Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024/2025
Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024/2025
Detallamos el funcionamiento de la reducción por movilidad geográfica incluida en la Ley de IRPF, que se puede considerar como un gasto deducible del rendimiento íntegro. Posteriormente, abordaremos los requisitos, situaciones y porcentajes de deducción aplicables
Si este año has tenido que cambiar de ciudad para aceptar un nuevo empleo, puede que tengas derecho a aplicar la deducción por movilidad geográfica en tu declaración de la renta. Esta deducción permite reducir la base imponible del IRPF si cumples ciertos requisitos relacionados con tu situación laboral y el cambio de residencia. En este artículo te explicamos cómo puedes deducir la movilidad geográfica en tu declaración de la renta, cuándo se aplica, qué documentación debes presentar y cómo evitar errores al rellenar el modelo 100. Deducción por movilidad geográfica AEAT
¿Qué es la deducción por movilidad geográfica en el IRPF?
La deducción por movilidad geográfica es un beneficio fiscal que permite aplicar una reducción de 2.000 euros anuales en los rendimientos del trabajo cuando un contribuyente acepta un empleo en un municipio distinto al de su residencia habitual y se traslada a vivir a él. Está regulada en el artículo 19.2 de la Ley del IRPF y busca incentivar la reincorporación laboral de personas desempleadas. Esta reducción se suma a la ya existente por gastos generales de rendimientos del trabajo, por lo que puede representar un ahorro fiscal importante.
Además, es importante recordar que esta reducción se considera un gasto deducible del rendimiento íntegro del trabajo y se encuentra sujeta a los límites que establece el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF. En casos donde el contribuyente obtenga otros rendimientos del trabajo, el incremento del gasto deducible se atribuirá únicamente a los ingresos del empleo que haya motivado el traslado de residencia.
Artículo 19.2
En el artículo 19.2 de la citada Ley se determina que aquel trabajador que acepte un trabajo en un municipio distinto al de su residencia habitual, debiendo trasladar su residencia al mismo, tendrá derecho a la aplicación de loa gastos deducibles por movilidad geográfica en su declaración de la Renta.
Consigue un ahorro de 400 € de media con TaxDown en la declaración de la renta.
¿Cómo puedo deducir la movilidad geográfica en mi declaración de la renta?
Para aplicar esta deducción, debes acceder a la página 4 del modelo 100 de la declaración del IRPF. Dentro del apartado de rendimientos del trabajo, encontrarás una casilla específica para contribuyentes que hayan cambiado de municipio por razones laborales. Al marcarla, se habilitará un campo donde deberás indicar el rendimiento neto previo asociado al nuevo empleo.
Es importante tener en cuenta que esta deducción solo podrá aplicarse correctamente si se ha modificado la residencia habitual en la declaración de la renta correspondiente y se ha producido un traslado efectivo. Para evitar confusiones con la Agencia Tributaria, es recomendable actualizar los datos censales y conservar la documentación que lo acredite.
¿Cuándo se aplica la movilidad geográfica?
La reducción por movilidad geográfica se puede aplicar en el periodo impositivo en que se produce el cambio de residencia y en el año siguiente. Esto significa que si el traslado ocurre en 2024, podrás aplicar la deducción tanto en la renta de 2024 como en la de 2025, siempre que se mantenga la vinculación laboral.
Esta deducción está pensada para situaciones reales de traslado, por lo que si no se produce un cambio de residencia efectivo, no se puede aplicar. El municipio de destino no tiene que ser necesariamente el del puesto de trabajo, pero sí debe estar justificado que el empleo exige el traslado de residencia.
Requisitos para aplicar la deducción por movilidad geográfica
Antes de aplicar esta reducción en tu declaración, asegúrate de cumplir con los tres requisitos obligatorios. Esta deducción está destinada a personas desempleadas que hayan conseguido un nuevo trabajo que implique un cambio de residencia.
👥 Estar inscrito como demandante de empleo en una oficina pública antes de aceptar el nuevo empleo.
📍 Aceptar un trabajo en un municipio distinto al de tu residencia habitual.
🚪 Cambiar efectivamente tu residencia a otro municipio. No es suficiente con declarar un cambio fiscal: debe acreditarse el traslado real.
Esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos como tales y que acepten un puesto de trabajo fuera de su domicilio habitual, siempre que eso implique un cambio de residencia. Si no hay traslado, no procede la deducción.
¿Cómo puedo acreditar mi movilidad geográfica?
Es fundamental tener pruebas claras del cambio de residencia para que la deducción sea aceptada por Hacienda. La normativa permite que la Agencia Tributaria verifique la información hasta cuatro años después de presentada la declaración. Para evitar problemas futuros, conserva documentos como:
📄 Contrato de alquiler o escritura de compraventa del nuevo domicilio.
📅 Certificado de empadronamiento en el nuevo municipio.
💸 Recibos de luz, agua o gas a tu nombre.
📍 Contrato laboral y certificados de retenciones.
La Ley General Tributaria (art. 106) establece que el empadronamiento o el cambio de domicilio fiscal por sí solos no bastan como prueba del cambio de residencia. Se debe acreditar de forma fehaciente mediante medios de prueba válidos en derecho.
Cuantía de la reducción por movilidad geográfica
El importe de la deducción es de 2.000 euros anuales, que se pueden aplicar en dos años consecutivos. En caso de declaración conjunta, el límite sigue siendo de 2.000 euros totales, aunque haya más de un contribuyente que cumpla los requisitos. Además, si el rendimiento neto generado por el nuevo empleo es inferior a 2.000 €, ese importe actuará como límite máximo para aplicar la reducción.
Esto significa que si el nuevo puesto de trabajo genera menos de 2.000 euros de rendimiento neto después de deducir otros gastos, la deducción se limitará a esa cifra, incluso si existen otros rendimientos del trabajo. Esta condición está recogida expresamente en la normativa.
Casos especiales: funcionarios y movilidad geográfica
Desde 2024, Hacienda permite que ciertos funcionarios que obtienen plaza en un municipio distinto puedan acogerse a esta deducción, aunque no hayan estado previamente inscritos como demandantes de empleo. Esta medida se aplica, por ejemplo, a quienes acceden por oposición y deben trasladarse por adjudicación de plaza. No obstante, también deberán acreditar el cambio efectivo de residencia y cumplir las demás condiciones exigidas.
Consejos para aplicar la deducción correctamente
✅ Empadrónate cuanto antes en tu nuevo domicilio y guarda el certificado.
✅ Asegúrate de tener un contrato de alquiler o de propiedad que justifique el cambio.
✅ Marca correctamente la casilla en el modelo 100 y rellena los importes.
✅ Conserva todas las facturas, justificantes y contratos durante al menos 4 años.
✅ Si tienes dudas, consulta con un asesor fiscal antes de presentar la declaración.
Una aplicación correcta de esta deducción puede suponer un ahorro relevante en tu declaración. No la dejes pasar si cumples los requisitos.
Buenas tardes, os expongo mi duda acerca de la movilidad geográfica.
El año pasado trabajé en una beca de un año, hasta Diciembre de 2015, en la ciudad donde siempre he vivido, Logroño. A principios de Enero de este año me dí de alta en la oficina de empleo de Logroño, y a finales del mismo mes encontré trabajo en Madrid por lo que me vine a vivir de alquiler a la capital. Mi duda es que si en la declaración de la Renta 2015 tengo que poner ya que he cambiado de domicilio habitual a Madrid o eso lo tendré que hacer en la declaración de la renta de 2016. Si lo pongo ahora me beneficio ya de la movilidad geográfica este año?
Muchísimas gracias, un saludo.
en respuesta a
crisprat
-
#759
18/04/16 09:30
Buenos días,
entiendo que en la casilla 017 de la declaración de la renta 2015, tendrás que reflejar solamente los ingresos que corresponden a la fecha de tu nuevo trabajo y nueva situación geográfica.
Un saludo.
en respuesta a
low_key
-
#758
18/04/16 09:27
Buenos días,
¿has probado a marcarla y no te deja? Tienes que elegirla tú para que te la concedan. Las deducciones no las incluyen automáticamente.
Un saludo.
Nuevo
#757
17/04/16 18:37
Hola,
Tengo mi residencia habitual en Madrid, y en noviembre de 2014 estaba apuntado al paro y acepté un trabajo en Ibiza.
En la declaración del año pasado no solicité ninguna deducción, pero estuve trabajando allí hasta abril de 2015 ¿puedo solicitarla este año?
No me empadroné en Ibiza ni tengo alquiler a mi nombre, ya que el piso lo ponía la empresa. Cómo puedo justificarlo? aunque es evidente que tuve que cambiar de domicilio por la distancia.
Gracias!!
#755
16/04/16 21:32
Buenas tardes,
Tengo una pregunta al respecto del cambio de domicilio por trabajo. En 2015 trabajé unos meses en una empresa cerca de mi residencia habitual. A finales de año (diciembre exactamente) encontré trabajo en otra comunidad y me trasladé de domicilio (tengo contrato de alquiler y estaba inscrita en una oficina de desempleo) y contrato de trabajo en esta nueva comunidad desde 9/12/15.
Mi pregunta es ¿qué cantidad de ingresos puedo poner en la casilla 017? ¿todos los del año impositivo 2015? es decir, los que cobré residiendo aún en mi antigua residencia o solo los ingresos que corresponden a partir de la fecha de mi nuevo trabajo? (es este caso sería solo la nómina de diciembre.
Gracias
Nuevo
#754
16/04/16 20:06
Hola Amparo! Soy nuevo en esto, te cuento:
- Me inscribí en una oficina de desempleo en Barcelona y acepté un trabajo en Madrid, marqué la casilla de movilidad geográfica al firmar el contrato, y me empadroné en Madrid
- En la casilla 16 de otros gastos deducibles me salen 2.000€, pero en la 21 de movilidad geografica no me sale nada
Entiendo que soy elegible para la deducción por movilidad geográfica, pero creo que no se me está aplicando. Qué debo hacer?
Gracias!
Con el nuevo cambio de normativa respecto a esta reducción disposición transitoria 6ª de la Ley del IRPF en el artículo 20 de la Ley del IRPF, en su redacción a 31 de diciembre de 2014; si en el ejercicio 2015 ya no has estado trabajando en el mismo lugar de trabajo que ocasionó el cambio de domicilio habitual, no podrás aplicar la reducción por movilidad geográfica.
Buenos días, como se indica en el artículo la reducción por movilidad geográfica ha cambiado en la Declaración de la Renta 2015. De todos modos, para aquellos trabajadores que hubieran tenido derecho a aplicarla en 2014 y continúen desempeñando dicho trabajo en el período impositivo 2015, pueden aplicar en 2015 la citada reducción del artículo 20.2.b) de la Ley del IRPF, en su redacción a 31 de diciembre de 2014, en lugar del gasto que por este concepto (movilidad geográfica) está previsto para este ejercicio. Es decir, la reducción del 100% de sus rendimientos del trabajo.
Saludos,
Nuevo
#751
14/04/16 20:16
Hola, el año pasado 2014 tuve derecho a la reducción por movilidad geográfica. Me pude deducir el máximo los 2652 Euros.Este año 2015 en el mes de marzo hice un cambio de trabajo pero en la misma localidad donde estaba sin cambiar de residencia ni nada. Tengo derecho de nuevo a la reducción por movilidad geografica?. O el cambio de trabajo a mitad de año anula la reducción por movilidad geográfica?. Cuanto me podría deducir?, son los 2652 euros como el año pasado?.
Gracias.
#750
14/04/16 19:05
Hola,
El año pasado ya me beneficie de la reducción por movilidad geográfica, en 2014 cambie de trabajo, estaba en el paro, nuevo contrato y contrato de alquiler a mi nombre(junto con cambio de domicilio fiscal y empadronamiento).
En es 2015 sigo en el mismo trabajo y mantengo el mismo alquiler con lo que puedo aplicarlo de nuevo pero me surge una duda ¿Qué cantidad he de indicar?
En el Post se indica algo de "la reducción por movilidad geográfica se basaba en incrementar en un
100 por 100 el importe de la reducción general por obtención de rendimientos del trabajo del artículo 20.1 de la Ley del IRPF, en su redacción vigente a vigente a 31 de diciembre de 2014."
Para el ejercicio 2014 en la casilla 019 pusimos la cantidad 2652€ , para el ejercicio 2015 no se que hay que poner.
Bienvenida a Rankia, ¿tienes contrato de? Para poder aplicar esta reducción, junto con el contrato de trabajo tiene que ir un contrato de alquiler de vivienda habitual o un empadronamiento. Para que se refleje esta reducción en la casilla 017 tienes que ir a la casilla 001 y marcar la opción en datos adicionales de "Contribuyentes desempleados e inscritos en la oficina de empleo que hayan aceptado un puesto de trabajo que hubiera exigido el traslado de la residencia habitual a otro municipio". Saludos,
Nuevo
#748
13/04/16 20:18
Buenas tardes,
Cumplo todos los requisitos: tengo contrato y estaba en el paro. Pero ahora he cambiado el domicilio fiscal y me aparece en la casilla 016 2000 pero en la 017 que corresponde a esto no me deja pinchar. Soy un poco novata. Muchísimas gracias por la ayuda. Saludos
Buenas tardes, tu caso es un poco más complejo dado que has comprado una vivienda que pasa a ser tu vivienda habitual. Te recomiendo que consultes con un asesor fiscal si tienes derecho a aplicar esta reducción por movilidad geográfica. Saludos,
en respuesta a
Amparo Sisternes
-
#746
13/04/16 14:46
Buenos días Amparo,
Lo primero de todo muchísimas gracias por su atención!
Mi situación es la siguiente: estaba desempleada y apuntada al Inem en comunidad A y conseguí trabajo en la comunidad B en Noviembre de 2013. Hasta que empezó el 2014 iba y venía diariamente en coche al trabajo (unos 120 km). En el 2014 no pude solicitar deducción por movilidad geográfica ya que estuve viviendo en casa de mi hermana hasta ver si el trabajo perduraba. En 2015 cambié de empresa dentro de la comunidad B, pero aún más lejos de mi vivienda habitual en la comunidad A, así que decidí comprar un inmueble donde poder residir ya habitualmente desde Agosto del 2015. ¿Puedo solicitar alguna deducción por esta movilidad geográfica?
Hola,
Desde diciembre de 2014 hasta mitad de enero de 2015 estuve inscrita como demandante de empleo, a mitad de enero empecé a trabajar lo que me supuso un cambio de domicilio a otra provincia de mi misma comunidad autónoma, pero no me empadroné ni cambié los datos fiscales porque era un contrato de 3 meses. Tengo contrato de alquiler y de trabajo. ¿Tendría derecho a la reducción por movilidad geográfica, aun no habiendo cambiado los datos ni empadronamiento?
Otra pregunta, tengo casa propia (mi vivienda habitual), si solicito la reducción, ¿supondrá que consideren en ese tiempo mi vivienda como segunda residencia y salga perjudicada? (en realidad, durante esos meses, vivía entre mi vivienda y el lugar donde me trasladé por trabajo ya que el contrato era al 75%, lo que suponía tener días sin trabajo además de los fines de semana.
Muchas gracias por la ayuda, un saludo.
en respuesta a
Amparo Sisternes
-
#743
12/04/16 18:14
Gracias Amaparo, consultaré a ver que dicen. Saludos :)
Bienvenido a Rankia, por lo que comentas si que podría aplicar la reducción por movilidad geográfica que en la Declaración de la Renta 2015 significa aplicar unos gastos deducibles de 2.000€ en los rendimientos del trabajo (siempre que te empadronaras en este nuevo municipio o tengas contrato de trabajo).
Con el programa Renta Web podrás hacer la simulación de como cambia el resultado de tu Declaración de la Renta sin llegar a presentarla, seguramente te salga una cantidad a devolver superior.
Saludos,
Nuevo
#741
maria00
12/04/16 16:23
Hola,
Me gustaría realizarle una consulta en referencia a la movilidad geográfica en la declaración de la renta.
Me trasladé de mi residencia habitual a otro municipio por trabajo en diciembre 2014. Pero unos días antes de empezar a trabajar en Enero 2015 en la nueva localidad cambie los mis datos y mi dirección nueva en la oficina de empleo, y a las 2 semanas me hicieron el contrato. Podría pedir la movilidad geográfica este año? Y por otro lado tengo otra duda, acabo de pedir el borrador de la declaración y me sale que no tengo que presentarla. Si añado la movilidad geográfica en que me afectaría a la declaración?
Muchas gracias, un saludo