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Este consultorio ya NO está activo porque el autor del blog se hartó de los gorrones pasivos que solo pretendían asesoramiento gratuito sobre las subastas de su interés.

Las subastas en España son una jungla en la que solo podemos penetrar los que estamos pertrechados de nuestros propios conocimientos. Quien todavía no los tenga, que los adquiera, que los compre o que contrate a profesionales del Derecho.

Los que se estén iniciando en este negocio que quieran hacer consultas, siempre de interés general, deben buscar algún post que trate sobre lo que ellos desean saber y ubicar allí su consulta. Siempre teniendo en cuenta que un blog NO es el sitio adecuado para hacer consultas particulares sino para opinar sobre los temas que propone el bloguero.

Las consultas de interés particular deben hacerse contactando por correo electrónico con los profesionales del sector que estén dispuestos a atenderlas. Además, yo recomiendo encarecidamente que cada cual consulte con su abogado. Que le pregunte y le pague la consulta, obviamente.

Lo repito, este consultorio ya NO está activo, y solo sigue colgado en la red para que los nostálgicos puedan repasar viejas consultas.

  1. #3120
    27/01/15 15:12

    Hola de nuevo, Pecks, mi interpretación es que la segunda fue una mera ampliación (con nuevas condiciones) de la primera, quizás ya por problemas de pago, y que la tercera sirvió para parar la ejecución del 2011, así que ninguna estará pagada y subirán un buen pico.
    Saludos,

  2. en respuesta a Jotaerre
    -
    #3119
    27/01/15 15:01

    Hola buenas. La primera hipoteca es del 2006 y 190000€, la segunda del 2008 y 25000€ y la tercera es del 2009 y 90000€. Todas del mismo banco, no se si son ampliaciones o una nueva cada vez,¿debería el banco haber cancelado la anterior al conceder una nueva?
    Y fijándome con más atención en la nota simple veo que también se expidió un certificado de dominio y cargas para la primera hipoteca,con fecha de 2011 y dos meses anterior al de la tercera hipoteca. ¿Que puede significar esto? ¿es posible que salga a subasta también por esta hipoteca o que ya se celebró y no hubo postores? ¿y el banco no hizo nada en ese caso?
    Saludos.

  3. #3118
    27/01/15 06:26

    Buenos días, Pecks, por las fechas tan próximas (nos falta la de la que se ejecuta, y los tres importes), y la evidencia de que al mismo banco no le hubiera costado nada cancelar la anterior al conceder las siguientes, parece claro que son ampliaciones, no tramitadas como tales porque debían cambiarse otras condiciones, así que estarán vigentes, falta saber con qué saldo.
    Saludos,

  4. en respuesta a Jotaerre
    -
    #3117
    26/01/15 22:56

    Gracias de nuevo.
    Las dos primeras hipotecas son del 2006 y del 2008, asi que son recientes. Intentaré en los próximos días averiguar algo ya sea a través del deudor o del letrado del banco, aunque no soy muy optimista respecto a esta subasta y es muy posible que esas hipotecas sigan vigentes....es decir no creo que vaya nadie a pujar!!
    Yo lo tengo clarísimo, si hay dudas o algo no está claro, lo mejor es dejarlo pasar y a por otra.
    Saludos.

  5. #3116
    26/01/15 20:53

    De nada, Pecks, y no tienes porqué disculparte.
    Con estudiar la nota simple, me refería a fechas e importes de las anteriores hipotecas, de lo cual sería lógico deducir lo improbable de que estén pagadas (pese a que el banco no las fuera ampliando, sino concediendo nuevas).
    Y, por preguntar a deudor y letrado del banco (cuyos datos te puede dar el procurador, éste no suele conocer los detalles), no pierdes nada.
    Saludos,

  6. en respuesta a Jotaerre
    -
    #3115
    26/01/15 20:05

    Muchas gracias Jotaerre por contestar y le pido disculpas por confundirme con su profesión.....igualmente lo importante es su ayuda desinteresada para con todos los usuarios de este blog. ¡De verdad que sus aportaciones son de gran ayuda! Gracias también a daniki.
    Pues en el edicto sólo sale lo típico: tal banco inicia proceso de ejecución hipotecaria contra tal persona, descripción de la finca y su tasación....y ya luego los diversos puntos que salen en todos los edictos: 5% para depósito, no consta situación posesoria del inmueble, si hubiera cargas anteriores el adjudicatario las asume,etc.....
    En el certificado de cargas que está en el juzgado aparecen las 3 hipotecas y al final del todo dice que la 3ª está subsistente y sin cancelar (es por la que sale a subasta la vivienda), de las dos primeras no dice nada.
    Y en la nota simple aparecen también las 3 hipotecas pero no dice nada de nada sobre ninguna respecto si estan canceladas esas dos primeras o aun vigentes.
    Por eso pienso que hablando con el deudor y propietario de la finca, él tendría que saberlo vamos....la cuestión es que lo demostrara con algun documento si estuvieran canceladas, no solo de palabra. ¿Es factible esto, alguien ha procedido así? ¿Obtuvo respuesta?
    También a raíz de tu comentario Jotaerre...en el edicto aparece el procurador que representa al banco en este proceso. ¿Es posible ponerse en contacto con él y preguntarle acerca de esas dos primeras hipotecas o cualquier otra cosa? Él debe saber todo esto, ¿no es así? ¿Y acceden a dar información los procuradores de los bancos o son reacios?

  7. en respuesta a Jotaerre
    -
    #3114
    26/01/15 13:20

    Jajaj, I know, y qué sería de todos nos sin tu ayuda y aportaciones...
    Me sumo a las gracias de Tristán

  8. en respuesta a daniki
    -
    #3113
    26/01/15 12:51

    Claro, daniki, pero me he limitado a dar posibles respuestas alternativas a su pregunta, sin garantizar el resultado final, ni que éste sea correcto, que ya bastante tengo con que Tristán me haya dejado "públicamente" en esta garita de guardia durante 2 semanas, con la responsabilidad que ello conlleva...;)

  9. en respuesta a Jotaerre
    -
    #3112
    26/01/15 12:39

    Yo en cambio no me fio nunca de la redacción del edicto aunque escriban "avalúo", porque hay secretarios que todavía parece que desconocen lo que significa y cómo se calcula.
    Por otro lado, a las dos partes en litigio les interesará que, a efectos de postura, las cargas anteriores sean inexistentes, y si no lo son, tampoco se desvivirán por dárselo a conocer a los posibles postores. Es verdad que se corre el riesgo de disuasión, y que también habrá algún día algún letrado sinvergüenza que manifieste que no existen cargas cuando sí las hay.
    Un saludo

  10. #3111
    26/01/15 09:38

    Buenos días, Pecks, pero conste que no soy subastero, sino abogado, no sé qué es peor...;)

    Creo que quizás podría deducirse (aparte de la demanda de ejecución) del propio edicto, o de la nota simple/certificación de cargas que mencionas). Como alternativa, a través del letrado que lleve la ejecución, ya que le debería interesar que la subasta sea lo más rentable posible.

    Saludos,

  11. #3110
    25/01/15 23:27

    Hola a todos.
    Soy nuevo por aquí aunque llevo leyendo el blog unas pocas semanas y me parece muy interesante y lo considero de gran ayuda en lo referente a las subastas.
    Dar las gracias al autor de este blog, Tristán, y a los demás usuarios que con sus aportaciones dan mucha información válida, y en especial a Jotaerre por lo mismo y en su condición de subastero experto que ayuda siempre que puede.
    Ahora, tengo unas cuestiones que publico aquí por si alguien es capaz de resolverlas o dar información al respecto.
    Quisiera saber como es posible saber al 100% y de forma totalmente fiable y segura, cuando una hipoteca o embargo está cancelado, es decir no subsistente. En estos días he consultado el expediente de una subasta que tendrá lugar a principios de Febrero. En el certificado de dominio y cargas aparecen 3 hipotecas con el mismo banco, y es la 3ª por la que sale a subasta la finca. Además posterior a las hipotecas hay un embargo de la Seguridad Social y otro de la Comunidad de vecinos. De la Seguridad Social no me preocupo porque se cancela al ser posterior, del embargo de la comunidad si porque es una carga preferente creo al igual que el IBI (en el caso de que hubiera recibos pendientes de pagar).
    Aunque mis dudas son acerca de como saber si las hipotecas están canceladas o no, me explico:
    La 3ª hipoteca es por la que sale a subasta. En el certificado de cargas al final dice que la hipoteca que causó la inscripción 10 está subsistente y sin cancelar. Es lógico, ya que es la 3ª hipoteca. Ésta tiene una tasación de 90000€ y la deuda total es de 91277. Pero la cuestión es que no dice nada acerca de las dos primeras hipotecas, si están canceladas o no o si siguen subsistentes. La primera tiene una tasación de 190000€ y la segunda 25000€. Los funcionarios del juzgado no supieron decirme algo con total seguridad, que creian que las dos primeras estaban canceladas al ser del mismo banco.....
    El siguiente paso fue pedir una nota simple en el registro. En la misma aparecian las mismas hipotecas y embargos que en el certificado de cargas del juzgado, pero en la nota simple tampoco decía nada de si las hipotecas estaban vigentes o canceladas. Incluso de la 3ª hipoteca tampoco ponía que estaba aun subsistente como si ponia en el certificado de cargas. Pregunté en el registro acerca de esto y me dijeron que al ser hipotecas anteriores, el posible adjudicatario tendría que asumirlas (esto ya lo sabía) y que al no decir nada pues se supone que esas dos hipotecas anteriores siguen vigentes y sin cancelar.
    Como no estaba conforme yo del todo y necesitaba saber si estaban canceladas o no, me dirigi al banco que concedió las hipotecas (Banco Popular) y pregunté. Me dijeron que esa información solo se la podían dar al cliente suyo que pidió el prestamo y generó las hipotecas. También me dijo que es posible que esas hipotecas estén canceladas económicamente pero no registralmente. Es decir que el deudor ya pagó las dos primeras hipotecas pero que no ha hecho la cancelación de hipotecas para inscribirlo después en el registro de la propiedad y que consté que ya están canceladas.
    Y después de toda esta larga historia que he contado asi estoy.....aun no sé al 100% si esas dos primeras hipotecas estan canceladas o aun vigentes. ¿Cómo es posible saberlo con seguridad? ¿Debería hacer una visita al dueño de la vivienda y deudor, y preguntarselo a él? Y como me lo podría demostar en el caso de que esten canceladas las hipotecas, ¿enseñandome el certificado de deuda cero que le da el banco o de qué forma? Y aparte de visitar al deudor hay alguna otra forma de averiguar esto??
    Espero que alguien pueda ayudarme o dar información sobre esto. Gracias.

  12. en respuesta a Jotaerre
    -
    #3109
    25/01/15 21:30

    Muchas gracias, Jotaerre.

  13. #3108
    25/01/15 21:23

    Buenas noches, Ruizja, haz lo que te dice el Juzgado, así tendrás un papel oficial que te evite futuros, aunque improbables, problemas.
    Saludos,

  14. #3107
    25/01/15 20:59

    Buenas noches, hace tiempo comente mi caso y ahora que tengo el decreto de adjudicación inscrito se me plantea una nueva duda, a ver que me decís. Como he dicho todo el procedimiento está acabado, el decreto inscrito pero no he pedido la posesión porque en la casa no vive nadie desde hace cuatro años y tengo las llaves porque me las dió el presidente de la comunidad de vecinos que las tenia, que era el ejecutante la comunidad de vecinos. Yo ya he entrado a la casa, de hecho la estoy reformando y va a vivir mi hermana, mi pregunta es la siguiente a ver que me recomendáis, el Oficial del Juzgado que llevaba el tema, me ha dicho que hiciera un escrito contando toda la historia de porque tengo las llaves y que he tomado posesión de la finca y que ya está que sin problemas, esta opción la veis bien, viable, os ha pasado alguna vez o tendría que pedir la posesión con mi hermana viviendo dentro o no hacer ya nada?
    Gracias por vuestro consejo.

  15. #3106
    24/01/15 08:40

    Hola, Beticus, en efecto, Tristán está actualmente al pie del cañón... de nieve artificial ;).
    Está caído el servidor, pero ignoro el motivo y si es temporal.
    Saludos,

  16. #3105
    24/01/15 08:07

    Hola a todos, especialmente a Tristán y a Jotaerre que están siempre al pie del cañón.

    He intentado acceder a la web de pública subasta pero en Google ya no aparece. ¿Ha cerrado?.

    Saludos y gracias.

  17. #3103
    22/01/15 10:38

    Buenos días, mtlc2012, te entiendo perfectamente, porque, en realidad, todo parte de la ignorancia de que, tanto vía penal (estafa) como civil, uno reclama lo que le deben, porque la vía penal incluye siempre la civil salvo que se renuncie expresamente.
    La única diferencia, pues, estriba en si la deuda proviene de un delito o no, y en el caso de la estafa, se define como la obtención de dinero mediante engaño suficiente.
    Y, en este caso concreto, pactar ante Notario que la otra parte pagará x dinero, no es una estafa sino un incumplimiento civil, ya que no hay engaño suficiente si podía evitarse fácilmente con otro tipo de pactos o garantías.
    Saludos,

  18. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #3102
    22/01/15 08:56

    Habéis tocado un tema interesante. ¿Qué es estafa? Aunque estoy de acuerdo con Fuzzylog me revienta que tanto Tristán como Jotaerre tuvieran razón.

    Hay una gran diferencia en muchos conceptos jurídicos entre lo que entiende el ciudadano de a pie y los expertos.

  19. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #3101
    21/01/15 22:03

    Muchas gracias Jotaerre y Tristan, habrá que probar suerte!


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