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Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024

Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024

Cuando realizamos nuestra declaración de la Renta, es conveniente tener conocimiento de todas aquellas deducciones que podemos añadir según nuestra situación laboral o personal.

Nos centraremos en la reducción por movilidad geográfica recogida en la Ley de IRPF, la cual nos permite añadirla como gasto deducible del rendimiento íntegro.

A continuación, explicaremos cuáles son los requisitos, supuestos y porcentajes de deducción aplicables según la normativa vigente a fecha de hoy. 

 

Artículo 19.2

En el artículo 19.2 de la citada Ley se determina que aquel trabajador que acepte un trabajo en un municipio distinto al de su residencia habitual, debiendo trasladar su residencia al mismo, tendrá derecho a la aplicación de loa gastos deducibles por movilidad geográfica en su declaración de la Renta. ¿Cómo funciona esta deducción?

 

Requisitos de la deducción por movilidad geográfica

Para poder aplicar la deducción por movilidad geográfica en los rendimientos del trabajo, el contribuyente debe de cumplir los tres requisitos siguientes:

  • Haber estado inscrito en la oficina de empleo.
  • Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual.
  • Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio.

Por tanto, esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos en una oficina pública de empleo como tales y que acepten un puesto de trabajo que se encuentre fuera del domicilio habitual del desempleado, siempre que esto provoque un cambio en la residencia de este. Es decir, que si no hay traslado de residencia, no se puede solicitar esta deducción en la Renta de 2024.

Con carácter general, la aplicación de la reducción por movilidad geográfica queda condicionada a que efectivamente se haya producido el cambio de residencia del contribuyente a un nuevo municipio, distinto al de su residencia habitual, sin que este municipio tenga que ser necesariamente aquel en que esté situado el puesto de trabajo que el contribuyente acepta. Pero sí, que el nuevo puesto de trabajo exija el cambio de residencia.

Aplicación de la deducción por movilidad geográfica

El contribuyente podrá aplicar la deducción por movilidad geográfica en su declaración de la Renta durante en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el año siguiente. Para ello, se deberá modificar la residencia habitual en la declaración de la Renta correspondiente y, por tanto, aplicar la reducción en la comunidad autónoma donde se haya desplazado el contribuyente. De cumplir los requisitos, la deducción sería de 2.000 euros.

Para que se pueda aplicar la deducción y no haya ningún tipo de confusión por parte de la Agencia Tributaria, será conveniente que el contribuyente se empadrone en el nuevo municipio.

deducción movilidad geográfica

Dentro de la declaración del IRPF (modelo 100), acceda a la página 4 para detallar los rendimientos del trabajo. En la sección de retribuciones dinerarias (casilla 003), marque la casilla relacionada con "Contribuyentes desempleados e inscritos en la oficina de empleo que hayan aceptado un puesto de trabajo que hubiera exigido el traslado de la residencia habitual a otro municipio". Al hacerlo, se abrirá un nuevo apartado donde deberá indicar el importe del rendimiento neto previo asociado al empleo aceptado.

Porcentaje de deducción por movilidad geográfica

La reducción por movilidad geográfica, que se podrá aplicar como un gasto deducible del rendimiento íntegro, tiene un importe de 2000 euros.

El importe de 2.000 € anuales adicionales se aplicará en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente; teniéndose en cuenta el límite fijado para estos gastos en el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF:

 
 2. A efectos de la aplicación del límite previsto en el último párrafo de la letra f) del artículo 19.2 de la Ley del Impuesto, cuando el contribuyente obtenga en el mismo período impositivo rendimientos derivados de un trabajo que permita computar un mayor gasto deducible de los previstos en el segundo y tercer párrafo de dicha letra f) y otros rendimientos del trabajo, el incremento del gasto deducible se atribuirá exclusivamente a los rendimientos íntegros del trabajo señalados en primer lugar.
 

Destacamos que en el caso de realizar tributación conjunta, si hay más de un contribuyente que tenga derecho a aplicar este gasto deducible, el importe total que podrá ser objeto de deducción será igualmente de 2.000 euros, con el límite de los rendimientos netos del trabajo derivados de los puestos de trabajo aceptados por todos los contribuyentes que tengan derecho a la aplicación de ese gasto. Por tanto, no se multiplica esta cantidad por dos.

La única restricción se refiere al rendimiento neto previo asociado al nuevo puesto de trabajo que motiva el cambio de residencia. Si este nuevo empleo genera menos de 2,000 euros anuales después de deducir otros gastos deducibles, ese será el límite máximo para la deducción por movilidad geográfica, incluso si se han obtenido otros rendimientos del trabajo que podrían justificar una deducción mayor.

Evitar futuras investigaciones

Para asegurar la deducción y evitar rechazos en caso de verificación o inspección fiscal, es crucial demostrar el cumplimiento de requisitos mediante medios de prueba admitidos legalmente (artículo 106 de la Ley General Tributaria). El simple empadronamiento o mantener el domicilio fiscal no son suficientes para acreditar residencia en una localidad. Se requieren documentos como contrato de alquiler o compraventa, recibos de pago de servicios (electricidad, gas, agua), contrato laboral, y certificados de retenciones. Estas comprobaciones pueden ocurrir hasta cuatro años después de la presentación de la declaración de la renta, destacando la importancia de conservar la documentación.

  1. Nuevo
    #760
    18/04/16 20:31

    Buenas tardes, os expongo mi duda acerca de la movilidad geográfica.
    El año pasado trabajé en una beca de un año, hasta Diciembre de 2015, en la ciudad donde siempre he vivido, Logroño. A principios de Enero de este año me dí de alta en la oficina de empleo de Logroño, y a finales del mismo mes encontré trabajo en Madrid por lo que me vine a vivir de alquiler a la capital. Mi duda es que si en la declaración de la Renta 2015 tengo que poner ya que he cambiado de domicilio habitual a Madrid o eso lo tendré que hacer en la declaración de la renta de 2016. Si lo pongo ahora me beneficio ya de la movilidad geográfica este año?

    Muchísimas gracias, un saludo.

  2. en respuesta a crisprat
    -
    #759
    18/04/16 09:30

    Buenos días,
    entiendo que en la casilla 017 de la declaración de la renta 2015, tendrás que reflejar solamente los ingresos que corresponden a la fecha de tu nuevo trabajo y nueva situación geográfica.
    Un saludo.

  3. en respuesta a low_key
    -
    #758
    18/04/16 09:27

    Buenos días,
    ¿has probado a marcarla y no te deja? Tienes que elegirla tú para que te la concedan. Las deducciones no las incluyen automáticamente.
    Un saludo.

  4. Nuevo
    #757
    17/04/16 18:37

    Hola,
    Tengo mi residencia habitual en Madrid, y en noviembre de 2014 estaba apuntado al paro y acepté un trabajo en Ibiza.
    En la declaración del año pasado no solicité ninguna deducción, pero estuve trabajando allí hasta abril de 2015 ¿puedo solicitarla este año?
    No me empadroné en Ibiza ni tengo alquiler a mi nombre, ya que el piso lo ponía la empresa. Cómo puedo justificarlo? aunque es evidente que tuve que cambiar de domicilio por la distancia.
    Gracias!!

  5. #755
    16/04/16 21:32

    Buenas tardes,
    Tengo una pregunta al respecto del cambio de domicilio por trabajo. En 2015 trabajé unos meses en una empresa cerca de mi residencia habitual. A finales de año (diciembre exactamente) encontré trabajo en otra comunidad y me trasladé de domicilio (tengo contrato de alquiler y estaba inscrita en una oficina de desempleo) y contrato de trabajo en esta nueva comunidad desde 9/12/15.
    Mi pregunta es ¿qué cantidad de ingresos puedo poner en la casilla 017? ¿todos los del año impositivo 2015? es decir, los que cobré residiendo aún en mi antigua residencia o solo los ingresos que corresponden a partir de la fecha de mi nuevo trabajo? (es este caso sería solo la nómina de diciembre.
    Gracias

  6. Nuevo
    #754
    16/04/16 20:06

    Hola Amparo! Soy nuevo en esto, te cuento:
    - Me inscribí en una oficina de desempleo en Barcelona y acepté un trabajo en Madrid, marqué la casilla de movilidad geográfica al firmar el contrato, y me empadroné en Madrid
    - En la casilla 16 de otros gastos deducibles me salen 2.000€, pero en la 21 de movilidad geografica no me sale nada

    Entiendo que soy elegible para la deducción por movilidad geográfica, pero creo que no se me está aplicando. Qué debo hacer?
    Gracias!

  7. en respuesta a viesgar
    -
    Top 100
    #753
    15/04/16 09:54

    Con el nuevo cambio de normativa respecto a esta reducción disposición transitoria 6ª de la Ley del IRPF en el artículo 20 de la Ley del IRPF, en su redacción a 31 de diciembre de 2014; si en el ejercicio 2015 ya no has estado trabajando en el mismo lugar de trabajo que ocasionó el cambio de domicilio habitual, no podrás aplicar la reducción por movilidad geográfica.

    Saludos,

  8. en respuesta a Berbek
    -
    Top 100
    #752
    15/04/16 09:52

    Buenos días, como se indica en el artículo la reducción por movilidad geográfica ha cambiado en la Declaración de la Renta 2015. De todos modos, para aquellos trabajadores que hubieran tenido derecho a aplicarla en 2014 y continúen desempeñando dicho trabajo en el período impositivo 2015, pueden aplicar en 2015 la citada reducción del artículo 20.2.b) de la Ley del IRPF, en su redacción a 31 de diciembre de 2014, en lugar del gasto que por este concepto (movilidad geográfica) está previsto para este ejercicio. Es decir, la reducción del 100% de sus rendimientos del trabajo.

    Saludos,

  9. Nuevo
    #751
    14/04/16 20:16

    Hola, el año pasado 2014 tuve derecho a la reducción por movilidad geográfica. Me pude deducir el máximo los 2652 Euros.Este año 2015 en el mes de marzo hice un cambio de trabajo pero en la misma localidad donde estaba sin cambiar de residencia ni nada. Tengo derecho de nuevo a la reducción por movilidad geografica?. O el cambio de trabajo a mitad de año anula la reducción por movilidad geográfica?. Cuanto me podría deducir?, son los 2652 euros como el año pasado?.

    Gracias.

  10. #750
    14/04/16 19:05

    Hola,

    El año pasado ya me beneficie de la reducción por movilidad geográfica, en 2014 cambie de trabajo, estaba en el paro, nuevo contrato y contrato de alquiler a mi nombre(junto con cambio de domicilio fiscal y empadronamiento).
    En es 2015 sigo en el mismo trabajo y mantengo el mismo alquiler con lo que puedo aplicarlo de nuevo pero me surge una duda ¿Qué cantidad he de indicar?
    En el Post se indica algo de "la reducción por movilidad geográfica se basaba en incrementar en un
    100 por 100 el importe de la reducción general por obtención de rendimientos del trabajo del artículo 20.1 de la Ley del IRPF, en su redacción vigente a vigente a 31 de diciembre de 2014."

    Para el ejercicio 2014 en la casilla 019 pusimos la cantidad 2652€ , para el ejercicio 2015 no se que hay que poner.

    Alguien me puede orientar?

    Muchas Gracias

  11. en respuesta a Mmadgal
    -
    Top 100
    #749
    14/04/16 09:07

    Bienvenida a Rankia, ¿tienes contrato de? Para poder aplicar esta reducción, junto con el contrato de trabajo tiene que ir un contrato de alquiler de vivienda habitual o un empadronamiento. Para que se refleje esta reducción en la casilla 017 tienes que ir a la casilla 001 y marcar la opción en datos adicionales de "Contribuyentes desempleados e inscritos en la oficina de empleo que hayan aceptado un puesto de trabajo que hubiera exigido el traslado de la residencia habitual a otro municipio". Saludos,

  12. Nuevo
    #748
    13/04/16 20:18

    Buenas tardes,
    Cumplo todos los requisitos: tengo contrato y estaba en el paro. Pero ahora he cambiado el domicilio fiscal y me aparece en la casilla 016 2000 pero en la 017 que corresponde a esto no me deja pinchar. Soy un poco novata. Muchísimas gracias por la ayuda. Saludos

  13. en respuesta a Wilma2010
    -
    Top 100
    #747
    13/04/16 16:02

    Buenas tardes, tu caso es un poco más complejo dado que has comprado una vivienda que pasa a ser tu vivienda habitual. Te recomiendo que consultes con un asesor fiscal si tienes derecho a aplicar esta reducción por movilidad geográfica. Saludos,

  14. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #746
    13/04/16 14:46

    Buenos días Amparo,

    Lo primero de todo muchísimas gracias por su atención!

    Mi situación es la siguiente: estaba desempleada y apuntada al Inem en comunidad A y conseguí trabajo en la comunidad B en Noviembre de 2013. Hasta que empezó el 2014 iba y venía diariamente en coche al trabajo (unos 120 km). En el 2014 no pude solicitar deducción por movilidad geográfica ya que estuve viviendo en casa de mi hermana hasta ver si el trabajo perduraba. En 2015 cambié de empresa dentro de la comunidad B, pero aún más lejos de mi vivienda habitual en la comunidad A, así que decidí comprar un inmueble donde poder residir ya habitualmente desde Agosto del 2015. ¿Puedo solicitar alguna deducción por esta movilidad geográfica?

    Gracias de nuevo por su aportación.

  15. en respuesta a yomobe
    -
    Top 100
    #745
    13/04/16 09:47

    Bienvenido a Rankia, si tienes contrato de alquiler podrás aplicar la reducción por movilidad geográfica ya que esto justifica el cambio de vivienda. Respecto a la compatibilidad de deducciones podrás acogerte a ambas reducciones siempre que la vivienda habitual sobre la que recae la hipoteca, sea tu vivienda habitual; se indica la compatibilidad de ambas deducciones.

    Saludos,

  16. Nuevo
    #744
    12/04/16 20:59

    Hola,
    Desde diciembre de 2014 hasta mitad de enero de 2015 estuve inscrita como demandante de empleo, a mitad de enero empecé a trabajar lo que me supuso un cambio de domicilio a otra provincia de mi misma comunidad autónoma, pero no me empadroné ni cambié los datos fiscales porque era un contrato de 3 meses. Tengo contrato de alquiler y de trabajo. ¿Tendría derecho a la reducción por movilidad geográfica, aun no habiendo cambiado los datos ni empadronamiento?

    Otra pregunta, tengo casa propia (mi vivienda habitual), si solicito la reducción, ¿supondrá que consideren en ese tiempo mi vivienda como segunda residencia y salga perjudicada? (en realidad, durante esos meses, vivía entre mi vivienda y el lugar donde me trasladé por trabajo ya que el contrato era al 75%, lo que suponía tener días sin trabajo además de los fines de semana.

    Muchas gracias por la ayuda, un saludo.

  17. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #743
    12/04/16 18:14

    Gracias Amaparo, consultaré a ver que dicen. Saludos :)

  18. en respuesta a maria00
    -
    Top 100
    #742
    12/04/16 17:02

    Bienvenido a Rankia, por lo que comentas si que podría aplicar la reducción por movilidad geográfica que en la Declaración de la Renta 2015 significa aplicar unos gastos deducibles de 2.000€ en los rendimientos del trabajo (siempre que te empadronaras en este nuevo municipio o tengas contrato de trabajo).

    Con el programa Renta Web podrás hacer la simulación de como cambia el resultado de tu Declaración de la Renta sin llegar a presentarla, seguramente te salga una cantidad a devolver superior.

    Saludos,

  19. Nuevo
    #741
    maria00
    12/04/16 16:23

    Hola,

    Me gustaría realizarle una consulta en referencia a la movilidad geográfica en la declaración de la renta.
    Me trasladé de mi residencia habitual a otro municipio por trabajo en diciembre 2014. Pero unos días antes de empezar a trabajar en Enero 2015 en la nueva localidad cambie los mis datos y mi dirección nueva en la oficina de empleo, y a las 2 semanas me hicieron el contrato. Podría pedir la movilidad geográfica este año? Y por otro lado tengo otra duda, acabo de pedir el borrador de la declaración y me sale que no tengo que presentarla. Si añado la movilidad geográfica en que me afectaría a la declaración?
    Muchas gracias, un saludo