por motivos siquicos.
Es posible que teng esta clausula aun cuando no me lo indicaron al realizar el prestamo,?
Se pueden acoger a ella legalmente ?
Muchas gracias de antemano