#241
Re: Resuelve tu Deuda en España, ¿opiniones?
ASNEF pertenece a EQUIFAX, una empresa, sin más. Por solicitar tu derecho de acceso (es decir, ver si estas en ASNEF o no), no te va a pasar nada, ya que ellos tienen la obligación legal de mantener el secreto de tus datos (salvo en las condiciones mencionadas por la Ley). Es decir, si tu quieres ver si estas en ASNEF o no, no reactivas nada, ya que ellos no pueden informar a nadie que tu solicitaste información.
1. Para ver si estas en ASNEF, tan solo tienes que rellenar este formulario y firmarlo: http://www.asnef.com/fichero-asnef/consultar-el-fichero-asnef/
Una vez rellenado y firmado, le sacas un foto con el movil, sacas una foto a tu dni (ambas caras) y lo envias por correo electronico a [email protected] o por correo ordinario a Apartado de Correos 10.546, 28080 Madrid. Te contestaran en 2-3 días máximo.
2. Si tu deuda era del año 2006 o 2007, dicha deuda prescribió tras la modificación del art. 1964 del Codigo Civil, ya que todas las deudas generadas entre los años 2005 y 2015 prescribieron en el año 2020.
1. Para ver si estas en ASNEF, tan solo tienes que rellenar este formulario y firmarlo: http://www.asnef.com/fichero-asnef/consultar-el-fichero-asnef/
Una vez rellenado y firmado, le sacas un foto con el movil, sacas una foto a tu dni (ambas caras) y lo envias por correo electronico a [email protected] o por correo ordinario a Apartado de Correos 10.546, 28080 Madrid. Te contestaran en 2-3 días máximo.
2. Si tu deuda era del año 2006 o 2007, dicha deuda prescribió tras la modificación del art. 1964 del Codigo Civil, ya que todas las deudas generadas entre los años 2005 y 2015 prescribieron en el año 2020.
¿Por qué? La Ley 42/2015 de 5 de octubre –en vigor desde el 7– reformó el artículo 1964 del Código Civil, reduciendo de 15 a 5 años el plazo general del régimen de prescripción establecido para las acciones personales.
Fuente: https://confilegal.com/20200108-en-2020-prescriben-las-deudas-generadas-entre-el-2005-y-2015-tras-la-modificacion-del-articulo-1964-del-codigo-civil/
Si tu deuda quedó finalmente pagada, no debería aparecer en ningun fichero de solvencia patrimonial, como el ASNEF.
Ánimo!