Teniendo en cuenta que sólo con el valor del seguro de lo sellos,que si se hubieran quemado,hubiera tenido que desembolsar LLOYDS la friolera de 1500 millones de €.,por lo demás le dejo también el siguiente texto para ilustración suya:
El transcurso del tiempo también ha servido para que conociésemos aspectos de la intervención. Nos ha permitido acceder a documentos de años anteriores a la misma, y a documentos y sentencias que se han producido después de la intervención.
Personas de nuestro colectivo –muchas menos de las que deberían− nos hemos preocupado por indagar y por qué no decirlo, aprender del mundo de la filatelia y los bienes de colección.
En definitiva, a día de hoy, con lo que sabemos y conocemos, tenemos serias dudas razonables de la intervención y sobre todo si ésta se apoya en “INDICIOS ENDEBLES”. La intervención fue literalmente una chapuza (o a lo mejor estaba perfectamente diseñada) ahí lo dejamos……. de momento.
Así hay que decírselo a los actuales gobernantes, al resto de los poderes del Estado, partidos políticos, medios de comunicación y sociedad en general.
Hecha la breve introducción anterior, hay un aspecto que quizás ha pasado un tanto desapercibido o mejor dicho poco tratado respecto a otras cuestiones más debatidas de la intervención de Afinsa, y que fundamenta el título de este artículo.
Intentaremos explicarlo de forma sencilla.
Veamos:
El día 8 de mayo de 2006, un día antes de la intervención de Afinsa. En el balance de la compañía figuraban entre otras, las siguientes partidas (cifras absolutas).
1ª.- Activos financieros líquidos: 182.000.000.- €
2ª.- Participación de Afinsa en Escala Group, que para quien no se acuerde, cotizaba en el Nasdaq americano (índice bursátil) por valor de: 600.779.008 millones de dólares o lo que es lo mismo 471.010.742.-€. Dicha participación el 8 de mayo de 2006 estaba constituida por 18.744.344 acciones a un precio de 32.05 $ dólares la acción. (Lo anterior, no es opinión, es un dato que puede ser consultado por quien tenga interés).
Para los desmemoriados, los Administradores Concursales después de la intervención autorizaron su venta por un precio aproximado de 55.000.000 millones de dólares o lo que es lo mismo aproximadamente 45.000.000 millones de €. Hubo algún “medio de desinformación”, que todavía tuvo la desvergüenza de dejar entrever que había sido una gran venta. A este carro, por supuesto, se subieron algunos que dicen llamarse periodistas, tertulianos varios y otros especímenes “representantes de la soberanía popular” llámense políticos que no saben ni de lo que hablan ni donde se encuentran. (Disculpen el inciso, no hemos podido resistir la tentación).
Proseguimos.
Si ustedes suman las dos partidas anteriores la cantidad es de: 653.000.000.- millones de € aproximadamente.
Si ustedes capitalizan la cantidad anterior a 9 años con una rentabilidad anualizada del 4% -porcentaje más que prudente—la cifra resultante, salvo error, es: 929.422.613.49.- € sin tener en cuenta la inflación.
Se imaginan, por un momento, si las medidas cautelares adoptadas por el Juez Santiago Pedraz Gómez, titular del Juzgado Central de Instrucción nº 1 de la Audiencia Nacional , hubieran permitido a Afinsa seguir funcionando, (lo que han hecho con los Bancos y Cajas de Ahorros intervenidos y ayudados por el Estado), aunque hubieran cambiado al equipo gestor, en tanto se depuran “las presuntas responsabilidades” (llevamos casi nueve años de procedimientos y eso que “los presuntos delitos imputados” estaban tan claros- que vergüenza de justicia-).
Uno de los principios contables conocidos en el ámbito empresarial es el de empresa en funcionamiento, pueden volver ustedes a imaginar lo que hubiera supuesto para nosotros, los afectados, que esas medidas cautelares hubieran sido proporcionales.
Pueden hacerse una idea de lo que hubiera supuesto para nosotros y nuestros ahorros un equipo gestor que velara por nuestros intereses y nuestros ahorros y no unos Administradores Concursales que están descapitalizando la empresa y encima se están llevando unos sueldos millonarios.
¿Qué porcentaje nos hubiera permitido obtener a nosotros los afectados? Cuántos 5% hubiéramos cobrado. Hagan el cálculo.
Aun hay más, si a las cifras anteriores, le sumamos los activos inmobiliarios y la filatelia, ¿Qué porcentaje podríamos haber cobrado?
Nosotros lo tenemos muy claro: Todos nuestros ahorros.
Después del análisis anterior, y de los argumentos jurídicos que a día de hoy conocemos y que serán objeto de otro artículo, ¿vamos a conformarnos con un porcentaje de los créditos ordinarios reconocidos? La respuesta es NO.
El modo y la forma en que se realizó la intervención de Afinsa, las gravosas medidas cautelares que se aplicaron y que provocaron de forma automática la ficticia insolvencia de Afinsa (por mucho que algunos todavía se empeñen en lo contrario) y la quiebra de la misma, hacen que según lo establecido en la Constitución Española:
Artículo 106. 2
“Los particulares, en los términos establecidos por la ley, tendrán derecho a ser indemnizados por toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de los poderes públicos”
TODAVIA TIENEN DUDAS POR QUÉ LOS AFECTADOS DE AFINSA RECLAMAMOS TODOS NUESTROS AHORROS, NOSOTROS NINGUNA.
Asociación de Afectados de Afinsa
Entonces todos los bancos,lo son también?.lo digo por el ejemplo de Banco Madrid que al retirar la pasta sus clientes,colapso o quebró
Me parece que entonces mucho ponzy hay por el mundo o no?