Condiciones;
El "Periodo de Bonificación" de doce (12) meses naturales comenzará el día 1 del siguiente mes natural a la fecha en la que se complete el proceso de alta. Como ejemplo ilustrativo, si el proceso de alta de cliente se completó el 13 de enero, el periodo de bonificación comenzará el 1 de febrero, y cualquier adeudo con cargo domiciliado antes del 1 de febrero no será objeto de revisión/bonificación.
Por lo que parece te empezarán a pagar en abril y por tanto empezará a contar desde ese mes, o al menos eso es lo que se deduce de las condiciones. No pierdes nada, si lo piensas bien, sino, todo el mundo perdería un mes.