Re: ¿Sigue siendo obligatorio para los bancos tener Hojas de Reclamaciones para presentar a Consumo?
Cuando hay que ir a consumo se va, con un par.
Cuando hay que ir a consumo se va, con un par.
La reclamación ante Consumo ha sido presentada ya, animo a todos los que os encontréis en situaciones eemejantes a que lo hagáis, por cierto me ha parecido muy interesante lo que dice al respecto https://www.facebook.com/ponfrenoatubanco y el blog al que está adscrito este enlace.
Las reclamaciones no se ponen en casa sino en el establecimiento en cuestión dejandole una copia al mismo y llevando otra a consumo.Te guste o no es así.A ver si ahora todo el mundo tiene que tener internet obligatoriamente.
Tienes razón. Aclaro que las hojas de consumo en internet sólo es en Madrid.
Si se reclama a la atención al cliente de un banco puede hacerse desde casa. Más cómodo
A todos nos falta información de los sistemas, me parece que existe la creencia que reclamar ante consumo es más efectivo que al SAC, y es al contrario, porque las OMIC ante temas regulados como la banca, los seguros, las telecos ... lo que hacen es cursar el asunto ante los SAC, con lo que solo se consigue demorar el tema, se llega al mismo lugar, pero mas tarde !!!!!
Espero que a ti te hagan más caso, porque no se lo creen.
Buenos días Cajero:
La verdad que no se si lo que me comentas de "Hojas de Consumo por Internet" es obligatorio en tu Comunidad.
Hace unos días fui a una oficina de Santander y me explicaron que los bancos YA NO ESTÁN OBLIGADOS A DEJAR HOJAS DE RECLAMACIONES (Era para reclamar contra iSantander). Al menos en Canarias cuando presentas reclamación en establecimiento, puede ser contra el establecimiento O CONTRA LA EMPRESA (SE TIENE QUE ESPECIFICAR QUE VA A DIRECCIÓN GENERAL DE CONSUMO). Al grano, que me dice la señora que "va todo por internet", y "que tampoco disponen de hojas internas de reclamación en el banco" (me quedé a cuadros).
Pocos días después, por una emergencia, fui a una Oficina Punto (Una de esas de Santander de Centros Comerciales que te abre hasta las 8:30 de L-V y hasta las 2 ó 3 los fines de semana). Al salir, veo en la puerta esto:
SANTANDER INFORMA:
Le comunicamos que en cumplimiento de la ley (y citaba una), los bancos están obligados a tener hojas de reclamaciones en las siguientes Comunidades Autónomas:
Canarias
Navarra
etc...
--(lo curioso es que estaban como 8 ó 9 autonomías).--
Esta oficina tiene hojas de reclamación a su disposición. (Las del gobierno de canarias, obviamente).
Pues bien, a los pocos días voy a otra oficina que me queda más cercana. Le pido una hoja interna de reclamaciones de Santander. Me dice que no existe. Le digo que me dé una de consumo, me dice que no están obligados, y que Santander ha establecido que se hagan por internet o se vaya a Junta Arbitral directamente, que se lo han dicho EN SUPERLÍNEA. Y que también le han dicho que iSantander NO ES EL MISMO BANCO QUE SANTANDER, QUE ES COMO OPENBANK.
Comienzo a alucinar y le explico a la señora que ISantander/iBanesto no es más que una oficina de BSAN con la misma ficha bancaria (0049 y 0030), pero con una oficina en particular, y que incluso ellos tienen plena potestad para operar en el sistema. A lo primero, le menciono el cartel que he visto en el BSAN del CC, y le pido que por favor me dé una hoja de consumo o de lo contrario me veo en la obligación de llamar a la policía.
La señora se levanta de su mesa, se va a la de la subdirectora, y habla muy bajito con ella. La subdirectora sale escopetada y me dice: "Pero si la pones va contra nuestra oficina" - "Lo siento pero está equivocada, puedo reclamar contra BSAN como grupo" - "De acuerdo, pero sólo te pido que lo indiques claramente, que no es nuestra oficina sino la de Madrid".
Sale con los folios de calco, lo relleno, y la señora muy amable me hace fotocopia de los folios extra y me lo sella todo. Finalmente le digo que saque otra copia para enviarla por valija interna a Madrid. Me dice que no hace falta, que ella misma las escanea y las envía por email interno (que es cierto que lo tienen). Le digo que muchas gracias por todo, y salgo de la oficina.
Resumiendo: Hay que buscar esa ley para ver que CCAA están obligadas, y según nuestra CCAA, comprobar si podemos reclamar contra la institución en cualquier oficina.
Saludos.
Acuérdate por favor de decirnos qué te responde consumo.
Me gustaría comprobar su en tu caso mereció la pena todo el trajín ante oficinas de consumo, en vez de acudir directamente al SAC.