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Deducciones autonómicas para la declaración de la Renta 2024-2025

Deducciones autonómicas para la declaración de la Renta 2024-2025

Descubre todas las deducciones autonómicas disponibles en la Declaración de la Renta 2024-2025, organizadas por comunidad autónoma. Ahorra en tu IRPF aprovechando los beneficios fiscales de tu región.
En la declaración de la renta 2024-2025, los contribuyentes tienen derecho a aplicar diversas deducciones autonómicas específicas según su comunidad autónoma de residencia. Estas deducciones pueden ser completamente estatales, compartidas con las autonomías o totalmente autonómicas, lo que implica que una deducción aplicable en una comunidad puede no serlo en otra.

Comunidades Autónomas España

Deducciones autonómicas en la Declaración de la Renta

A continuación, te mostramos las deducciones autonómicas aplicables en cada comunidad autónoma para la declaración del IRPF 2024-2025. Cada sección incluye las posibles deducciones y puedes encontrar un enlace a la página específica de la Agencia Tributaria para más información.

Deducciones para la declaración de la Renta: Andalucía

Los contribuyentes andaluces pueden aplicar las siguientes deducciones:

  • Por familia numerosa: 200 euros para categoría general y 400 euros para categoría especial.
  • Por nacimiento o adopción de hijos: 50 euros por cada hijo nacido o adoptado.
  • Por adopción internacional de hijos: 600 euros por cada hijo adoptado internacionalmente.
  • Por ayuda doméstica: 15% de las cantidades satisfechas con un límite de 250 euros.
  • Por alquiler de vivienda habitual para jóvenes: 15% de las cantidades satisfechas con un límite de 500 euros.

📖 Para más información, consulta la Guía de deducciones autonómicas de Andalucía.

Deducciones para la declaración de la Renta: Aragón

En Aragón, las deducciones incluyen:

  • Por nacimiento o adopción del tercer hijo y sucesivos: 500 euros por cada hijo.
  • Por adopción internacional: 600 euros por cada hijo adoptado internacionalmente.
  • Por cuidado de personas dependientes: 150 euros por cada persona mayor de 75 años o con discapacidad.
  • Por adquisición de vivienda habitual en núcleos rurales: 5% de las cantidades satisfechas con un límite de 4.000 euros.

📖 Para más detalles, visita la Guía de deducciones autonómicas de Aragón.

Deducciones para la declaración de la Renta: Principado de Asturias

Los residentes de Asturias pueden beneficiarse de:

  • Por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años: 500 euros por cada persona acogida.
  • Por adopción internacional: 1.010 euros por cada hijo adoptado internacionalmente.
  • Por partos o adopciones múltiples: 500 euros por cada hijo.
  • Por familias monoparentales: 300 euros.
  • Por gastos de guardería: 15% de las cantidades satisfechas con un límite de 330 euros por hijo.

📖 Consulta la Guía de deducciones autonómicas de Asturias para más información.

Deducciones para la declaración de la Renta: Illes balears

En las Islas Baleares, las deducciones comprenden:

  • Por discapacidad del contribuyente o descendientes: 80 euros por cada contribuyente o descendiente con discapacidad.
  • Por gastos de adquisición de libros de texto: 100% de las cantidades satisfechas con un límite de 220 euros por hijo.
  • Por gastos de aprendizaje extraescolar de idiomas extranjeros: 15% de las cantidades satisfechas con un límite de 110 euros por hijo.
  • Por cursar estudios de educación superior fuera de la isla de residencia habitual: 1.500 euros por cada hijo.

📖 Para más detalles, visita la Guía de deducciones autonómicas de Illes Balears.

Deducciones para la declaración de la Renta: Canarias

Los contribuyentes canarios pueden aplicar las siguientes deducciones:

  • Por nacimiento o adopción: 200 euros por el primer o segundo hijo, 400 euros por el tercero, 600 euros por el cuarto y 700 euros por el quinto y sucesivos.
  • Por gastos de guardería: 15% de las cantidades satisfechas con un límite de 400 euros por cada hijo menor de 3 años.
  • Por gastos de enfermedad: 10% de las cantidades satisfechas con un límite de 600 euros en tributación individual y 840 euros en conjunta.
  • Por contribuyentes con discapacidad y mayores de 65 años: 300 euros por cada contibuyente.
  • Por familia numerosa: 450 euros para categoría general y 600 euros para categoría especial.
  • Por traslado de residencia a otra isla por motivos laborales: 300 euros.

📖 Para más información consulta la Guía de deducciones autonómicas de Canarias.

Deducciones para la declaración de la Renta: Cantabria

Los contribuyentes cántabros pueden beneficiarse de las siguientes deducciones:

  • Por arrendamiento de vivienda habitual para jóvenes: 20% de las cantidades satisfechas, con un límite de 300 euros anuales, para contibuyentes menores de 35 años.
  • Por gastos en guraderías y centros de educación infantil: 15% de los gastos, con un límite de 300 euros por cada hijo menor de tres años.
  • Por acogimiento familiar de menores: 240 euros por cada menor en régimen de acogimiento familiar.

📖 Para más información, consulta la Guía de deducciones autonómicas de Cantabria.
 

Deducciones para la declaración de la Renta: Castilla- La Mancha

En Castilla-La Mancha, las deducciones incluyen:  

  • Por nacimiento o adopción de un hijo: 150 euros por cada hijo nacido o adoptado.
  • Por gastos en adquisición de libros de texto y enseñanza de idiomas: 100% de las cantidades satisfechas, con un límite de 100 euros por hijo.
  • Por arrendamiento de vivienda habitual para jóvenes: 15% de las cantidades satisfechas, con un límite de 450 euros anuales, para contribuyentes menores de 36 años.

📖 Para más información, consulta la Guía de deducciones autonómicas de Castilla-La Mancha

Deducciones para la declaración de la Renta: Castilla y León

Los residentes de Castilla y León pueden aplicar las siguientes deducciones:

  • Por nacimiento y adopción de hijos: 1.010 euros por el primero, 1.575 euros por el segundo y 2.351 euros por el tercero y sucesivos.
  • Por familia numerosa: 500 euros para categoría general y 1.000 euros para categoría especial.
  • Por gastos en adquisición de libros de texto: 100% de las cantidades satisfechas, con un límite de 220 euros por hijo.
  • Por alquiler de vivienda habitual para jóvenes: 20% de las cantidades satisfechas, con un límite de 459 euros anuales, para contribuyentes menores de 36 años.

Deducciones para la declaración de la Renta: Cataluña

Los contribuyentes catalanes pueden beneficiarse de:

  • Por nacimiento o adopción de un hijo: 150 euros por cada hijo nacido o adoptado.
  • Por alquiler de vivienda habitual para jóvenes: 10% de las cantidades satisfechas, con un límite de 300 euros anuales, para contribuyentes menores de 32 años.
  • Por rehabilitación de la vivienda habitual: 1,5% de las cantidades invertidas en la rehabilitación de la vivienda habitual.

📖 Para más detalles visita la Guía de deducciones autonómicas de Cataluña.

Deducciones para la declaración de la Renta: Comunidad Valenciana

Los residentes en la Comunidad Valenciana pueden aplicar las siguientes deducciones:

  • Por nacimiento o adopción de hijos: 270 euros por cada hijo nacido o adoptado.
  • Por conciliación del trabajo con la vida familiar: 418 euros por cada hijo mayor de tres años y menor de cinco años.
  • Por arrendamiento de vivienda habitual: 15% de las cantidades satisfechas, con un límite de 550 euros anuales.
  • Por gastos en guarderías y centros de educación infantil: 15% de los gastos, con un límite de 270 euros por cada hijo menor de tres años.

Deducciones para la declaración de la Renta: Extremadura

En Extremadura, las deducciones comprenden:​ 

  • Por nacimiento o adopción de hijos: 300 euros por cada hijo nacido o adoptado.​
  • Por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual en núcleos rurales: 15% de las cantidades invertidas, con un límite de 9.000 euros.​
  • Por arrendamiento de vivienda habitual para jóvenes: 5% de las cantidades satisfechas, con un límite de 300 euros anuales, para contribuyentes menores de 36 años.
 
📖 Para más información, consulta la Guía de deducciones autonómicas de Extremadura.

Deducciones para la declaración de la Renta: Galicia 

Los contribuyentes gallegos pueden beneficiarse de:​ 

  • Por nacimiento o adopción de hijos: 300 euros por el primero, 360 euros por el segundo y 1.200 euros por el tercero y sucesivos.​
  • Por familia numerosa: 250 euros para categoría general y 400 euros para categoría especial.​
  • Por alquiler de vivienda habitual para jóvenes: 10% de las cantidades satisfechas, con un límite de 300 euros anuales, para contribuyentes menores de 35 años.
 
📖 Para más información, consulta la Guía de deducciones autonómicas de Galicia

Deducciones para la declaración de la Renta: Comunidad de Madrid

Los contribuyentes madrileños pueden beneficiarse de una variedad de deducciones autonómicas : 

  • Por nacimiento de hijos: 600 euros por el primero, 750 por el segundo, 900 euros por el tercero y sucesivos.
  • Por acogimiento familiar de menores: 600 euros por cada menor en régimen de acogimiento.
  • Por arrendamiento de vivienda habitual: 30% de las cantidades satisfechas con un límite de 1.200 euros para menores de 35 años, personas con discapacidad o víctimas del terrorismo o violencia de género.
  • Por gastos educativos: 15% de los gastos de escolaridad, 10% por enseñanzas de idiomas, 5% por adquisición de vestuario escolar. El límite es de 400 euros por hijo (900 euros si hay gastos de escolaridad)

📖 Para más información, consulta la Guía de deducciones autonómicas de la Comunidad de Madrid

Deducciones para la declaración de la Renta: Región de Murcia

Los contribuyentes murcianos pueden beneficiarse de las siguientes deducciones:
 
  • Por nacimiento o adopción de hijos: 100 euros por el primer hijo, 200 por el segundo y 300 por el tercero y sucesivos.
  • Por adquisición de material escolar y libros de texto: 100% de las cantidades satisfechas, con un límite de 120 euros por cada hijo.
  • Por guardería: 20% de las cantidades satisfechas por gastos de custodia de hijos menores de 3 años, con un límite de 1.000 euros anuales por hijo.
  • Por inversión en vivienda habitual para jóvenes: 5% de las cantidades invertidas, siempre que no se hayan cumplido los 35 años y se cumplan determinados requisitos económicos.
  • Por alquiler de vivienda habitual: 10% de las cantidades satisfechas, con un máximo de 300 euros. 

📖 Para más información, consulta la Guía de deducciones de la Región de Murcia.

Deducciones para la declaración de la Renta: La Rioja

 Los residentes de La Rioja pueden aplicar las siguientes deducciones: 

  • Por nacimiento o adopción de hijos: 120 euros por cada hijo nacido o adoptado, siempre que la base liquidable no supere determinados límites.
  • Por gastos en escuelas infantiles, centros de educación infantil y/o personal contratado para el cuidado de hijos menores de 3 años: 30% de los gastos con un límite de 600 euros anuales por cada hijo menor de 3 años.
  • Por arrendamiento de vivienda habitual por jóvenes y discapacitados: 10% de las cantidades satisfechas, con un límite de 300 euros (500 euros en caso de discapacidad o unidad familiar monoparental).
  • Por inversión en vivienda habitual para jóvenes en pequeños municipios: 5% de las cantidades invertidas en adquisición, construcción o rehabilitación, con un máximo de 452 euros. 

📖 Para más información, consulta la Guía de deducciones de La Rioja.


Cómo has podido ver, cada comunidad autónoma en España ofrece sus propias deducciones fiscales en la declaración de la Renta, adaptadas a las necesidades específicas de sus ciudadanos. Esta deducciones pueden suponer un ahorro importante si se conocen y aplican correctamente.

  1. en respuesta a Luis Angel Hernandez
    -
    #60
    11/04/18 12:03

    Muchas gracias.
    Y otra duda, la desgravación por hijo de 270 euros...
    Si mi marido no puede optar a ella porque supera el limite de base liquidable general y de la base liquidable del ahorro, yo puedo poner el importe integro? o tengo que dividirlo entre 2?
    Porque no se si donde pone "Nº de declarantes que tienen derecho a aplicar la deducción" tengo que poner 1 o 2. El hijo es de ambos, pero como el no tiene derecho a aplicar la deducción porque nc cumple los criterios..o no se si aqui hay que poner 2, con independencia de que cumpla o no.
    Muchas gracias por su tiempo

  2. en respuesta a Tamara Ra
    -
    Luis Ángel Hernández
    #59
    11/04/18 11:49

    Hola
    La información la saque del manual práctico de la renta a partir de la página 736.

  3. en respuesta a Luis Angel Hernandez
    -
    #58
    11/04/18 11:31
  4. en respuesta a Tamara Ra
    -
    Luis Ángel Hernández
    #57
    11/04/18 08:44

    Hola
    Te comparto los requisitos que dispone la ley

  5. en respuesta a Ricardo35
    -
    Luis Ángel Hernández
    #56
    11/04/18 08:35

    Hola
    En el caso de la deducción por alquiler no influye la fecha del contrato. Solo tienes que cumplir los requisitos que disponen allí.

    Saludos

  6. Nuevo
    #55
    11/04/18 00:07

    Hola. ¿Podría acogerme a la deducción autonómica de vivienda habitual en alquiler en Galicia cumpliendo los requisitos que allí se establecen aunque el contrato sea posterior a 1 de enero de 2015?
    Gracias.

  7. #54
    10/04/18 19:05

    En el caso de la deduccion por compra de vivienda para menores de 35 en la comunidad valenciana...es necesario cumplir tb la normativa estatal? Es decir, comprar la vivienda antea de 2012? Porque la chica que me ayudo hoy por telefono me dijo eso...y yo esa condicion no la he leido por ningun sitio.
    Muchas gracias

  8. en respuesta a Isaaacm94
    -
    Luis Ángel Hernández
    #53
    10/04/18 14:44

    Hola
    Existe una deducción para la Comunidad de Madrid por alquiler de vivienda para menores de 35 años. Te envío una imagen con los requisitos para poder aplicartela

  9. en respuesta a Erika Gómez Viedma
    -
    Luis Ángel Hernández
    #52
    10/04/18 14:41

    Exacto en algunas deducciones no deja modificar esa cantidad.

  10. en respuesta a Luis Angel Hernandez
    -
    #51
    10/04/18 14:10

    Si, puedo poner 1. Entonces, ¿si no pudiera beneficiarse del 100% automáticamente no me ejaria poner sólo 1?

  11. en respuesta a Erika Gómez Viedma
    -
    Luis Ángel Hernández
    #50
    10/04/18 14:05

    Corrijo mi comentario anterior lo ideal es que el hiciera declaración conjunta tu pareja incluyendo al hijo en común y aplicar entonces el porcentaje. Cuando presente el borrador en la casilla 985 indique la cantidad de personas que tienen derecho a la deducción y mire si le deja poner 1, en caso contrario solo se podrá aplicar el 50%

    http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Campanas/_Campanas_/_comp_Renta/_INFORMACION/Ayuda/_Preguntas_frecuentes_generales_sobre_el_IRPF_/_Cuando_procede_presentar_declaracion_por_tributacion_conjunta_.shtml

  12. en respuesta a u153682
    -
    Luis Ángel Hernández
    #49
    10/04/18 13:55

    Hola
    Puede ser que no cumplas las requisitos para poder aplicarte esa deducción
    Te paso una imagen de todos los requisitos que hay que cumplir sobre todo ten en cuenta los requisitos económicos.

  13. en respuesta a Luis Angel Hernandez
    -
    #48
    10/04/18 13:53

    Pero si no estamos casados, podemos hacerla conjunta?

  14. #46
    09/04/18 23:00

    ¡Hola!
    Tengo una hija en común con mi pareja pero no estamos casados aunque si vivimos juntos, la niña nació en 2016 y en la renta de ese año hicimos la declaración los 2 individualmente, ya que yo seguía dada de alta en la empresa donde trabajaba hasta que finalizó mi baja de maternidad y pedí una excendencia. La renta del 2017 sólo la hará el padre, puesto que yo ya no trabajo. Según la deducción autonómica de la comunidad valenciana por nacimiento de hijos tenemos derecho a 270€ durante los 3 primeros años, eso lo declararía el padre este año pero ¿tiene que declararlo él toda la parte ya que yo no hago declaración o solo el 50% por ser uno de los 2 progenitores (independientemente si el otro trabaja o no)?

  15. #45
    07/04/18 23:52

    Hola,
    Soy trabajadora gallega por cuenta ajena con un hijo menor de 3 años. En la casilla 940 indico el importe total (año 2017) de la guardería ( cuidado de menores) y al pinchar en resumen de la declaración, veo que no suma ninguna cantidad al total (en mi caso serían 400€ a mayores)
    Sabéis porque? Es normal?

  16. en respuesta a Luis Angel Hernandez
    -
    Nuevo
    #44
    07/04/18 01:17

    Buenas, estaba realizando la declaración de la renta y me ha surgido una duda. En mayo de 2017 comencé a estar de alquiler en la comunidad de Madrid (depositando la fianza en la Comunidad de Madrid). Se que en el apartado de deducciones estatales no tengo derecho a solicitarlo por ser la fecha del contrato posterior a 2015, pero me habian comentado que en deducciones autonómicas si podría registrarlo, no se si me han informado bien. El problema es que no me da opción introducir los datos en la deducción estatal en anexo B.6 (página 46) , es decir, no sale el "lápiz". Le agradezo su ayuda de antemano. Un saludo.

  17. en respuesta a Franjavierespinosa
    -
    Luis Ángel Hernández
    #43
    06/04/18 08:52

    Te comparto la siguiente imagen con todas las condiciones y requisitos para poder aplicarse esa deducción

  18. en respuesta a Luis Angel Hernandez
    -
    Nuevo
    #42
    05/04/18 23:03

    Muchas gracias por tu respuesta!

  19. en respuesta a Luis Angel Hernandez
    -
    Nuevo
    #41
    Ruben31
    05/04/18 21:16

    Comunidad de madrid,pues me han dicho que es para menores de 35 que si cumplea en el aaño los 35 ya no optas y yo le dicho que y si los cumplea el 31/12/17 te fastidias y no tienes derecho a deduccion y me han dicho que no que asi es...

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