Re: Recopilatorio de RECLAMACIONES y sus soluciones
Bueno, solo comentar que el jueves, Kutxa me devolvió las dos comisiones de mantenimiento. Estoy muuuyyy contento :).
Lo único, que supongo que volverán a cobrarlas y tocará volver a reclamarlo.
Bueno, solo comentar que el jueves, Kutxa me devolvió las dos comisiones de mantenimiento. Estoy muuuyyy contento :).
Lo único, que supongo que volverán a cobrarlas y tocará volver a reclamarlo.
El caso, por desgracia, muy común. Banesto promete a mi madre, 80 años, q podrá sacar el depósito sin penalización y luego lo incumple y la penaliza. pese a tener correspondencia por email con el Dtor, de la sucursal, tengo q plantear la reclamación ante el Sº de atención al cliente del Banco, luego ante el Banco de España que me da la razón.
Pese al informe del Banco de España donde afirma mala práctica bancaria, Banesto dice q no paga en la esperanza de poder liar a mi madre en la vista; nos vemos obligados en ir a juicio donde no podemos nombrar abogado porque no hay dinero pagar pagarle y no es obligatorio. Mi madre pasa semanas angustiada ante tener q ir al juez, q si los hierros q tiene implantados vana pitar al entrar, q si le sube la tensión (la extirparon un riñon hace unos meses). Llega el día del juicio y Banesto se presenta con su abogado y un listado interminable de apuntos bancarios hasta q la juez (afortunadamente) lo para y le relee el informe del Banco de España donde se afirma "mala práctica bancaria" e incumplimiento de compromisos.
Total que sale la sentencia y ganamos, Pensamos q tras 2 años y medio, la pesadilla había concluido pero hete aquí que Banesto TAMPOCO PAGA. Y me temo q tengamos q volver a acudir al juez para ejecutar la sentencia.
mi pregunta ¿ESTO ES SERIO? ¿EN MANOS DE QUIEN ESTAMOS? ¿HA MERECIDO LA PENA RECURRIR POR LOS 500 EUROS Q ME DEBEN??
ESTE PAÍS ES UN ASCO.
Si vas al juez para que ejecuten la sentencia o pagan o les embargan, así de simple ... y por cierto, salvo error, al no llegar a los 500 € no hace falta abogado (para nada) creo .... ahora te mando un privado a través de Rankia .... revisa que no te caiga en "spam".
Efectivamente no se precisó abogado; solo quería destacar que aún teniendo razón, y dándotela el Banco de España, te enfrentas a 2-3 años de trámites y reclamaciones, que parece que nunca acaban; y eso le hacen a una señora de 80 años con estudios primarios.
Si el fraude fuera de 12 € ¿merece la pena reclamar? preparar documentación, las reclamaciones, las fotocopias, pedir permiso para ir al juicio etc etc etc y todo eso se les permite a los bancos....
¿No estas reclamando un impago de 500 €?
¿Vale la pena por 12 €? Pues depende de cada uno, en rankia hay consultas, bueno había por los 0,37 € de las OTE, esto es una cuestión de formas de ser, hay quien no se mete si no le salen los números, por un simple sentido práctico de las cosas, y quien si se mete, porque su norte no es el importe sino la razón ante todo. Ambas posiciones son muy respetables.
HOLA CHARLY
"¿ESTO ES SERIO? ¿EN MANOS DE QUIEN ESTAMOS? ¿HA MERECIDO LA PENA RECURRIR POR LOS 500 EUROS Q ME DEBEN?? ESTE PAÍS ES UN ASCO."
No,(haciendo critica constructiva) es el PAIS donde HEMOS DEJADO HACER ..sin mas.
Gracias por exponer tu caso para que otra personas sepan que se puede.
Yo Tambien he tenido problemas ese banco ( PA- MI- CESTO ) si bien NO LLEGE a juicio.Es mas fue al priemro al cual le meti "caña" ,ver comentario 1
https://www.rankia.com/foros/bancos-cajas/temas/1183110-recopilatorio-reclamaciones-sus-soluciones
dices "Total que sale la sentencia y ganamos, Pensamos q tras 2 años y medio, la pesadilla había concluido pero hete aquí que Banesto TAMPOCO PAGA. Y me temo que tengamos que volver a acudir al juez para ejecutar la sentencia. "
Si Bueno eso es NORMAL EN ESTE PAIS (desgaste de la parte contraria) ......pues TENDRA QUE PAGAR DEMORAS digo YO ;)
lo digo porque a mi por otros motivos (no bancarios) me lo tuvieron que hacer (ejecución de sentencia )eso si no espere años sino 1 mes ..por las navidades......y no hace mucho de eeso :))
Ahora que caigo ¿como hicieste? ¿por proceso monitorio? ¿o como?
(porque por esta via no hace falta ni abogado ni procurador dado de que la cuantia a reclamar es "infima")
s2
HOLA juanjozgz
Ya me alegro y agradezco que aparezcas para mostrar tu caso Y TU VICTORIA.
dices "Lo único, que supongo que volverán a cobrarlas y tocará volver a reclamarlo."
jejeje a si me gusta que PIENSES EN QUE NO VAN A DESCANSAR
Asi pues LEETE el comentario 69
https://www.rankia.com/foros/bancos-cajas/temas/1183110-recopilatorio-reclamaciones-sus-soluciones?page=9
y vete preparando ..por si acaso.
Amen de CAMBIAR de banco si se da el caso.Yo por experiencia (la cual no me importa comertala mas en profundidad ,si se da el caso)
es que NO PAGO UN DURO EN COMISIONES NADA por DEJAR MI DINERO en manos de otros.(y las de BROKER y custodio de ACTIVOS intento minimizarlas al maximo)
y eso tengo 2 tarjetas de DEBITO y 3 brokers.Y de de enfatizar en que en las cuentas las cuales me dan las tarjetas de debito no entra mas que "la nomina" y apenas hay 4m€ de ahorro entra las 2 .
Asi pues como ves no es un gran capital......y eso solo ENTRANDO EN RANKIA he informarse.
s2
Para el que no lo sepa PUEDE que hablen de esto
http://es.wikipedia.org/wiki/Proceso_monitorio
Proceso monitorio
El proceso monitorio es un procedimiento especial que tiene por objeto la resolución rápida de conflictos jurídicos en los que no existe contradicción. Es un procedimiento rápido y sencillo cuya finalidad es conceder cuanto antes al demandante un título ejecutivo en aquellos juicios en los que el demandado no se opone formalmente a la demanda. Nació para combatir los problemas de impagados que se producen en un elevado porcentaje de transacciones comerciales. Resulta especialmente útil para los pequeños y medianos empresarios, así como para todos los profesionales que necesitan disponer de un mecanismo rápido y sencillo para el cobro de sus deudas. Asimismo, resulta muy práctico para el cobro a los propietarios morosos de sus deudas con la comunidad de que forman parte. Una ventaja añadida de este tipo de procedimiento es que la petición inicial que se dirige al Juzgado no requiere la intervención de abogado ni procurador, lo que redunda en un ahorro de costes para el acreedor.1
El proceso monitorio español es documental, es decir, se deben aportar documentos que prueben la deuda. En cambio, el proceso monitorio europeo no es documental, ya que basta con que el demandante afirme que la deuda existe.
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