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  1. Nuevo
    #260
    04/10/14 19:35

    Hola,buenas tardes,soy pensionista por incapacidad permanente y absoluta,me han dado una indemizacion de un seguro colectivo por importe de 72000 €.,de esta cantidad me han retenido 20880,con lo cual he cobrado 51120€.¿Tengo derecho a la devolucion de la retencion en la próxima declaracion de la renta?
    Gracias

  2. Nuevo
    #259
    25/09/14 20:49

    Hola buenas tardes.

    No hago declaracion de la renta por ser pensionista y no llegar al maximo de declarar. La pregunta es que habiendo comprado un piso de segunda vivienda como hago para pagar a el impuesto a Acienda.
    Gracias

  3. en respuesta a yunkash
    -
    Top 100
    #257
    18/08/14 10:24

    Buenos días,

    En este artículo se explica la Reducción por movilidad geográfica: declaración de la renta. Deberías haber estado inscrita en la oficina de empleo de Santiago para poder acreditar el cambio de residencia, y por tanto la movilidad geográfica.

    Por lo que comentas, parece que no tienes derecho a aplicar esta reducción, pero te recomiendo que lo consultes con un asesor fiscal especializado en el tema.
    Un saludo,

  4. Nuevo
    #256
    16/08/14 18:13

    Buenas tardes! Creo que cumplo los requisitos para la reducción geografica pero no estoy segura. Yo trabajaba en Santiago , se me terminaba el contrato y empece a buscar trabajo. Encontré una empresa en Pontevedra que quería que empezara a trabajar al dia siguiente de yo terminar pero necesitaban que estuviera inscrita en inem. Como tenian tanta prisa me inscribí en el inem de Pontevedra y al dia siguiente empecé a trabajar. Tengo contrato de alquiler pero mi duda es si cumplo los requisitos por haberme anotado en el inem de Pontevedra y no en el de Santiago ( aunque solo estuve inscrita un dia).

    Muchas gracias y un saludo

  5. #255
    06/08/14 19:11

    Hola tengo un amigo Panameño que hace 2 años recupero la nacionalidad Española gracias a su padre, solo tiene el pasaporte pero nunca ha solicitado el DNI. El tiene una cuenta en el Banco Santander con un monto apreciable, se dedica a manejarla por internet haciendo compra/venda de acciones de empresas Españolas, y de los dividendos que le depositan, siempre le retienen el 21%, pero en relación a las plusvalías, el dice que NO tiene obligación de hacer declaración del IRPF, por tener condición de NO residencia en España, que ademas no sabría como hacer la declaración y nunca se la han exigido de hacienda ni del mismo banco.
    Yo pienso que mi amigo si esta equivocado, que si debe hacer declaración del IRPF y que si no lo hace, el día que haga un viaje a España lo pueden poner preso por evasor de impuestos, ¿Estoy yo en lo correcto o sera que mi amigo tiene la razón?

  6. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #254
    02/07/14 16:51

    gracias, es que es la primera vez que me ha pasado esto y me he cagado , porque se meten con los pobres que no tenemos nada, y a los que tienen nada, y me da panico

  7. en respuesta a Mayoliz
    -
    Top 100
    #253
    02/07/14 16:50

    Si está todo correcto no te preocupes, seguro que en poco tiempo cambia el estado de tu declaración de la renta y te hacen la devolución.
    Un saludo,

  8. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #252
    02/07/14 16:30

    si los datos que tiene la AEAT, son los que yo volque desde internet al programa padre, por eso estoy asustada , lo unicio que tenia que poner era lo de la hipoteca que no se puede meter todo nada mas que un 47% y los modulos, pero eso siempre es igual, por eso me da miedo ,

  9. en respuesta a Mayoliz
    -
    Top 100
    #251
    02/07/14 10:54

    Buenos días,

    Por lo que comentas, parece que han cruzado tus datos fiscales con lo que tu has aportado y algo no coincide. Revísalo de nuevo y acude a una oficina de la Agencia Tributaria, esto puede pasar porque hayas aplicar la deducción por vivienda habitual o cualquier otra deducción.

    Pero no significa nada malo, solo que la Agencia Tributaria está comprobando que los datos que tu has aportado son correctos.
    Un saludo,

  10. #250
    01/07/14 22:25

    hola buenas tardes queria a ver si me puedes ayudar Amparo :

    llevo mas de 1 mes con lo mismo puesto cuando miro lo de la devolucion de la renta 2013 siempre ponia esto :
    Su declaración se está tramitando
    y ahora mismo he mirado y ha cambiado y me pone esto :
    Su declaración se está tramitando, si lo desea puede consultar sus imputaciones mediante la facilidad CONSULTAR DATOS FISCALES y contrastarlas con los datos consignados en la misma.
    Alguien puede decirme o sabe que significa?,
    Que es eso de imputaciones ? , quiere decir que no me van a devolver ? que me estan imputando ? ayuda por favor.

  11. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #249
    26/06/14 14:30

    Muchas gracias por su respuesta. Seguiré sus consejos.
    Un saludo.

  12. en respuesta a jemutra
    -
    Top 100
    #248
    26/06/14 10:42

    Buenos días,

    En este artículo se explica como tributan las participaciones preferentes y subordinadas en la Declaración de la Renta 2013.

    En casos tan concretos, lo mejor es que te expliquen en tu entidad bancaria o un asesor fiscal experto cómo tienes que tributar por estas operaciones.
    Un saludo,

  13. #247
    26/06/14 08:08

    Un saludo a todos, soy nuevo y espero que este primer post y sobre todo las respuestas que genere sean una buena ayuda.
    Invertí 20.000€ en O.Subordinadas. En el proceso de canje/liquidez auspiciado por el FROB, se canjearon por acciones compradas por 18.000€. Su posterior venta para obtener liquidez fue por 15.500€.Proceso realizado en el 2013.
    Se solicitó arbitraje que no concedieron, más tarde se solicitó conciliación en el juzgado previa a demanda y no hubo avenencia por parte de la Entidad. En junio de este año 2014, me propusieron un acuerdo transacional por el cual me devolvieron 4000€, así pierdo 500€ en total.
    Mis preguntas son:
    1º.- En la compra de acciones se produce un rendimiento de capital mobiliario negativo de -2000€ a reflejar en la casilla 25 (Renta 2013).
    2º.- Con la venta de acciones se produce una pérdida patrimonial generada en menos de un año que se reflejará en la página 9 del siguiente modo: en la casilla 264 activar la clave 5. Casillas 267 y 268, las fechas de transmisión y adquisición de las acciones y en las casillas 271 y 272 la pérdida patrimonial de 2500€ (Renta 2013).
    3º.- Para la Renta del próximo año 2014 ¿habrá que reflejar en la casilla 25 como rendimiento de capital mobiliario positivo los 4000€ devueltos tras el acuerdo?, tal como expone Consumerista con la respuesta vinculante dada por la Inspección Gral de Tributos en su respuesta ante acuerdos extrajudiciales, V2534-12. El caso es que de no incluir nada de todo esto en la Renta (puntos 1º y 2º) a incluirlos, existe una diferencia de unos 400€ y si tengo que abonar el 21% de los 4000€ para el 2014, son 840€ a pagar y salgo perjudicado en 440€ ¿Puede ser esto así?¿Y de ser así, porqué tengo que tributar por la devolución de algo que ya era mío, pues aunque me desgrava en el 2013, tendría que pagar en el 2014 más de lo desgravado, ¿sería esto así?
    4ºLos 500€ perdidos en total tras el acuerdo con el banco ¿no se contemplarían para el 2014 al estar incluida la pérdida en la Renta del 2013?
    ¿No sería más fácil para todos, sres. de Hacienda, considerar estos acuerdos como laudos?
    Gracias de antemano por la respuesta.
    Nota: Números redondos para facilitar las operaciones. No se menciona el banco por cláusula de confidencialidad en el acuerdo.

  14. en respuesta a lourdesalvarez
    -
    Top 100
    #246
    19/06/14 08:47

    Bienvenida a Rankia Lourdes,

    ¿Tienes derecho a qué? Tienes que considerar como vivienda habitual aquella dónde hayas pasado más de 183 días al año, y esa es la que tendrás que incluir en tu Declaración de la Renta.

    Un saludo,

  15. #245
    18/06/14 13:58

    HOLA! Tengo una duda con el concepto de "residencia habitual", yo llevaba viviendo en Talavera de laReina durante cuatro años, pagando un alquiler y trabaando, pero no estaba empadronada, durante este periodo unicamente 6 meses estuve en villanueva de la serena y sgui pagando mi alquilr de piso en talavera puesto que volvi en Octubre segui viviendo en la que era mi residencia desde hacia cuatro años... ahora me han ofrecido trabajo en Cáceres y si que me he trasladado aqui donde estoy empadronada es aqui en caceres, y estaba en el paro cuando me ofrecen el trabajo, tengo derecho aunque no estuviese empadronada en el municipio en el que se encontraba mi residencia habitual durante cuatro años?
    gracias anticipadas

  16. en respuesta a lamarga789
    -
    Top 100
    #244
    13/06/14 09:44

    Buenos días,

    Los cálculos no se harían así, es mejor calcularlo con el programa PADRE porque es posible que puedas aplicarte deducciones y reducir la cuota a pagar. Es mejor que lo veas sobre el propio Programa PADRE.
    Un saludo,

  17. en respuesta a agonje1980
    -
    Top 100
    #243
    13/06/14 09:41

    Buenos días,

    En este artículo se explica la norma antiapliación: Compensación de pérdidas: Declaración de la renta

    Un saludo,

  18. #242
    lamarga789
    12/06/14 19:17

    gracias por tu respuesta haber si lo he entendido bien
    otro ejemplo: cobro el paro durante todo el año por importe de 11300 e y en ese año he vendido unas acciones que había comprado hace mas de un año por el que recibo 3000 de plusvalías. entonces tendría que pagar de irpf por un lado 11300-5000 aprox:6300 x24,750% =1559 y por oro lado debido a que son acciones a mas de un año se aplica 3000x21% =630 . se suman ambas catidades y en total lo que tendría que pagar a hacienda seria 2189 es esto correcto? se harian los cálculos de esta manera??

  19. Nuevo
    #241
    12/06/14 14:33

    hola, he obtenido mas perdidas que ganancias comprando acciones en decenas de operaciones de un mismo valor durante un mismo año, pasados mas de dos meses de la ultima venta, se compensan las perdidas con las ganancias?
    gracias un saludo.