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Deducciones autonómicas para la declaración de la Renta 2024-2025

Deducciones autonómicas para la declaración de la Renta 2024-2025

Descubre todas las deducciones autonómicas disponibles en la Declaración de la Renta 2024-2025, organizadas por comunidad autónoma. Ahorra en tu IRPF aprovechando los beneficios fiscales de tu región.
En la declaración de la renta 2024-2025, los contribuyentes tienen derecho a aplicar diversas deducciones autonómicas específicas según su comunidad autónoma de residencia. Estas deducciones pueden ser completamente estatales, compartidas con las autonomías o totalmente autonómicas, lo que implica que una deducción aplicable en una comunidad puede no serlo en otra.

Comunidades Autónomas España

Deducciones autonómicas en la Declaración de la Renta

A continuación, te mostramos las deducciones autonómicas aplicables en cada comunidad autónoma para la declaración del IRPF 2024-2025. Cada sección incluye las posibles deducciones y puedes encontrar un enlace a la página específica de la Agencia Tributaria para más información.

Deducciones para la declaración de la Renta: Andalucía

Los contribuyentes andaluces pueden aplicar las siguientes deducciones:

  • Por familia numerosa: 200 euros para categoría general y 400 euros para categoría especial.
  • Por nacimiento o adopción de hijos: 50 euros por cada hijo nacido o adoptado.
  • Por adopción internacional de hijos: 600 euros por cada hijo adoptado internacionalmente.
  • Por ayuda doméstica: 15% de las cantidades satisfechas con un límite de 250 euros.
  • Por alquiler de vivienda habitual para jóvenes: 15% de las cantidades satisfechas con un límite de 500 euros.

📖 Para más información, consulta la Guía de deducciones autonómicas de Andalucía.

Deducciones para la declaración de la Renta: Aragón

En Aragón, las deducciones incluyen:

  • Por nacimiento o adopción del tercer hijo y sucesivos: 500 euros por cada hijo.
  • Por adopción internacional: 600 euros por cada hijo adoptado internacionalmente.
  • Por cuidado de personas dependientes: 150 euros por cada persona mayor de 75 años o con discapacidad.
  • Por adquisición de vivienda habitual en núcleos rurales: 5% de las cantidades satisfechas con un límite de 4.000 euros.

📖 Para más detalles, visita la Guía de deducciones autonómicas de Aragón.

Deducciones para la declaración de la Renta: Principado de Asturias

Los residentes de Asturias pueden beneficiarse de:

  • Por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años: 500 euros por cada persona acogida.
  • Por adopción internacional: 1.010 euros por cada hijo adoptado internacionalmente.
  • Por partos o adopciones múltiples: 500 euros por cada hijo.
  • Por familias monoparentales: 300 euros.
  • Por gastos de guardería: 15% de las cantidades satisfechas con un límite de 330 euros por hijo.

📖 Consulta la Guía de deducciones autonómicas de Asturias para más información.

Deducciones para la declaración de la Renta: Illes balears

En las Islas Baleares, las deducciones comprenden:

  • Por discapacidad del contribuyente o descendientes: 80 euros por cada contribuyente o descendiente con discapacidad.
  • Por gastos de adquisición de libros de texto: 100% de las cantidades satisfechas con un límite de 220 euros por hijo.
  • Por gastos de aprendizaje extraescolar de idiomas extranjeros: 15% de las cantidades satisfechas con un límite de 110 euros por hijo.
  • Por cursar estudios de educación superior fuera de la isla de residencia habitual: 1.500 euros por cada hijo.

📖 Para más detalles, visita la Guía de deducciones autonómicas de Illes Balears.

Deducciones para la declaración de la Renta: Canarias

Los contribuyentes canarios pueden aplicar las siguientes deducciones:

  • Por nacimiento o adopción: 200 euros por el primer o segundo hijo, 400 euros por el tercero, 600 euros por el cuarto y 700 euros por el quinto y sucesivos.
  • Por gastos de guardería: 15% de las cantidades satisfechas con un límite de 400 euros por cada hijo menor de 3 años.
  • Por gastos de enfermedad: 10% de las cantidades satisfechas con un límite de 600 euros en tributación individual y 840 euros en conjunta.
  • Por contribuyentes con discapacidad y mayores de 65 años: 300 euros por cada contibuyente.
  • Por familia numerosa: 450 euros para categoría general y 600 euros para categoría especial.
  • Por traslado de residencia a otra isla por motivos laborales: 300 euros.

📖 Para más información consulta la Guía de deducciones autonómicas de Canarias.

Deducciones para la declaración de la Renta: Cantabria

Los contribuyentes cántabros pueden beneficiarse de las siguientes deducciones:

  • Por arrendamiento de vivienda habitual para jóvenes: 20% de las cantidades satisfechas, con un límite de 300 euros anuales, para contibuyentes menores de 35 años.
  • Por gastos en guraderías y centros de educación infantil: 15% de los gastos, con un límite de 300 euros por cada hijo menor de tres años.
  • Por acogimiento familiar de menores: 240 euros por cada menor en régimen de acogimiento familiar.

📖 Para más información, consulta la Guía de deducciones autonómicas de Cantabria.
 

Deducciones para la declaración de la Renta: Castilla- La Mancha

En Castilla-La Mancha, las deducciones incluyen:  

  • Por nacimiento o adopción de un hijo: 150 euros por cada hijo nacido o adoptado.
  • Por gastos en adquisición de libros de texto y enseñanza de idiomas: 100% de las cantidades satisfechas, con un límite de 100 euros por hijo.
  • Por arrendamiento de vivienda habitual para jóvenes: 15% de las cantidades satisfechas, con un límite de 450 euros anuales, para contribuyentes menores de 36 años.

📖 Para más información, consulta la Guía de deducciones autonómicas de Castilla-La Mancha

Deducciones para la declaración de la Renta: Castilla y León

Los residentes de Castilla y León pueden aplicar las siguientes deducciones:

  • Por nacimiento y adopción de hijos: 1.010 euros por el primero, 1.575 euros por el segundo y 2.351 euros por el tercero y sucesivos.
  • Por familia numerosa: 500 euros para categoría general y 1.000 euros para categoría especial.
  • Por gastos en adquisición de libros de texto: 100% de las cantidades satisfechas, con un límite de 220 euros por hijo.
  • Por alquiler de vivienda habitual para jóvenes: 20% de las cantidades satisfechas, con un límite de 459 euros anuales, para contribuyentes menores de 36 años.

Deducciones para la declaración de la Renta: Cataluña

Los contribuyentes catalanes pueden beneficiarse de:

  • Por nacimiento o adopción de un hijo: 150 euros por cada hijo nacido o adoptado.
  • Por alquiler de vivienda habitual para jóvenes: 10% de las cantidades satisfechas, con un límite de 300 euros anuales, para contribuyentes menores de 32 años.
  • Por rehabilitación de la vivienda habitual: 1,5% de las cantidades invertidas en la rehabilitación de la vivienda habitual.

📖 Para más detalles visita la Guía de deducciones autonómicas de Cataluña.

Deducciones para la declaración de la Renta: Comunidad Valenciana

Los residentes en la Comunidad Valenciana pueden aplicar las siguientes deducciones:

  • Por nacimiento o adopción de hijos: 270 euros por cada hijo nacido o adoptado.
  • Por conciliación del trabajo con la vida familiar: 418 euros por cada hijo mayor de tres años y menor de cinco años.
  • Por arrendamiento de vivienda habitual: 15% de las cantidades satisfechas, con un límite de 550 euros anuales.
  • Por gastos en guarderías y centros de educación infantil: 15% de los gastos, con un límite de 270 euros por cada hijo menor de tres años.

Deducciones para la declaración de la Renta: Extremadura

En Extremadura, las deducciones comprenden:​ 

  • Por nacimiento o adopción de hijos: 300 euros por cada hijo nacido o adoptado.​
  • Por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual en núcleos rurales: 15% de las cantidades invertidas, con un límite de 9.000 euros.​
  • Por arrendamiento de vivienda habitual para jóvenes: 5% de las cantidades satisfechas, con un límite de 300 euros anuales, para contribuyentes menores de 36 años.
 
📖 Para más información, consulta la Guía de deducciones autonómicas de Extremadura.

Deducciones para la declaración de la Renta: Galicia 

Los contribuyentes gallegos pueden beneficiarse de:​ 

  • Por nacimiento o adopción de hijos: 300 euros por el primero, 360 euros por el segundo y 1.200 euros por el tercero y sucesivos.​
  • Por familia numerosa: 250 euros para categoría general y 400 euros para categoría especial.​
  • Por alquiler de vivienda habitual para jóvenes: 10% de las cantidades satisfechas, con un límite de 300 euros anuales, para contribuyentes menores de 35 años.
 
📖 Para más información, consulta la Guía de deducciones autonómicas de Galicia

Deducciones para la declaración de la Renta: Comunidad de Madrid

Los contribuyentes madrileños pueden beneficiarse de una variedad de deducciones autonómicas : 

  • Por nacimiento de hijos: 600 euros por el primero, 750 por el segundo, 900 euros por el tercero y sucesivos.
  • Por acogimiento familiar de menores: 600 euros por cada menor en régimen de acogimiento.
  • Por arrendamiento de vivienda habitual: 30% de las cantidades satisfechas con un límite de 1.200 euros para menores de 35 años, personas con discapacidad o víctimas del terrorismo o violencia de género.
  • Por gastos educativos: 15% de los gastos de escolaridad, 10% por enseñanzas de idiomas, 5% por adquisición de vestuario escolar. El límite es de 400 euros por hijo (900 euros si hay gastos de escolaridad)

📖 Para más información, consulta la Guía de deducciones autonómicas de la Comunidad de Madrid

Deducciones para la declaración de la Renta: Región de Murcia

Los contribuyentes murcianos pueden beneficiarse de las siguientes deducciones:
 
  • Por nacimiento o adopción de hijos: 100 euros por el primer hijo, 200 por el segundo y 300 por el tercero y sucesivos.
  • Por adquisición de material escolar y libros de texto: 100% de las cantidades satisfechas, con un límite de 120 euros por cada hijo.
  • Por guardería: 20% de las cantidades satisfechas por gastos de custodia de hijos menores de 3 años, con un límite de 1.000 euros anuales por hijo.
  • Por inversión en vivienda habitual para jóvenes: 5% de las cantidades invertidas, siempre que no se hayan cumplido los 35 años y se cumplan determinados requisitos económicos.
  • Por alquiler de vivienda habitual: 10% de las cantidades satisfechas, con un máximo de 300 euros. 

📖 Para más información, consulta la Guía de deducciones de la Región de Murcia.

Deducciones para la declaración de la Renta: La Rioja

 Los residentes de La Rioja pueden aplicar las siguientes deducciones: 

  • Por nacimiento o adopción de hijos: 120 euros por cada hijo nacido o adoptado, siempre que la base liquidable no supere determinados límites.
  • Por gastos en escuelas infantiles, centros de educación infantil y/o personal contratado para el cuidado de hijos menores de 3 años: 30% de los gastos con un límite de 600 euros anuales por cada hijo menor de 3 años.
  • Por arrendamiento de vivienda habitual por jóvenes y discapacitados: 10% de las cantidades satisfechas, con un límite de 300 euros (500 euros en caso de discapacidad o unidad familiar monoparental).
  • Por inversión en vivienda habitual para jóvenes en pequeños municipios: 5% de las cantidades invertidas en adquisición, construcción o rehabilitación, con un máximo de 452 euros. 

📖 Para más información, consulta la Guía de deducciones de La Rioja.


Cómo has podido ver, cada comunidad autónoma en España ofrece sus propias deducciones fiscales en la declaración de la Renta, adaptadas a las necesidades específicas de sus ciudadanos. Esta deducciones pueden suponer un ahorro importante si se conocen y aplican correctamente.

  1. en respuesta a Luis Angel Hernandez
    -
    Nuevo
    #80
    17/05/18 13:36

    Muchísimas gracias

  2. en respuesta a anarb
    -
    Luis Ángel Hernández
    #79
    17/05/18 08:58

    Hola
    Las casillas 775 es para las personas que hayan recibido ayudas en 2017 para la vivienda protegida que no es tu caso. Y la casilla 776 es para aquellos que en el periodo impositivo 2017 hayan realizado la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual protegida.

    Saludos

  3. Nuevo
    #78
    16/05/18 12:27

    Hola necesito ayuda, Yo compre mi vivienda protegida en el año 2011 y ya no estoy recibiendo ninguna ayuda queria saber si yo tengo que rellenar las casillas 775 y 776 o no. No lo comprendo muy bien, necesito ayuda. Gracias

  4. en respuesta a Dixit
    -
    #77
    08/05/18 12:44

    Buenos días Dixit,
    Tu caso es muy particular, lo que te recomendaría es que fueras a hacienda personalmente para consultarlo, ya que hay veces que a través del programa es complicado reflejar estas situaciones.
    Un saludo

  5. #76
    01/05/18 21:08

    Buenas tardes,

    Necesito ayuda con una casilla en relación a deducción por obras de mejora en viviendas.

    En el año 2017 realicé obras de mejora en la vivienda habitual, pero no se lo contraté todo a un promotor sino que lo contraté yo por diferentes oficios (creo que actué como "autopromotor" si no me equivoco).
    El problema viene cuando en la casilla 866 del apartado "Deducciones autonómicas" en este caso las de Cantabria, sólo me deja introducir un NIF y un importe. Y claro la factura mas elevada que tengo es el 50% dela suma de todas las facturas.

    Con una de las facturas, llegaría al máximo para deducirme este año, pero para los 2 siguientes(que me permite deducirme) no llegaría.

    ¿Como lo podría hacer?
    Muchas gracias.

  6. en respuesta a Luis Angel Hernandez
    -
    Nuevo
    #75
    27/04/18 15:23

    Hola, muchas gracias por la respuesta.
    Saludos

  7. en respuesta a Basiman30
    -
    #74
    27/04/18 13:20

    Buenas tardes basiman30,
    ¿Te refieres a cómo tributa el derecho de devolución de parte de la cuota abonada en el Impuesto de Hidrocarburos?

  8. Nuevo
    #73
    27/04/18 11:41

    Buenas soy jose de castilla la mancha, me gustaria saber en que numero casilla hay que poner el iva del gasoleo agricola. gracias

  9. en respuesta a Lorena Vargas
    -
    Luis Ángel Hernández
    #72
    27/04/18 11:22

    Hola
    Como dices en Canarias no pone limitación por lo te la podrías aplicar si tiene fecha de 2017 si cumples el resto de requisitos.

    Saludos

  10. Nuevo
    #71
    25/04/18 12:36

    Buen día, para la deducción de alquiler de vivienda hab en Canarias, puedo aplicarla si el contrato tiene fecha del 2017. Ya que he revisado y en Catalunya si refleja fecha antes del 1/01/2015 pero en Canarias no veo que indique rango de fechas. Gracias

  11. en respuesta a Halamadrid1765
    -
    Luis Ángel Hernández
    #69
    18/04/18 16:57

    Las cantidades recibidas como subvención se consideran ganancias patrimoniales. En Castilla la Mancha no encuentro ninguna deducción por rehabilitación de edificio histórico.

    Saludos

  12. Nuevo
    #68
    18/04/18 12:20

    Buenos dias, vivo en Toledo. En la comunidad de vecinos recibimos una subvencion del ayuntamiento y de la Junta para la rehabilitación de todo el edificio. Me han otorgado algo mas de 21.000 €, del coeficiente de participación y no me deja añadir al borrador la reducción de 3.700 € por obtención de rendimiento neto ya que mis retibuciones son de 8.741 € anuales. Es posible que la subvencion la recoja como renta y no me deje por ser superior a 14.000 € como marcan...?
    Puedo deducir por la rehabilitación de edificio en una ciudad como Toledo que es Patrimonio Mundial de la Unesco...? Tengo entendido que seria el 15 %. En que casilla tendría que añadir y que aplicaría el porcentaje..? A la cantidad de la subvencion o al resultado de la cuota integra..?
    Muchas gracias.

  13. en respuesta a Jmcocama
    -
    Luis Ángel Hernández
    #67
    16/04/18 10:04

    Los requisitos de la deducción autonómica de Madrid son los que te añado en la foto. No creo que te puedas aplicar esta deducción debido a que el piso es de tus padres, es decir en todo caso ellos son los que te están acogiendo a ti, no tu a ellos.

  14. Nuevo
    #66
    13/04/18 15:27

    Hola, vivo con mis padres en casa de ellos en Torrejón de Ardoz (Madrid), mientras me entregan el piso nuevo que he comprado. Necesito saber si alguien me puede indicar si puedo deducirme por alguno de ellos, ya que ambos tienen una discapacidad reconocida del 33% y tienen incapacidad absoluta total e incapacidad absoluta total respectivamente. Según me comentan en Hacienda, al tener ingresos superiores cada uno de ellos por separado superiores a 8.000€ brutos anuales, no hay posibilidad de deducirme por ninguno de ellos. Me lo podéis aclarar, porque he visto esta casilla 955 en la declaración de la renta de las deducciones de la comunidad de Madrid y no sé si me puedo acoger a ella.
    •Acogimiento no remunerado de mayores de 65 años y/o discapacitados (casilla 955)

  15. en respuesta a Tamara Ra
    -
    Luis Ángel Hernández
    #65
    11/04/18 12:59

    Entonces es como yo pensaba, la verdad que la ley deja a entrever esa aplicación, no se porque la AEAT comunica otra cosa.
    Gracias por compartirlo

  16. en respuesta a Luis Angel Hernandez
    -
    #64
    11/04/18 12:58

    Me han dicho en una gestoria que tengo que poner 1, porque el otro declarante no tiene derecho a la deducción, y por tanto, tanto en individual como en conjunto, bajo esta premisa, solo hay 1 declarante con derecho a deducción

  17. en respuesta a Tamara Ra
    -
    Luis Ángel Hernández
    #63
    11/04/18 12:23

    Es que la ley solo pone personas con derecho a deducción pero el tema está en que si uno de los dos no tiene derecho no debería incluirse pero claro esa es mi opinión

  18. en respuesta a Luis Angel Hernandez
    -
    #62
    11/04/18 12:18

    La chica que me atendió por teléfono me dijo que tenía que poner 2, y por tanto aplica el 50%

  19. en respuesta a Tamara Ra
    -
    Luis Ángel Hernández
    #61
    11/04/18 12:11

    Esto es una duda que está teniendo muchas personas en el foro, casi todos están poniendo en estos casos personas con derecho a deducción 1 y se aplican el 100% uno de los progenitores. Si contactas con hacienda por esta deducción te agradecería que la publicarás por esta vía.

    Saludos

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