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#32897

Re: Litigios

SECUENCIA DE HECHOS LITIGIO ANANGU/CAR

9 de febrero-2017. JGA. 2ª Convocatoria.  Concurren 123 accionistas. 28 presentes que representan 23,6 mills. de accs. y 95 representados con 11,6 mills. TOTAL 35,285 mills. de accs. 36,42% del capital. Quórum suficiente en 2ª convocatoria donde es habitual no ser necesaria mayoría. Quedaron fuera de la Junta el 63,58% de accionistas que coincide con el de minoritarios.

1.- BTC era acreedor por 30 millones más sus intereses capitalizables al 6% por un crédito convertible en accs. pactado según HR en su día, a razón de 1,50  € junto con los añadidos de un 20% de prima, intereses del 6% capitalizables, etc. que así alcanzaron  los 34,8 millones de €. .Así se aprobó  en la JGA .

2.- Por otro lado está el crédito “fantasma” de los 10 millones de €. formalizado el 29 de agosto de 2016 con el hoy extinto Banco  Popular y garantizado con depósito dinerario de BTC  por el mismo importe. Resalto lo de depósito dinerario por la implicación relevante supone para la secuencia, aparentemente forzada, de los hechos.

Si yo he entendido correctamente la situación, me asaltan varias cuestiones. Veamos.

Primero.- Hemos visto que por acuerdo mutuo entre Banco Popular y BTC, de 19 de diciembre de 2016, estos dos actores UNILATERALMENTE (prestamista y avalista con solo un 9% de acciones)  deciden que el Banco ejecute el crédito de CAR a través del aval de BTC., según consta en el HR de 5-1-2017 sobre convocatoria de la JGA. Los visos de este acuerdo parecen muy difíciles de justificar. CAR disponía en su cuenta del cash suficiente (ver caja a 31-12-16 con 16 mills.) sin que se tuviera que recurrir a ejecutar el aval de BTC. Por otro lado, solo faltaban 12 días para el vencimiento. Conclusión El crédito no era necesario.

Segundo.- La sospecha, que no cuestiona en principio la legitimidad de la operación crediticia pero si es un indicio relevante sumado a otros, recae en el por qué acudir CAR al Banco a por una financiación que a su vez se llevó a cabo con garantía dineraria del mismo importe por parte de BTC. Parece seria lo normal que BTC otorgase esa nueva financiación directamente y convertible como las anteriores, dado que la garantizaba con cash y así le aplicase el habitual 6% de intereses. Siendo solo avalista, obtuvo una perdida por intereses latentes no percibidos. Conclusión. El crédito y el Banco no eran necesarios.

Tercero. Atrae especialmente la atención  que ese crédito se formalizó con su vencimiento al 31-12-16. O sea, a 124 días. ¿Dónde reside entonces el motivo de la operación?. Conclusión. Todos los actores, Banco incluido, eran conocedores de los fines confiscatorios  perseguidos por BTC y resto de favorecidos en perjuicio del resto de accionistas por ser, entre otras cosas, una AK excluyente y por tanto sin dar opción al resto de titulares de acciones.

Cuarto.- No menos sorprendente es que el Banco Popular ejecutó la garantía de ese crédito (recuérdese dineraria) de BTC con fecha 19 de diciembre de 2016. 12 días antes de su vencimiento. De esta manera, BTC se convirtió en acreedor de CAR por esos 10 millones de euros. Conclusión. Empieza a tomar forma la hipotética trama urdida.

Quinto.- Tampoco encaja en el puzle y resulta no menos anormal que los anteriores puntos,  esta innecesaria financiación, totalmente injustificada  si nos fijamos que  la Caja de CAR a 31-12-16 era de más de 16 millones. Conclusión. Refuerza los indicios de trama.

Sexto.- Con fecha 5-1-17 (17 días posteriores al acuerdo de ejecución del crédito y en pleno periodo de  fiestas) no reparan en apresurarse a convocar la JGA, con propuesta  del como se realizará el canje. Conclusión. La trama toma carácter legal.

Séptimo.- Por finalizar destacar  el hachazo final de que ese crédito se haya reconvertido en acciones a razón de 0,18   euros.   Conclusión. Se materializa el posible fraude.

Hasta aquí la secuencia de los hechos y los indicios. Recalcando.

Desconozco en base a qué motivos financieros por parte de CAR se solicitó y  obtuvo esta financiación, innecesaria como se demuestra con la caja final rebosante con 16 millones. Mas a mas hacerlo a solo 124 días naturales de plazo. Mas a mas, que el Banco lo ejecutase 12 días antes del vto. contra el aval de BTC, sin más motivación, según dicen que un acuerdo mutuo entre el Banco y BTC. Exclusivamente entre partes interesadas. Difícil parece que CAR y BTC puedan justificar la actuación.

Desconozco en base a que acuerdos, ni si los hubo, para reconvertir ese crédito , en favor de BTC dado que BTC era actor solo como mero avalista y no como prestamista. Un tanto anómalo y complicado de sostener ante el Juez.

Desconozco el acuerdo ni quien lo tomo para hacer la reconversión de esta financiación a precio de 0,18 €, tan solo un céntimo por encima del valor del nominal de la acción que, por aquel entonces, cotizaba en bolsa entre 65 y 70 céntimos. Tampoco será fácil la justificación.

Seguro que hay mucho más que se desconoce porque no nos lo han dicho. Si no lo han dicho será, porque seguramente la transparencia es muy oscura y no  demasiado confesable.

Con lo que se nos dijo, parece lógica una sentencia que anulase efectivamente, al menos todas las  acciones emitidas para reconvertir este crédito de 10 mills a 0,18  (55,5 millones de acciones). A su vez, y como consecuencia de que el canje total propuesto y ejecutado se presentó desde un principio de forma global, tambien deberían anularse las accs. emitidas en esos acuerdos a 0,49 para los prestamistas RC, Ivan y Nanotures  que además e igualmente se desconoce incluso si sus deudas tenían el carácter de convertible y a que precios.  

De no poder acreditar, como mínimo, los acuerdos y su legalidad habidos en relación con estos asuntos, desde el inicio del crédito de los 10 millones, la anulación parcial judicial en su caso, implicaría  que estos prestamistas, BTC,RC,Ivan Y Nanotures  se les anulasen las acciones recibidas y recuperasen el nominal de sus  créditos incursos en ilegalidades, sin menos cabo de las responsabilidades personales y societarias a que hubiera lugar en caso de fraude manifiesto, asociación para delinquir, … ….

Aun teniendo todo ello base en acuerdos rozando legalidades, la dilución brutal a la que, en consecuencia, se  sometió de hecho al resto de accionistas que pasaron de 97millones de acciones emitidas a 212 millones, debería tenerse en cuenta en el fallo.

Tampoco creo que, como pide ANANGU,  los acuerdos de la junta puedan ser anulados en su totalidad. Y esto parece tener tambien sentido porque, al menos, los 30 millones del crédito de BTC y sus intereses primas y demás hasta los más de 35 millones de € si fueron reconvertidos en capital a razón de 1,50 euros tal como , se anunció en HR en los momentos de su concesión y sobre los que no hubo, que se sepa, oposición. De ser así, el Juez no hará seguramente especial mención sobre costas y gastos y cada parte asumirá los suyos.

Las repercusiones para la empresa y para los implicados, tiene tintes de entre graves a muy graves. Bien es verdad que para eso BTC esta radicada en Bruselas. Y ya sabemos que si no esta declarado  paraíso fiscal, en plena UE, es hermano mellizo.

Con el tiempo, se conocerá  toda la verdad o casi toda  aunque se antoja, con lo conocido, entre muy difícil e imposible que se puedan dar razones de peso sobre este asunto para salir con bien la empresa, BTC,RC Ivan y Nanotures que, por muy legales que sean, es notorio que lesionaron profundamente al resto de accionistas minoritarios que en aquellos momentos ostentaban más del 65% de participación en la empresa.

#32898

Re: Litigios

Vaya, me asomo a las cotizaciones de cierre y veo que la riada arrastra con impetu. Nada que no sea normal. Esta cotizacion de 36,xx aun es alta si el día que se materializó la AK se hubiera reflejado el efecto dilucion. Lejos de hacerlo, habiendo mas que doblado el numero de acciones la cotización no se alteró en absoluto. Mas de una vez me referí al tema como anomalia, máxime sabiendo que esa AK fué intento de salir de la ratonera que ya se verá como termina, a no mucho tardar. 

Los de BTC no son tontos. Pero parecer, si que lo parecen y yo creo que lo son desde el inicio. El talonario si, pero no basta. RC tambien tendrá su penitencia si es que efectivamente hay justicia. Está el asunto en manos del Juzgado Mercantil, que no en el de Instrucción. El Juez,de lo Mercantil, sabe de Mercantil. Espero y deseo triunfe la justicia, porque en términos generales, creo en ella y eso a pesar de que haya sentencias que deba acatar por obligación, pero que no tengo porque asumir ni asumo y por eso las critico con frecuencia. 

El cielo en CAR se esta nublando del todo, porque el sol hace mucho mucho que no asoma. Y no creo que escampe de la mano de INY. Ni siquiera que haya mano de INY. Es un WROS mas. Un Aristrain. Un vamos ya al MC en 2ª opcion. ... ... ... Ya no quedan BTC por ahi a los que engatusar. La situación es extrema. Si, ya se dijo mas veces que lo era pero en esta ocasion está dificil que supere tantos muros porque ya defraudó a todos hasta los mas optimistas con sus interminables relatos de promesas y  mentiras.

No va mas.El casino, cierra este año. Veremos como. 

#32899

Re: Litigios

A lo que relata Poseidon en su post de ayer, habría que añadir los daños causados a la empresa por la decisiones en las adquisiciones de empresas, tanto en la necesidad/idoneidad como por el precio pagado....y como están o como han acabado dichas empresas adquiridas.

Las de USA : FIBERDYNE y GREENVILLE : cerradas, pérdidas anuales. Su lider : el primo, el de Torrot

PLAN 3 : 0,6 M€....quebrada despues de pérdidas constantes....¿quienes eran sus propietarios?, uno de sus administradores : el primo.

MDU : unos 11,5 M€.....¿ganaba dinero?, lo dudo....¿y ahora, gana dinero?....también lo dudo.

COMPOSYSTEM : unos 13 M€....no tengo ni idea como va.

MAPRO : costó entre 12 y 14 M€...aporta venta, pero no mucho beneficio.

TRC : pérdidas y quiebra.

MONROY : 1,1M€, ¿para qué?....era de J. Juarez, re-bautizada para apartar el olor.

La Univerdidad....si, la de Portugal : para escribir un libro, fuera de CAR, pérdidas

aXcep, la de Alemania : no recuerdo datos, no sé como va, pero no creo que sea una panacea.

Lo de la PATENTE : para escribir otro libro, fijaros en Sinatec / Nanotures...el pastón que se llevó....¿quienes son sus propietarios?

Estas cosas también han causado mucho daño a los minoritarios y siguen lastrando a CAR.

Vamos, para feliciar al "la primero tecnologo luego empresario".

 

 

#32900

Re: Litigios

¡Que sorpresa tan … admirable! Y ya van varias. Para eso debiera estar el foro. Enhorabuena … por el pormenorizado análisis, no por el pronostico.

#32901

Re: Litigios

Hay que diferenciar lo que es trigo y lo que es paja.

Los errores en las inversiones no tienen ni pueden tener castigos penales para quien toma las decisiones. De ser asi, estaríamos aun en la edad de piedra. Ademas, afectaría al derecho humano de equivocarse. Lo que si conllevan esos errores continuados es la penitencia personal del directivo  de dimitir y como eso no ocurre nunca,  la de ser cesado.

Cosa diferente es demostrar que se ha  cometido prevaricación y fraude en esos errores para beneficiar a un tercero y, sobretodo, con ello perjudicar la empresa. Si no hay perjuicios, no hay penas. Si hubiera conspiración para delinquir , con ello ya desaparecería la palabra error y se podría actuar penalmente.

Tambien es condición humana (lo vemos cada dia) santificar a esos directivos y elevarlos a dioses cuando la cotización burbujea hacia arriba. Y de este pedestal se les baja al de hdlgp (hijos de la gran puta) cuando llegan situaciones como esta. Por eso, no se debe nunca promulgar Leyes en caliente con base  en acontecimientos dolosos y mediaticos. Eso lo hacen los políticos, pero esto es una empresa.

#32902

Car

Bueno, yo, en algunos casos, le llamaría como "de dudosa lealtad hacia sus socios".

Si compras una "empresita de tus family, friends....y quizás, hasta tuya", que pierde dinero a capazos, que no tiene ningún futuro, con un pasivo alarmante frente a un activo ficticio (el intangible) y esa compra la haces con dinero de todos, podría tener varias DEFINCIONES : ESTAFA, MAMONEO, ESCURRIR EL BULTO DE LO QUE PUEDA PASAR AL QUEBRAR, REPARTIR LA MIERDA ENTRE MUCHOS, etc, etc, etc y luego, en un ejercicio contable, sus pérdidas impactan en -1,5 M€....habría que ver hasta que punto, eso, sería denunciable.

Y si se supiera TODA LA VERDAD DE LO RELACIONADO CON LA PATENTE...a saber que pasaría.

Y si se supiera al detalle las operaciones comerciales entre Car y "su entorno tecnológico"....pues más de mi mismo.

¿Demostrarlo?....con una Due Diligence profunda....que mire bajo las alfombras....a saber lo que encontraría.

#32903

Re: Litigios

Si, para eso está el foro, para aportar, opinar, debatir o resumir pero siempre basándose en realidades conocidas, en indicios justificados y opinar subjetivamente. No es lícito hacerlo prostituyendo y retorciendo descaradamente los números porque llevan a conclusiones erróneas, tendenciosas y sin valor. Cuando estas deficiencias se ponen en evidencia, no se rectifica y, por el contrario se pasa al insulto.

Por cierto, no se trata de enhorabuenas. No descubro nada que no esté escrito. No hay mérito. Me limito a resumir en mono-tema la secuencia de unos hechos y opinar en conciencia según mejor entiendo.

Y ya que estamos, el foro esta para debatir. Por eso, te digo que no correspondes a lo que aplaudes de los demás, al quedarte finalmente con el “no por el pronóstico.”Precisamente, si no estás de acuerdo con la opinión subjetiva, tienes más que el derecho el deber de exponer la tuya. La espero porque tambien quiero debatir que yo ni soy dios ni tengo la verdad única.. Gracias.

#32904

Re: Litigios

Mi opinión sobre lo del foro se basa, precisamente, en lo que dice el primer párrafo. De lo que se trate la enhorabuena depende de lo que a cada cual le parezca, junto a la la acepción que de la palabra acoja la condición personal de cada cual o la interpretación decida. Lo del mérito no es sólo que sea opinable, es que está en función, precisamente, del merito de cada cual: para uno puede ser ordinario lo que para mi, extraordinario. Porque incluso el resumir puede tener mérito, pero si ademas, requiere, precisa de memoria, de valoración, de ordenación, de interrelación, de análisis, de… ¿Cree que los que venimos por aquí lo podemos hacer? Bien es cierto que a la prudencia convine guardar hasta, precisamente por ella, la sabiduría, no vaya a ser que se rebose y se pierda … algún dato.

 

Lo del pronostico no va por lo acertado de lo que anuncia, sino por la desgracia de que efectivamente ocurra. Y lo acertado o no, depende de variables y parámetros que por desconocimiento (sigo a la empresa a mucha distancia), no puedo valorar, máxime cuando su efectiva realización quizás dependa más de los imponderables venideros (que lógicamente también desconozco), que del pasado. Y aunque mi opinión se refería estrictamente a lo escrito, referido ahora a lo del pronostico, a que se de ese resultado desgraciado, no parece muy coherente (aunque ésta es ...) la quiebra de una empresa en fase de aperturas y puesta en marcha de diversos centros productivos.