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Deducciones autonómicas para la declaración de la Renta 2024-2025

Deducciones autonómicas para la declaración de la Renta 2024-2025

Descubre todas las deducciones autonómicas disponibles en la Declaración de la Renta 2024-2025, organizadas por comunidad autónoma. Ahorra en tu IRPF aprovechando los beneficios fiscales de tu región.
En la declaración de la renta 2024-2025, los contribuyentes tienen derecho a aplicar diversas deducciones autonómicas específicas según su comunidad autónoma de residencia. Estas deducciones pueden ser completamente estatales, compartidas con las autonomías o totalmente autonómicas, lo que implica que una deducción aplicable en una comunidad puede no serlo en otra.

Comunidades Autónomas España

Deducciones autonómicas en la Declaración de la Renta

A continuación, te mostramos las deducciones autonómicas aplicables en cada comunidad autónoma para la declaración del IRPF 2024-2025. Cada sección incluye las posibles deducciones y puedes encontrar un enlace a la página específica de la Agencia Tributaria para más información.

Deducciones para la declaración de la Renta: Andalucía

Los contribuyentes andaluces pueden aplicar las siguientes deducciones:

  • Por familia numerosa: 200 euros para categoría general y 400 euros para categoría especial.
  • Por nacimiento o adopción de hijos: 50 euros por cada hijo nacido o adoptado.
  • Por adopción internacional de hijos: 600 euros por cada hijo adoptado internacionalmente.
  • Por ayuda doméstica: 15% de las cantidades satisfechas con un límite de 250 euros.
  • Por alquiler de vivienda habitual para jóvenes: 15% de las cantidades satisfechas con un límite de 500 euros.

📖 Para más información, consulta la Guía de deducciones autonómicas de Andalucía.

Deducciones para la declaración de la Renta: Aragón

En Aragón, las deducciones incluyen:

  • Por nacimiento o adopción del tercer hijo y sucesivos: 500 euros por cada hijo.
  • Por adopción internacional: 600 euros por cada hijo adoptado internacionalmente.
  • Por cuidado de personas dependientes: 150 euros por cada persona mayor de 75 años o con discapacidad.
  • Por adquisición de vivienda habitual en núcleos rurales: 5% de las cantidades satisfechas con un límite de 4.000 euros.

📖 Para más detalles, visita la Guía de deducciones autonómicas de Aragón.

Deducciones para la declaración de la Renta: Principado de Asturias

Los residentes de Asturias pueden beneficiarse de:

  • Por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años: 500 euros por cada persona acogida.
  • Por adopción internacional: 1.010 euros por cada hijo adoptado internacionalmente.
  • Por partos o adopciones múltiples: 500 euros por cada hijo.
  • Por familias monoparentales: 300 euros.
  • Por gastos de guardería: 15% de las cantidades satisfechas con un límite de 330 euros por hijo.

📖 Consulta la Guía de deducciones autonómicas de Asturias para más información.

Deducciones para la declaración de la Renta: Illes balears

En las Islas Baleares, las deducciones comprenden:

  • Por discapacidad del contribuyente o descendientes: 80 euros por cada contribuyente o descendiente con discapacidad.
  • Por gastos de adquisición de libros de texto: 100% de las cantidades satisfechas con un límite de 220 euros por hijo.
  • Por gastos de aprendizaje extraescolar de idiomas extranjeros: 15% de las cantidades satisfechas con un límite de 110 euros por hijo.
  • Por cursar estudios de educación superior fuera de la isla de residencia habitual: 1.500 euros por cada hijo.

📖 Para más detalles, visita la Guía de deducciones autonómicas de Illes Balears.

Deducciones para la declaración de la Renta: Canarias

Los contribuyentes canarios pueden aplicar las siguientes deducciones:

  • Por nacimiento o adopción: 200 euros por el primer o segundo hijo, 400 euros por el tercero, 600 euros por el cuarto y 700 euros por el quinto y sucesivos.
  • Por gastos de guardería: 15% de las cantidades satisfechas con un límite de 400 euros por cada hijo menor de 3 años.
  • Por gastos de enfermedad: 10% de las cantidades satisfechas con un límite de 600 euros en tributación individual y 840 euros en conjunta.
  • Por contribuyentes con discapacidad y mayores de 65 años: 300 euros por cada contibuyente.
  • Por familia numerosa: 450 euros para categoría general y 600 euros para categoría especial.
  • Por traslado de residencia a otra isla por motivos laborales: 300 euros.

📖 Para más información consulta la Guía de deducciones autonómicas de Canarias.

Deducciones para la declaración de la Renta: Cantabria

Los contribuyentes cántabros pueden beneficiarse de las siguientes deducciones:

  • Por arrendamiento de vivienda habitual para jóvenes: 20% de las cantidades satisfechas, con un límite de 300 euros anuales, para contibuyentes menores de 35 años.
  • Por gastos en guraderías y centros de educación infantil: 15% de los gastos, con un límite de 300 euros por cada hijo menor de tres años.
  • Por acogimiento familiar de menores: 240 euros por cada menor en régimen de acogimiento familiar.

📖 Para más información, consulta la Guía de deducciones autonómicas de Cantabria.
 

Deducciones para la declaración de la Renta: Castilla- La Mancha

En Castilla-La Mancha, las deducciones incluyen:  

  • Por nacimiento o adopción de un hijo: 150 euros por cada hijo nacido o adoptado.
  • Por gastos en adquisición de libros de texto y enseñanza de idiomas: 100% de las cantidades satisfechas, con un límite de 100 euros por hijo.
  • Por arrendamiento de vivienda habitual para jóvenes: 15% de las cantidades satisfechas, con un límite de 450 euros anuales, para contribuyentes menores de 36 años.

📖 Para más información, consulta la Guía de deducciones autonómicas de Castilla-La Mancha

Deducciones para la declaración de la Renta: Castilla y León

Los residentes de Castilla y León pueden aplicar las siguientes deducciones:

  • Por nacimiento y adopción de hijos: 1.010 euros por el primero, 1.575 euros por el segundo y 2.351 euros por el tercero y sucesivos.
  • Por familia numerosa: 500 euros para categoría general y 1.000 euros para categoría especial.
  • Por gastos en adquisición de libros de texto: 100% de las cantidades satisfechas, con un límite de 220 euros por hijo.
  • Por alquiler de vivienda habitual para jóvenes: 20% de las cantidades satisfechas, con un límite de 459 euros anuales, para contribuyentes menores de 36 años.

Deducciones para la declaración de la Renta: Cataluña

Los contribuyentes catalanes pueden beneficiarse de:

  • Por nacimiento o adopción de un hijo: 150 euros por cada hijo nacido o adoptado.
  • Por alquiler de vivienda habitual para jóvenes: 10% de las cantidades satisfechas, con un límite de 300 euros anuales, para contribuyentes menores de 32 años.
  • Por rehabilitación de la vivienda habitual: 1,5% de las cantidades invertidas en la rehabilitación de la vivienda habitual.

📖 Para más detalles visita la Guía de deducciones autonómicas de Cataluña.

Deducciones para la declaración de la Renta: Comunidad Valenciana

Los residentes en la Comunidad Valenciana pueden aplicar las siguientes deducciones:

  • Por nacimiento o adopción de hijos: 270 euros por cada hijo nacido o adoptado.
  • Por conciliación del trabajo con la vida familiar: 418 euros por cada hijo mayor de tres años y menor de cinco años.
  • Por arrendamiento de vivienda habitual: 15% de las cantidades satisfechas, con un límite de 550 euros anuales.
  • Por gastos en guarderías y centros de educación infantil: 15% de los gastos, con un límite de 270 euros por cada hijo menor de tres años.

Deducciones para la declaración de la Renta: Extremadura

En Extremadura, las deducciones comprenden:​ 

  • Por nacimiento o adopción de hijos: 300 euros por cada hijo nacido o adoptado.​
  • Por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual en núcleos rurales: 15% de las cantidades invertidas, con un límite de 9.000 euros.​
  • Por arrendamiento de vivienda habitual para jóvenes: 5% de las cantidades satisfechas, con un límite de 300 euros anuales, para contribuyentes menores de 36 años.
 
📖 Para más información, consulta la Guía de deducciones autonómicas de Extremadura.

Deducciones para la declaración de la Renta: Galicia 

Los contribuyentes gallegos pueden beneficiarse de:​ 

  • Por nacimiento o adopción de hijos: 300 euros por el primero, 360 euros por el segundo y 1.200 euros por el tercero y sucesivos.​
  • Por familia numerosa: 250 euros para categoría general y 400 euros para categoría especial.​
  • Por alquiler de vivienda habitual para jóvenes: 10% de las cantidades satisfechas, con un límite de 300 euros anuales, para contribuyentes menores de 35 años.
 
📖 Para más información, consulta la Guía de deducciones autonómicas de Galicia

Deducciones para la declaración de la Renta: Comunidad de Madrid

Los contribuyentes madrileños pueden beneficiarse de una variedad de deducciones autonómicas : 

  • Por nacimiento de hijos: 600 euros por el primero, 750 por el segundo, 900 euros por el tercero y sucesivos.
  • Por acogimiento familiar de menores: 600 euros por cada menor en régimen de acogimiento.
  • Por arrendamiento de vivienda habitual: 30% de las cantidades satisfechas con un límite de 1.200 euros para menores de 35 años, personas con discapacidad o víctimas del terrorismo o violencia de género.
  • Por gastos educativos: 15% de los gastos de escolaridad, 10% por enseñanzas de idiomas, 5% por adquisición de vestuario escolar. El límite es de 400 euros por hijo (900 euros si hay gastos de escolaridad)

📖 Para más información, consulta la Guía de deducciones autonómicas de la Comunidad de Madrid

Deducciones para la declaración de la Renta: Región de Murcia

Los contribuyentes murcianos pueden beneficiarse de las siguientes deducciones:
 
  • Por nacimiento o adopción de hijos: 100 euros por el primer hijo, 200 por el segundo y 300 por el tercero y sucesivos.
  • Por adquisición de material escolar y libros de texto: 100% de las cantidades satisfechas, con un límite de 120 euros por cada hijo.
  • Por guardería: 20% de las cantidades satisfechas por gastos de custodia de hijos menores de 3 años, con un límite de 1.000 euros anuales por hijo.
  • Por inversión en vivienda habitual para jóvenes: 5% de las cantidades invertidas, siempre que no se hayan cumplido los 35 años y se cumplan determinados requisitos económicos.
  • Por alquiler de vivienda habitual: 10% de las cantidades satisfechas, con un máximo de 300 euros. 

📖 Para más información, consulta la Guía de deducciones de la Región de Murcia.

Deducciones para la declaración de la Renta: La Rioja

 Los residentes de La Rioja pueden aplicar las siguientes deducciones: 

  • Por nacimiento o adopción de hijos: 120 euros por cada hijo nacido o adoptado, siempre que la base liquidable no supere determinados límites.
  • Por gastos en escuelas infantiles, centros de educación infantil y/o personal contratado para el cuidado de hijos menores de 3 años: 30% de los gastos con un límite de 600 euros anuales por cada hijo menor de 3 años.
  • Por arrendamiento de vivienda habitual por jóvenes y discapacitados: 10% de las cantidades satisfechas, con un límite de 300 euros (500 euros en caso de discapacidad o unidad familiar monoparental).
  • Por inversión en vivienda habitual para jóvenes en pequeños municipios: 5% de las cantidades invertidas en adquisición, construcción o rehabilitación, con un máximo de 452 euros. 

📖 Para más información, consulta la Guía de deducciones de La Rioja.


Cómo has podido ver, cada comunidad autónoma en España ofrece sus propias deducciones fiscales en la declaración de la Renta, adaptadas a las necesidades específicas de sus ciudadanos. Esta deducciones pueden suponer un ahorro importante si se conocen y aplican correctamente.

  1. Nuevo
    #40
    05/04/18 19:05

    Buenas tardes
    Veo que en la declaración de 2017 existe una deducción en la Comunidad Valenciana referente a "Realización por uno de los cónyuges de la unidad familiar de labores no remuneradas en el hogar" en la casilla 993.
    ¿ Que cantidad y en que condiciones se puede realizar esta deducción ?

  2. en respuesta a Luis Angel Hernandez
    -
    Nuevo
    #39
    05/04/18 17:15

    Muchas gracias por la respuesta.

    Un saludo.

  3. en respuesta a Iechavar
    -
    Luis Ángel Hernández
    #38
    05/04/18 17:10

    Consulta tus datos fiscales y comprueba qué cantidad pone Hacienda que has recibido. En caso de que te atribuyan 2400 deberías ponerte en contacto con Hacienda para aclarar tu situación.

    Saludos

  4. en respuesta a Acanadas
    -
    Luis Ángel Hernández
    #37
    05/04/18 16:45

    Hola
    Se debe poner en la casilla 497 siempre que se haya establecido en función de sentencia judicial. La casilla 460 son para pensiones compensatorias al cónyuge y anualidades por alimentos a personas distintas de los hijos.

    Saludos

  5. Nuevo
    #36
    05/04/18 12:24

    Buenos días.

    La ayuda al alquiler para menores de 35 años de la comunidad de madrid que no se ha percibido como se declara?, ya que de los 2400 euros que deberia de haber recibido, solo me ha ingresado 1800 euros, por los que los 600 euros restantes no se en que casilla de ha de introducir.

    Muchas gracias y un saludo.

  6. Nuevo
    #35
    05/04/18 11:23

    Hola buenos días! Estoy realizando la declaración de la renta y tengo confusión con dónde poner el importe que entrego por pensión alimenticia de mi hija. Veo dos casillas, 460 y 497. Que diferencia hay entre una y otra?

  7. en respuesta a Leti1986
    -
    Luis Ángel Hernández
    #34
    05/04/18 11:02

    Hola Leti le respondía al usuario anterior, sobre lo que me preguntas te añado lo que dispone el manual sobre esa deducción, como puedes poner en la foto tienes que poner el importe satisfecho a la guardería.

    Saludos

  8. en respuesta a Luis Angel Hernandez
    -
    #33
    05/04/18 10:48

    Perfecto, les daré un toque. Gracias por ña respuesta. Saludos

  9. Nuevo
    #32
    05/04/18 10:33

    Buenos días.

    Soy de la comunidad de Madrid, y he percibido la ayuda de alquiler para jovenes de 35 años, pero no he recibido el total que me correspondía, ¿donde debo reflejarlo en la declaración?

    Muchas gracias y un saludo.

  10. en respuesta a Luis Angel Hernandez
    -
    Nuevo
    #31
    05/04/18 10:20

    En Castilla y león no en Extremadura la casilla 934 pone deducción por gastos de guardería por hijos menores de 4 años
    lo que no se si tengo que poner lo que me ha costado la guardería en el año 2017

  11. en respuesta a Fernan79
    -
    Luis Ángel Hernández
    #30
    05/04/18 10:12

    Hola
    Por las casillas que comentas entiendo que te refieres a la deducción por cuidado de hijos menores en Castilla León.
    he estado mirando el Manual de la Renta y lo único que se me ocurre es que solo tienes derecho a deducción este año a los 577, 82 y se te quedan pendientes para años próximos los otros 122,18. En el manual de Renta explican esta deducción en las páginas 680-681.
    Saludos

  12. Nuevo
    #29
    05/04/18 10:10

    Hola buenas estoy viendo el borrador de la declaración de la renta y veo que por vivir en Extremadura hay una casilla para deducir la guardería. mi duda es exactamente que es lo que tengo que meter en la casilla, el total de lo que me ha costado la guardería en 2017?

  13. en respuesta a Ruben31
    -
    Luis Ángel Hernández
    #28
    05/04/18 09:49

    Hola de que comunidad autonóma eres pues quizás sea por el tema de ingresos que no puedas aplicar la deducción.
    Sobre la edad de 35 la deducción es incluyendo los 35 años así que con eso no habría problema.

    Saludos

  14. Nuevo
    #27
    04/04/18 23:44

    Hola, he intentando presentar la declaración y no me da error en la casilla 912. En la casilla 907 he puesto 700€, que son los gastos de guardería, pero en la 912 y 534 sale 577,82. En la 916 (importe generado en 2017 pendiente de aplicación) 122,18€, que es la diferencia hasta los 700 que yo indique. El problema es que me da error a la hora de firmar y me dice el programa que la casilla 907 (700) no coincide con la 912 (577,82). No se que podrá ser porque el importe de la 912 no lo pongo yo y en la 907 no voy a cambiar la cantidad porque pierdo mi dinero. Si alguien le pasa lo mismo o sabe responderme lo agradecería

  15. Nuevo
    #26
    Ruben31
    04/04/18 19:52

    Buenas tardes con respecto a las deducciones por alquiler a menores de 35 años, en mi caso el año pasado cumpli 35 en agosto y ya estaba de alquiler puedo desgrabarme el aquiler completo,o proporcional? Es Que haciendo con el borrador me lo reconoce pero no me lo preescribe una vez puestos los datos,la pag 46,lo pongo y al aceptar deja en blanco el campo,que puedo hacer,gracias

  16. en respuesta a Pepa Alonso
    -
    Luis Ángel Hernández
    #25
    04/04/18 10:23

    Para el cálculo de retenciones Hacienda dispone de un simulador que te comparto
    https://www2.agenciatributaria.gob.es/wlpl/PRET-R180/index.zul

    Saludos

  17. en respuesta a xeracham
    -
    Luis Ángel Hernández
    #24
    04/04/18 10:06

    Hola
    Entiendo tu duda pues la normativa de la deducción autonómica en la ley envía a la regulación estatal de esta deducción que como dices fue derogada para compras posteriores a 2012. En tu caso llamaría a Hacienda con el Plan Le Llamamos y preguntaría por esta deducción.
    Saludos

  18. #23
    03/04/18 14:54

    Buenos días

    En Agosto de 2016 compré mi vivienda habitual en Canarias. Se que desde el 1 de Enero de 2013 no se puede desgravar por inversión de vivienda habitual en el tramo estatal pero en el tramo autonómico (Canarias) he visto que existe la deducción por inversión de vivienda habitual pero en los requisitos no especifica si se pueden acoger las viviendas compradas después de 2012 o tiene los mismos requisitos del tramo estatal. Si me lo pudiera aclarar alguien. Saludos y gracias

  19. Nuevo
    #22
    30/03/18 21:25

    En el IRPF, para saber el porcentaje de retención, se suman todos los ingresos tanto de pensión, como alquileres y por todos los conceptos que pudiera tener?, o a cada uno de los ingresos habidos tributa de forma diferente (Arrendamientos al 19%, pensión según el tramo al que corresponda)?

  20. en respuesta a Herlinda
    -
    Luis Ángel Hernández
    #21
    29/01/18 15:07

    Hola
    La deducción de alquiler solo se puede aplicar sobre el contrato que tengas vigente en la actualidad.

    Saludos

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