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Este consultorio ya NO está activo porque el autor del blog se hartó de los gorrones pasivos que solo pretendían asesoramiento gratuito sobre las subastas de su interés.

Las subastas en España son una jungla en la que solo podemos penetrar los que estamos pertrechados de nuestros propios conocimientos. Quien todavía no los tenga, que los adquiera, que los compre o que contrate a profesionales del Derecho.

Los que se estén iniciando en este negocio que quieran hacer consultas, siempre de interés general, deben buscar algún post que trate sobre lo que ellos desean saber y ubicar allí su consulta. Siempre teniendo en cuenta que un blog NO es el sitio adecuado para hacer consultas particulares sino para opinar sobre los temas que propone el bloguero.

Las consultas de interés particular deben hacerse contactando por correo electrónico con los profesionales del sector que estén dispuestos a atenderlas. Además, yo recomiendo encarecidamente que cada cual consulte con su abogado. Que le pregunte y le pague la consulta, obviamente.

Lo repito, este consultorio ya NO está activo, y solo sigue colgado en la red para que los nostálgicos puedan repasar viejas consultas.

  1. en respuesta a Jotaerre
    -
    #3300
    16/03/15 11:57

    Muy curioso la entrada comentario de este blog: http://sanchezbermejo.com/derechos-de-tanteo-y-de-retracto/

    El Retracto también lo puede ejercer el inquilino, es decir, que al ir a subasta cuidadín que el inquilino también te puede virlar la propiedad (a no ser que se especifique en el contrato lo contrario).

  2. #3299
    13/03/15 11:07

    Ahí es donde puede estar la batalla: si en el acta ya se aprobó el remate, si la aprobación fue posterior pero se puede presumir que la conociste, etc...

    Y edito para enlazar uns STS sobre el tema:

    http://portaljuridico.lexnova.es/jurisprudencia/JURIDICO/210118/sentencia-ts-509-2013-sala-1-de-22-de-julio-retracto-de-comuneros-publica-subasta-plazo

  3. en respuesta a Jotaerre
    -
    #3298
    13/03/15 10:57

    Pero si tienes conocimiento de la subasta los 9 días/3 meses empiezan a contar des de el día de la subasta o des del día del remate? Ya que la subasta no es una venta segura hasta que no se apruebe el remate, no?

  4. #3297
    13/03/15 10:44

    En judiciales es más inusual, pero, en todo caso, reitero lo dicho otras veces: ojo, que el plazo empieza a contar desde que tienes conocimiento de la transmisión (por ejemplo, por el proceso judicial) y la otra parte puede demostrarlo.
    El inicio del plazo desde la inscripción es el límite máximo, ya que el registro es público.
    Saludos,

  5. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #3296
    13/03/15 10:32

    Muchas gracias,

    lo tendré en cuenta para cuando tenga ocasión

  6. en respuesta a tonigs
    -
    Top 100
    #3295
    13/03/15 10:31

    Yo lo he visto tanto en adjudicaciones directas como en adjudicaciones judiciales.

  7. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #3294
    13/03/15 10:15

    No sabia que eso fuese posible... También procede lo mismo para todo tipo de subastas? (Judiciales)

  8. en respuesta a tonigs
    -
    Top 100
    #3293
    13/03/15 09:52

    Ojo, nueve días desde que la nueva compra esté inscrita.

    Pero Jmsanzortiz sería tonto si esperase a eso. Lo mejor es presentarse en Hacienda y que el certificado de adjudicación lo extiendan directamente a su nombre.

  9. en respuesta a Jmsanzortiz
    -
    #3292
    13/03/15 09:50

    Jmsanzortiz Hacienda irá sacando a adjudicación directa hasta que crean que hay una oferta "aceptable". Lo más pesado del retracto es que tienes que estar atento a que no se te pase, si te pasas un día de la fecha límite estás jodido. Creo que en general son 9 días excepto en Cataluña que son 3 meses.

  10. en respuesta a Jmsanzortiz
    -
    Top 100
    #3291
    13/03/15 09:48

    Pues que si las tres convocatorias de adjudicación directa quedan desiertas, no habrá nuevo propietario y la mitad indivisa seguirá siendo de tu mujer, a menos que hacienda decida seguir sacándola a subasta una y otra vez, a lo cual tiene perfecto derecho.

    Que nadie la compra, a seguir con vuestra vida.

    Que la compra Fulanito, a ejercer el retracto.

  11. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #3290
    13/03/15 09:44

    Si. Gracias por el consejo, pero que pasa si no hay ofertas y la subasta queda desierta??

  12. en respuesta a Jmsanzortiz
    -
    Top 100
    #3289
    13/03/15 09:35

    Hola Jmsanzortiz. Te estás equivocando. Tus intereses no pasan por presentar ofertas en la Adjudicación Directa (pues podrías ofrecerles de más) sino en esperar a que hayan aceptado alguna oferta y luego presentarte en Hacienda manifestando que ejerces el derecho de rectracto. Sencillo y barato.

  13. #3288
    12/03/15 19:55

    Buenas Tardes, Queria saber, dado que no tengo ni la menor idea de como funciona el tema de las subastas, un problema que tengo: Este dia 12 de marzo ha salido a subasta por la agencia tributaria la mitad de la vivienda que mantengo con mi ex-mujer (se la han embargado por deudas tributarias), el valor de la segunda subasta se ha fijado en 125.000€ y como es natural no ha habido licitadores. El caso es que han comentado lo de adjudicacion directa; mis preguntas son las siguientes, cual seria el minimo que hacienda aceptaria para poder otorgarme esa mitad de la vivienda a mi??. Y segundo ¿como se efectua ese misterioso sobre cerrado, y que cantidad deberia incluir como deposito?
    Agradezco sinceramente vuestra atencion y disculpar mi ignorancia

  14. en respuesta a tonigs
    -
    Top 100
    #3287
    12/03/15 16:44

    Hola Tonigs. Del blog no diré nada, que yo también tuve un comienzo y acabé aprendiendo a hacerlo mejor. Aunque efectivamente tendrían que repasar algunos conceptos. En las subastas no existe financiación, por mucho que la Ley la admita.

    Respecto a SubastaFácil, solo mencionaré que algunos de los que en su día me pidieron consejo acerca del curso de subastero que estos señores han realizado de la mano de Campus Esine, ahora están que trinan e incluso alguno me ha mencionado que tiene la intención de demandarles porque por lo visto no les dan las prácticas prometidas.

    Yo mismo he visto el email que le enviaron los de campus Esine manifestándole que SubastaFácil se negaba en redondo a hacer las prácticas prometidas.

    La verdad es que llevo algunos meses retrasando la publicación de un post acerca de este tema. Lo retraso solo por mi relación de simpatía hacia el anterior propietario de SubastaFácil. Me dicen que Manuel González ya no es el gestor, que la ha vendido. Aunque tampoco me consta fehacientemente.

  15. #3286
    12/03/15 16:38

    Hola Tristán, hace poco, estando tú de vacaciones, planteé aquí una pregunta que ni el mismísimo Jotaerre supo contestar. La duda era la siguiente: leyendo un edicto de subasta aparece que la finca es VPO y que en caso de celebrarse la subasta, el destinatario de la vivienda ha de ser persona física, dedicarla a residencia habitual, tener un máximo de ingresos anuales, no ser propietario de otra vivienda, etc etc
    ¿Cual es la posición en que queda el banco acreedor en este caso? ¿Podría adjudicársela sin más? Podría un particular adjudicarse la finca sin cumplir los requisitos?
    Muchas gracias

  16. #3285
    12/03/15 15:31

    A mi me da que este profesional ha cometido un error en uno de sus posts, a ver si estáis de acuerdo conmigo. (Tristán que te quieren hacer la competencia!!!)

    http://www.blogsubastas.com/que-agentes-participan-dentro-de-una-subasta-judicial/

    Será que nos estamos volviendo locos?? Financiación para subastas? Descuento de un 20%...

    http://www.blogsubastas.com/ventajas-de-comprar-inmuebles-en-subastas/

  17. en respuesta a Alpartir
    -
    #3284
    09/03/15 23:16

    Si no són capaces de colgar bien los edictos y los certificados de cargas me da que esto menos... espera sentado

  18. en respuesta a Alpartir
    -
    Top 100
    #3283
    09/03/15 23:10

    Se admiten apuestas.

  19. #3282
    09/03/15 22:51

    Buenas tardes,
    He leido que ahora todas las subastas judiciales a nivel nacional van a ser electronicas desde una plataforma dependiente de la pagina del boe
    Sabeis para cuando se prevee su puesta en marcha?
    Saludos

  20. #3281
    07/03/15 12:02

    Es que un concurso es un proceso especial, donde las decisiones las toma el Juez (Auto), no el SJ (Decreto), no tiene más secreto.

    Si a tu familiar le confirman que no habría problemas (yo insisto: se anularía la subasta, no asumiría la carga por ser error del Juzgado en cualquier caso), y es el único que está seguro, menudo chollo...


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